RESOLUCIÓN DE 19/03/2012, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA.
El artículo 7 del Decreto 294/2011, de 10 de noviembre, por el que se adoptan medidas y se establecen los órganos competentes para la racionalización técnica en materia de contratación para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, atribuye una serie de competencias al Consejero de Hacienda, en relación con la contratación de suministros y servicios de contratación centralizada.
Por su parte, el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aún cuando no sean jerárquicamente dependientes.
El objetivo de la presente resolución es hacer uso de la delegación de competencias legalmente prevista, con el fin de conseguir mayor eficacia administrativa y celeridad en la toma de decisiones, y en aras a la agilización de la contratación centralizada.
Por todo ello, resuelvo:
Primero.- Delegar en el titular de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda, el ejercicio de la facultad de adjudicar y formalizar los contratos derivados de los acuerdos marco de homologación de suministros y servicios de adquisición centralizada celebrados por la Consejería de Hacienda, prevista en el último inciso de la letra c) del artículo 7 del Decreto 294/2011, de 10 de noviembre, por el que se adoptan medidas y se establecen los órganos competentes para la racionalización técnica en materia de contratación para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos (D.O.C.M. n.º 222, de 14 de noviembre de 2011).
Segundo.- Todas las resoluciones que se adopten en virtud de la presente delegación, indicarán expresamente esta circunstancia, así como la fecha de la firma y publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, considerándose, en todo caso, dictadas por el órgano delegante, de conformidad con el apartado 4 del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Disposición final primera. Entrada en vigor.
La presente resolución será de aplicación desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.