SEVILLA, 2 (EUROPA PRESS)
Así lo expresa la magistrada en un auto dictado el 22 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que rechaza la petición de archivo solicitada por el directivo de Vitalia Antonio Albarricín, quien, según la declaración del exchófer de Guerrero, habría entregado a éste dos sobres con dinero en Madrid para que se los diera al que fuera director general de Trabajo.
La juez señala que, en la presente causa, las imputaciones se han efectuado "respetando escrupulosamente" los principios constitucionales, "exponiendo en cada uno de los autos que recogen las mismas la indiciaria participación de los coimputados en los hechos investigados", todo ello además "en virtud de las diligencias judiciales que se han practicado y de las que constan en los atestados".
Al hilo, argumenta que la imputación de Albarricín responde a su "indiciaria" participación en los hechos, pues, como director general de Vitalia, "de hecho o de derecho, habría conocido la inclusión de los múltiples intrusos en la multitud de pólizas de prejubilación en las que habría intervenido en nombre de Vitalia".
Asimismo, hace referencia la juez a "la magnitud del exceso de la cuantía de la comisión percibida" por dicha entidad, "superior en muchos casos al 15 por ciento por encima de la media del mercado, y que fue cobrado en cada una de estas pólizas", a lo que se suma "el presunto pago de dádivas efectuado a Guerrero como contraprestación a los servicios por él encargados en nombre de la Consejería de Empleo".
Por todo ello, "resulta obvia su permanencia en el procedimiento" como imputado y su declaración "cuando se considere oportuno por razones de agenda" del Juzgado.
LAS EMPRESAS DEL EXCHÓFER
De otro lado, pide a la Agencia Tributaria que examine los datos relativos a ingresos y pagos de cinco sociedades vinculadas al exchófer de Guerrero Juan Francisco Trujillo, "a fin de poder determinar qué facturas ha emitido tal entidad y la identificación de las empresas que encargaron los servicios" a la misma.
En este sentido, ordena deducir sendos testimonios por si los hechos descritos en la declaración del exchófer pudieran ser constitutivos de un delito de alzamiento de bienes y de falsedad en documento mercantil, ya que hay que recordar, respecto a este último aspecto, que confesó que fue dado de alta en dos empresas donde nunca había trabajado a fin de poder cobrar el paro.
Asimismo, acuerda poner en conocimiento del INEM la presunta falsedad en la contratación del exchófer por parte de las dos empresas referidas, mientras que también interesa de la Tesorería de la Seguridad Social que remita la vida laboral y el histórico de trabajadores de la sociedad en la que Trujillo consta dado de alta como empresario particular.
En el mismo auto, la magistrada acuerda adelantar del 19 al 18 de abril la declaración del exconsejero de Empleo Antonio Fernández, ya que el Juzgado instructor estará de guardia el 20 de abril y la juez cree que la comparecencia podría extenderse más de un día.