RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4460-2011, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 2.3, 5.4 Y 7 Y 6.5 DE LA LEY DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA 35/2010, DE 1 DE OCTUBRE, DEL OCCITANO, ARANÉS EN ARÁN.
Preámbulo
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 14 de diciembre actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4460-2011, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado mantener la suspensión de la vigencia de los arts. 2.3, 5.4 y 7 y 6.5 en lo relativo a la preferencia del uso del occitano, aranés en Arán, respecto del castellano y del catalán, de la Ley del Parlamento de Cataluña 35/2010, de 1 de octubre, del occitano, aranés en Arán, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 232, de 27 de septiembre de 2011.