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  • EDICIÓN DE 20/09/2011
 
 

Plan Renove

Plan Renove de electrodomésticos, de calderas y de aparatos de aire acondicionado

20/09/2011
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Resolución EMO/2136/2011, de 12 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras del Plan Renove de electrodomésticos, de calderas y de aparatos de aire acondicionado en Cataluña, y se hace pública la convocatoria para el año 2011 (DOGC de 19 de septiembre de 2011). Texto completo.

RESOLUCIÓN EMO/2136/2011, DE 12 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DEL PLAN RENOVE DE ELECTRODOMÉSTICOS, DE CALDERAS Y DE APARATOS DE AIRE ACONDICIONADO EN CATALUÑA, Y SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2011.

La crisis económica ha puesto de manifiesto la necesidad de reducir gastos innecesarios y ahorrar recursos como la energía. La utilización de más energía de la que se requiere para prestar el mismo servicio supone un gasto inútil de un recurso que cada vez será más escaso y cuyo uso comporta, además, un impacto ambiental negativo.

La relación entre consumo energético y servicio realizado determina el consumo específico y la eficiencia energética de los aparatos.

La reducción de los consumos específicos, principalmente en sectores como el terciario y el doméstico, sólo se podrá obtener con la incorporación de equipos eficientes y con su utilización adecuada.

En este marco adquiere una importancia especial la promoción de la mejora de los electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado, por lo que se considera conveniente establecer un plan de renovación que fomente la sustitución de estos aparatos y calderas por equipos con niveles de eficiencia energética superiores.

Con las ayudas de este Plan se pretende mejorar la eficiencia energética y reducir el consumo de energía en los hogares catalanes, así como potenciar el uso racional de la energía entre los ciudadanos de Cataluña mediante la renovación de electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado.

El Instituto Catalán de Energía (ICAEN), del Departamento de Empresa y Empleo, es el organismo público que tiene asignada la ejecución de las actividades que emanan del Plan de la Energía de Cataluña 2006-2015, sin perjuicio de las funciones de la Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad en materia de promoción y difusión de la utilización de las energías renovables.

La Estrategia de Eficiencia Energética del PEC (Plan de la Energía de Cataluña) se coordina con la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2004-2012 (E4). Por ello, el 17 de abril de 2008 se formalizó un convenio de colaboración entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) del Gobierno español y el Instituto Catalán de Energía (ICAEN), para la definición y la puesta en práctica de las actuaciones previstas en el Plan de Acción 2008-2012 del E4 (PAE4+) en Cataluña. Entre las medidas contempladas en este Convenio figuran las ayudas públicas para la renovación de aparatos ineficientes por otros de alta eficiencia energética. Cada año se revisan las características que deben tener los planes de renovación en cuanto a tipo de aparatos, nivel de eficiencia, importe unitario, etc., en función de la evolución tecnológica y de mercado.

Vista la Ley 6/2011, de 27 de julio Vínculo a legislación, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña, y de acuerdo con lo que establecen los artículos 87 Vínculo a legislación y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; La Ley 26/2010, de 3 de agosto Vínculo a legislación, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre Vínculo a legislación, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Orden de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas de subvenciones;

Visto el informe favorable emitido por la Asesoría Jurídica del Departamento de Empresa y Empleo, y haciendo uso de las atribuciones que me son conferidas,

Resuelvo:

Artículo 1

Objeto

Se aprueban las bases reguladoras que regirán el Plan Renove de electrodomésticos, de calderas y de aparatos de aire acondicionado en Cataluña, mediante el otorgamiento de ayudas a los titulares que cambien el electrodoméstico, la caldera o el aparato de aire acondicionado de acuerdo con los plazos y las condiciones establecidas.

Artículo 2

Convocatoria y aplicación presupuestaria

2.1 Se abre la convocatoria pública para el año 2011 para la concesión de subvenciones que regirán el Plan Renove de electrodomésticos, de calderas y de aparatos de aire acondicionado en Cataluña.

2.2 Cantidad máxima en la línea de ayudas para los diferentes planes de renovación es la siguiente:

Plan de renovación de electrodomésticos: 3.300.000 euros, aplicados a la aplicación 780.0001, A familias, del presupuesto del Instituto Catalán de Energía.

Plan de renovación de calderas y aparatos de aire acondicionado: 3.000.000 euros, aplicados a la aplicación 780.0001, A familias, del presupuesto del Instituto Catalán de Energía.

Según el número de solicitudes que se presenten para los diferentes planes de renovación que se regulan en esta convocatoria, y en caso de que las solicitudes superen las previsiones presupuestarias asignadas a alguno de los planes de renovación, el ICAEN podrá ampliar los fondos destinados al mencionado plan con recursos provenientes de otro.

Cuando el número de solicitudes supere la previsión presupuestaria, se podrá incrementar excepcionalmente la cuantía máxima de este crédito por un importe adicional, sin necesidad de una nueva convocatoria, bien por haber reconocido o liquidado obligaciones derivadas de convocatorias anteriores por importe inferior a la subvención concedida o bien como consecuencia de una generación, ampliación o incorporación de crédito, tal como se establece en el apartado 2 del artículo 58 Vínculo a legislación del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 Vínculo a legislación, general de subvenciones. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito como consecuencia de las circunstancias anteriormente indicadas que habiliten un incremento de la dotación presupuestaria destinada a estas ayudas.

Si la cuantía adicional se incorpora con posterioridad a la resolución de la convocatoria, se utilizará para conceder nuevas subvenciones a los expedientes que hayan quedado en la lista de espera por falta de presupuesto.

2.3 El otorgamiento de estas ayudas quedará condicionado a las disponibilidades presupuestarias.

2.4 De acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, se podrá abrir una convocatoria posterior cuando no se agote el importe máximo destinado a esta primera convocatoria.

Artículo 3

Régimen jurídico

A estas bases le son aplicables el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña aprobado por Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y el reglamento que desarrolla el Real decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación (BOE núm. 176, de 25.7.2006).

Artículo 4

Plazo y lugar de presentación de solicitudes

4.1 El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa se inicia el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, y finaliza el 30 de diciembre de 2011, o en el momento en que se agote el presupuesto disponible.

4.2 Las solicitudes deberán presentarse en el lugar y la forma que se indican en la Base 3.

Artículo 5

Órgano competente, resolución de las ayudas y recursos

El órgano competente para la tramitación y la resolución del procedimiento, el plazo para su conclusión, el medio de notificación de la resolución y el régimen de recursos se regula en las bases 3, 9 y 10.

Disposición adicional

Todos los establecimientos y comercios adheridos que quieran hacer publicidad de las ayudas del Plan Renove en los catálogos propios, tendrán que utilizar el distintivo del Plan Renove, el logotipo del IDAE y el logotipo del ICAEN. El distintivo deberá colocarse en un lugar visible del establecimiento, a poder ser en el mismo escaparate.

Obligatoriamente tendrán que incorporar la siguiente frase al pie de la última página del catálogo:

"Plan Renove de calderas, electrodomésticos y aires acondicionados de la Generalidad de Cataluña. Este plan está sujeto a la Resolución de subvención de la convocatoria del ejercicio 2011. Las ayudas podrán ser otorgadas siempre que se cumplan los requisitos establecidos. El importe de la subvención no podrá superar nunca el 30% del precio del electrodoméstico, IVA excluido. La campaña empezará a partir del dia siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC y finalizará el 30 de diciembre de 2011, o cuando se agoten las disponibilidades presupuestarias existentes. Es condición indispensable que el aparato sustituido sea eliminado del mercado en el momento de efectuar la compra. Los electrodomésticos que pueden recibir ayudas son: frigoríficos, combis, congeladores, lavadoras, lavaplatos, placas de cocción, hornos, aparatos de aire acondicionado y calderas de condensación que cumplan los requisitos de clasificación energética exigidos por la Generalitat de Catalunya. Para más información www.plarenovat.cat".

Todas las ayudas anunciadas solo serán aplicables siempre que el solicitante de la ayuda del Plan Renove cumpla todos los requisitos publicados en esta Resolución.

El precio anunciado será el precio que pagará el cliente en el momento de la venta y no puede incluir nunca la deducción de las posibles ayudas. La información de las ayudas que se podrán obtener tiene que estar diferenciada del precio y debe indicarse que para acceder a las mismas hace falta la previa tramitación de la solicitud del Plan Renove por parte del cliente, y que para obtenerlas hay que cumplir los requisitos necesarios.

Los logotipos del ICAEN o el IDAE no se podrán utilizar en las etiquetas o carteles con el precio que produzcan las tiendas para utilizar dentro de la tienda.

El Instituto Catalán de Energía no se hará responsable de los mensajes que emitan las empresas comercializadoras o los establecimientos en caso de que se haga publicidad engañosa o no se ajuste a los requerimientos publicados porla presente Resolución de subvención.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden ECF/362/2010, de 9 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Plan de renovación de electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado en Cataluña y se hace pública la convocatoria para el año 2010, y la Orden ECF/480/2010, de 8 de octubre, por la que se modifica la Orden ECF/362/2010, de 9 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Plan de renovación de electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado en Cataluña y se hace pública la convocatoria para el año 2010, y se amplía el presupuesto de las ayudas.

Disposición final

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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