MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
La proponente ha destacado que espera que sus compañeros de la Comisión refrenden su postura antes de que el informe sea aprobado por el Pleno señalado para el 31 de mayo, si bien es posible que alguno solicite una rebaja del tono de la crítica.
El Anteproyecto fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 30 de marzo y enél se acomete una completa revisión del sistema de tasas judiciales en segunda instancia.
El Gobierno prevé que las ganancias obtenidas por este concepto aumentarán de 172 a 300 millones de euros, lo que permitirán sufragar el coste de la justicia gratuita, evitar abusos y reducir la litigiosidad, amén de alcanzar una mayor eficacia y racionalización de la Administración de Justicia.
Esta visión no es compartida por Robles, quien en su informe señala que "más allá de la previsible reducción de la litigiosidad propiciada por el efecto disuasorio de la tasa, no se vislumbra cómo la proyectada reforma puede incrementar la eficacia y racionalización de la Administración de Justicia".
El informe recuerda que en 1986 se erradicó de nuestro ordenamiento la tasa "entre otras razones para propiciar que todos los ciudadanos puedan obtener justicia cualquiera que fuera su situación económica o su posición social", y que su reintroducción en 2002 tuvo un "alcance limitado", al incidir exclusivamente sobre las personas jurídicas.
ALCANCE DE LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL
En respuesta a los argumentos de Justicia, que ha venido señalando que la implantación de tasas está avalada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, el informe alega que "debe extremarse la prudencia" a la hora de extraer conclusiones sobre el alcance de dicha resolución, pues el tribunal de garantías también remarca que la cuantía de las tasas "no debe impedir u obstaculizar de manera desproporcionada el acceso a la jurisdicción".
Precisamente esta "desproporción" en la que critica Robles, quien en manifestaciones a los medios de comunicación ha criticado este lunes que la imposición no se adecue al nivel económico del litigante ni tenga en cuenta situaciones como las de los ciudadanos catalanes, que ya abonan tasas. "¿Van a pagar dos veces?", se pregunta la vocal.
Además, el informe cuestiona que el sistema de tasas que se pretende instaurar sea completamente ajeno a los mecanismos de solución extrajudicial, como es la mediación civil y la introducida recientemente para los asuntos mercantiles. Además, sugiere a Justicia la introducción de un cauce que permita recuperar el importe satisfecho cuando la solución extrajudicial sea exitosa.
Igualmente, el informe pide la exención de la tasa en los procesos matrimoniales y plantea la dificultad de aplicar dicha excepción en los referidos a protección de derechos fundamentales tal y como está redactada la norma. Además, critica que se haya introducido la obligatoriedad de que los funcionarios públicos deban contratar abogado y procurador para acudir a un contencioso-administrativo, cuando hasta ahora estaban exentos.
El aumento de las tasas judiciales incide en mayor medida en la apelación --sube 500 euros-- y en la casación --600 euros-- de lo Civil y lo Contencioso-Administrativo; y en la Suplicación --500 euros-- y en la Casación --750 euros-- del orden Social.