Diario del Derecho. Edición de 28/11/2023
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 26/03/2012
 
 

Delegación de competencias en materia de contratación centralizada

26/03/2012
Compartir: 

Resolución de 19/03/2012, de la Consejería de Hacienda, de delegación de competencias en materia de contratación centralizada. (DOCM de 23 de marzo de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 19/03/2012, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA.

El artículo 7 Vínculo a legislación del Decreto 294/2011, de 10 de noviembre, por el que se adoptan medidas y se establecen los órganos competentes para la racionalización técnica en materia de contratación para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, atribuye una serie de competencias al Consejero de Hacienda, en relación con la contratación de suministros y servicios de contratación centralizada.

Por su parte, el artículo 13.1 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aún cuando no sean jerárquicamente dependientes.

El objetivo de la presente resolución es hacer uso de la delegación de competencias legalmente prevista, con el fin de conseguir mayor eficacia administrativa y celeridad en la toma de decisiones, y en aras a la agilización de la contratación centralizada.

Por todo ello, resuelvo:

Primero.- Delegar en el titular de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda, el ejercicio de la facultad de adjudicar y formalizar los contratos derivados de los acuerdos marco de homologación de suministros y servicios de adquisición centralizada celebrados por la Consejería de Hacienda, prevista en el último inciso de la letra c) del artículo 7 Vínculo a legislación del Decreto 294/2011, de 10 de noviembre, por el que se adoptan medidas y se establecen los órganos competentes para la racionalización técnica en materia de contratación para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos (D.O.C.M. n.º 222, de 14 de noviembre de 2011).

Segundo.- Todas las resoluciones que se adopten en virtud de la presente delegación, indicarán expresamente esta circunstancia, así como la fecha de la firma y publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, considerándose, en todo caso, dictadas por el órgano delegante, de conformidad con el apartado 4 del artículo 13 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

La presente resolución será de aplicación desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: ‘Lawfare’ y neolenguaje político; por Jesús-María Silva Sánchez, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pompeu Fabra
  2. Estudios y Comentarios: La dignidad del Derecho canónico y el caso Gaztelueta; por Bruno Rodríguez-Rosado, catedrático de Derecho civil de la Universidad de Málaga
  3. Actualidad: Bolaños elige a Manuel Olmedo para ser el nuevo secretario de Estado de Justicia
  4. Estudios y Comentarios: Amnistía y gobierno del derecho; por Antonio Manuel Peña Freire, catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad de Granada
  5. Tribunal Supremo: El TS examina la jurisprudencia sobre el enriquecimiento injusto en relación a las adjudicaciones en pública subasta y las especialidades en el caso de obtención de plusvalías relevantes en el supuesto del art. 671 de la LEC
  6. Estudios y Comentarios: Jueces en Berlín; por Juan Antonio Lascuraín, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid
  7. Tribunal Supremo: Se reconoce el derecho a la prestación por IT a una trabajadora que se sometió a una intervención quirúrgica en una clínica privada para eliminar la miopía y el astigmatismo que padecía
  8. Actualidad: La Facultad de Derecho de Granada acoge la lectura de un manifiesto en defensa de la Constitución
  9. Actualidad: El TSXG avala la sanción impuesta por la Xunta a un profesor de FP que apodaba a alumnos y hacía comentarios sexistas
  10. Actualidad: El Supremo ratifica que los areneros deben pagar 185 millones por daños ambientales en las canteras de Güímar (Tenerife)

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2023

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana