Diario del Derecho. Edición de 29/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/03/2012
 
 

Sentencia 27 de febrero de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo

23/03/2012
Compartir: 

Sentencia de 27 de febrero de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara que no son aplicables a las personas físicas los requisitos establecidos en los apartados 2.b) y 2.c), 4.b) y 4.c) del artículo 42 del Reglamento de la Infraestructura para la calidad y seguridad industrial, según la redacción que les da el Real Decreto 338/2010 y por la que se anula el apartado primero del artículo 42 y de la letra a) del apartado segundo del artículo 42 del Reglamento de la Infraestructura para la calidad y seguridad industrial, según la redacción que les da el Real Decreto 338/2010. (BOE de 23 de marzo de 2012) Texto completo.

SENTENCIA DE 27 DE FEBRERO DE 2012, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, POR LA QUE SE DECLARA QUE NO SON APLICABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LOS APARTADOS 2.B) Y 2.C), 4.B) Y 4.C) DEL ARTÍCULO 42 DEL REGLAMENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD INDUSTRIAL, SEGÚN LA REDACCIÓN QUE LES DA EL REAL DECRETO 338/2010 Y POR LA QUE SE ANULA EL APARTADO PRIMERO DEL ARTÍCULO 42 Y DE LA LETRA A) DEL APARTADO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 42 DEL REGLAMENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA CALIDAD Y SEGURIDAD INDUSTRIAL, SEGÚN LA REDACCIÓN QUE LES DA EL REAL DECRETO 338/2010.

Preámbulo

En el recurso contencioso-administrativo n.º 191/2010, interpuesto por la representación procesal del Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Sección Tercera) ha dictado Sentencia de fecha 27 de febrero de 2012 que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Primero.

Rechazar las objeciones de inadmisibilidad opuestas y estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 191/2010 interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales contra el Real Decreto 338/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de la Infraestructura para la calidad y seguridad industrial, aprobado por Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre Vínculo a legislación.

Segundo.

Declarar que los requisitos establecidos en los apartados 2.b) y 2.c), 4.b) y 4.c) del artículo 42 del Reglamento de la Infraestructura para la calidad y seguridad industrial, según la redacción que les da el Real Decreto 338/2010, no son aplicables a las personas físicas.

Tercero.

Declarar la nulidad del apartado primero del artículo 42 y de la letra a) del apartado segundo del mismo artículo 42 del Reglamento de la Infraestructura para la calidad y seguridad industrial, según la redacción que les da el Real Decreto 338/2010, en cuanto exigen la autorización, previa acreditación, para que los organismos de control ejerzan sus funciones.

Cuarto.

No imponer las costas del proceso a ninguna de las partes.

Quinto.

Ordenar la publicación de este fallo en el “Boletín Oficial del Estado”.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse en la Colección Legislativa, lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Pedro José Yagüe.-Manuel Campos.-Eduardo Espín.-José Manuel Bandrés.-María Isabel Perelló.-Rubricados.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Esclerosis parlamentaria: una radiografía y su terapia; por Germán M. Teruel Lozano, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Murcia y director adjunto de investigación de la Fundación Hay Derecho
  2. Actualidad: El Supremo establece que las autopistas no podrán cobrar peajes íntegros cuando estén en obras
  3. Actualidad: El Gobierno aprueba este martes la nueva ley de enjuiciamiento criminal que deja las investigaciones penales a fiscales
  4. Actualidad: El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal
  5. Actualidad: Asociaciones de jueces y fiscales muestran sus reticencias a las "desafortunadas" reformas del Gobierno
  6. Legislación: Medidas urgentes de reactivación, refuerzo y prevención en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos
  7. Estudios y Comentarios: Relevancia constitucional del empeño por la oficialización europea de lenguas no oficiales del Estado; por José Luis Martínez López-Muñiz, Catedrático de Derecho Administrativo y profesor emérito de la Universidad de Valladolid
  8. Tribunal Supremo: El TS reconoce a una funcionaria integrada en el grupo A el derecho a que se recalcule su pensión de jubilación teniendo en cuenta el tiempo cotizado en el subgrupo A1
  9. Actualidad: El Supremo interroga este miércoles al exgerente del PSOE y la trabajadora que daba los sobres a Koldo y Ábalos
  10. Actualidad: El fiscal Zaragoza ve "un despropósito" la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal: "Tengo una preocupación enorme"

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana