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  • EDICIÓN DE 17/01/2012
 
 

Debe presentar una nueva querella

El juez que investiga la causa de presunta financiación irregular del PPCV reitera al PP que no está personado

17/01/2012
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El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana José Ceres, que instruye la conocida como causa por la presunta financiación irregular del PPCV, dentro del 'caso Gürtel', ha dictado un auto en el que reitera al PP que no está personado en este proceso como acusación popular hasta que no interponga una nueva y diferente querella a la que en su día presentó en Madrid en abril de 2009 por los hechos iniciales que han acabado derivando en este procedimiento.

VALENCIA, 16 (EUROPA PRESS)

En una resolución de 13 páginas, de fecha 10 de enero de este año, el magistrado señala que el PP optó por personarse ante el TSJ de Madrid mediante la regla legal general establecida para las acusaciones populares de interposición de querella, sin que esta denuncia tenga "referencia mínima alguna" a los hechos investigados en este procedimiento, en los que la admisión de su personación "lo ha sido a los lógicos efectos de ser oída tras un emplazamiento sobre la procedencia de la inhibición".

De esta forma, el instructor desestima el recurso de reforma interpuesto por el PP contra la providencia de 13 de diciembre de 2011 en la que acordó no tener por personado y como parte al partido "en tanto en cuanto no interponga una nueva y diferenciada querella". El recurso tendrá que verlo ahora el conjunto de la sala dado que el PP interpuso junto al recurso de reforma subsidiariamente el de apelación.

El juez instructor había considerado, en relación con el PP y esta causa, que debía presentar una nueva y diferenciada querella de la que presentó en el TSJM, porque los hechos relatados en ella hacen referencia a los sucedidos en esa comunidad, sin recoger "referencia alguna" a los hechos presuntamente cometidos en la Comunitat y, en concreto, a los referidos en el auto por el que el TSJCV asumió investigar parte de los hechos derivados del TSJM.

Por contra, sobre el PSPV, que también figuraba como acusación popular en Madrid, no estimó que debía exigírsele este paso porque en su querella sí que hacían referencia a hechos ocurridos en esta autonomía.

El PP recurrió esta decisión y pidió su nulidad y alegó vulneración de artículos de la Constitución y la Lecrim. Según este partido, el relato de hechos que se recogían en su escrito no realizaba "localización espacial de ningún tipo en cuanto al lugar de comisión de los presuntos hechos delictivos" y además indicaba expresamente que se podía hacer extensiva a otras personas, además de los querellados, "respecto de las cuales en el curso de las investigaciones se dedujeran aquellas responsabilidades así como cuantas personas hayan participado en los hechos delictivos objeto de esa querella".

ALEGACIONES DEL PP

Además, alegaba que si el PP era y es legítima acusación popular para el TSJM frente a los mismos hechos que ahora se conocen en el TSJCV "por meras razones de territorialidad", no se entiende la exigencia de una nueva querella, algo que sostenía que es un "mero requisito formal superado por la jurisprudencia".

El magistrado recuerda en su resolución que este procedimiento ha tenido una génesis "compleja", con distintos y plurales hechos objeto de investigación y en los que han intervenido diversos órganos judiciales al haberse fragmentado el procedimiento por razones de aforamiento y destaca que también resultó "compleja" la sustantación de la inhibición ante la sala del TSJCV.

En esta línea, señala que la segunda inhibición parcial que dio lugar a este procedimiento se fundamentaba en un escrito del ministerio fiscal de mayo de 2010, que traía causa de otros informes como de la Policía y Hacienda, entre otros sobre el sistema de facturación dual y financiación de los actos del PPCV en las elecciones autonómicas y locales de 2007 y contratación de Orange Market con la Generalitat, entre otros.

Al respecto, el magistrado señala que, en el aspecto subjetivo, las sociedades a las que hacía mención el PP en su querella en Madrid, no están investigadas en esta causa, ya que ni siquiera se citaba a Orange Market, y en el objetivo, que no se mencionan los hechos sucedidos en la Comunitat Valenciana cuando esto es "legalmente indiscutible", según la ley.

Por ello, considera que la personación del PP se produjo sobre hechos que no han sido objeto de inhibición, cuya competencia sigue detentando el TSJM; que esa fecha de interposición no se habían emitido los informes policiales y de Hacienda y que esta parte pudo haber realizado una ampliación de querella que hubiera evidenciado la voluntad de ampliar el ejercicio de la acción penal a estos hechos.

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