MÁLAGA, 28 (EUROPA PRESS)
Así, se estima el recurso presentado contra el acuerdo de 25 de febrero de 2010 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), desestimatorio del recurso de alzada contra el acuerdo de 16 de junio de 2009 de la Comisión Permanente por el que se denegaba a Urquía su solicitud de reingreso en el servicio activo tras el cumplimiento de la pena de suspensión de funciones impuesta por el Supremo en marzo de 2009. También se estima otro recurso contra una decisión del Consejo al respecto.
En la sentencia se indica que la cuestión principal que se plantea en el recurso es si resulta legalmente posible que un miembro de la carrera judicial se encuentre en situación de servicio activo pese a contar con antecedentes penales no cancelados y se apunta que "el examen de la regulación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la interpretación sistemática de los preceptos que resultan de aplicación llevan a la respuesta afirmativa".
El Supremo anula dichas resoluciones recurridas por "no ser conformes a derecho" y señala que "resulta evidente igualmente que la propia Ley Orgánica admite la posibilidad de la existencia de miembros de la carrera judicial en activo con antecedentes penales, por lo que no tendría sentido, como hace la Administración recurrida, vincular la existencia de antecedentes con la causa de incapacidad".
DELITO DE COHECHO
El alto tribunal condenó en sentencia firme a Urquía por un delito de cohecho a 21 meses de suspensión y al pago de una multa de 73.800 euros, tras revisar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que se declaró probado que el entonces juez pidió dinero al presunto cerebro de la supuesta trama de corrupción en Marbella, Juan Antonio Roca. Posteriormente, el Consejo decidió ejecutar dicha sentencia, declarando la pérdida definitiva por el juez de su destino en el juzgado marbellí.
Por otro lado, el TSJA condenó en junio de 2010 a Urquía a dos años de prisión y a 17 de inhabilitación para empleo o cargo de juez por un delito de cohecho y otro continuado de prevaricación por ofrecer favores judiciales a cambio de dinero uno de los imputados en la denominada 'Operación Hidalgo' contra el blanqueo de capitales, que él instruyó. El Tribunal Supremo ha aplazado 'sine die' la vista pública para revisar esta sentencia.