Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/07/2011
 
 

El TC afirma que el PP vulneró la Constitución al tratar de frenar el "Plan Ibarretxe" mediante enmiendas en el Senado

12/07/2011
Compartir: 

El Tribunal Constitucional ha declarado la nulidad de dos acuerdos adoptados en diciembre de 2003 por la Mesa del Senado que permitieron reformar el Código Penal (creando penas de cárcel para quien organizara referendos ilegales) a través de enmiendas presentadas por el PP a la Ley de Arbitraje que se tramitaba en ese momento en la Cámara alta. El objetivo de la reforma, derogada dos años después por el Gobierno de José Luis Rodríguez-Zapatero, era impedir el denominado "Plan Ibarretxe".

La sentencia del alto tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, reconoce que la admisión de dichas enmiendas vulneró el derecho de otros senadores a realizar su labor parlamentaria en condiciones de igualdad, según señala el artículo 23.2 de la Constitución. El recurso había sido interpuesto por medio centenar de senadores del PSOE.

ABSOLUTA FALTA DE "HOMOGENEIDAD"

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Pérez-Tremps, señala que la "lesión del procedimiento administrativo", al negarse la Mesa a valorar la existencia de relación entre las enmiendas propuestas y la iniciativa a enmendar, "y al constatarse la absoluta falta de homogeneidad, no puede considerarse inane a los efectos del derecho fundamental" reconocido en el citado artículo 23.2.

"Con la admisión a trámite como enmiendas de unas propuestas de modificación del Código Penal que no guardaban relación material alguna con el contenido de la Ley de Arbitraje remitida por el Congreso de los Diputados, los recurrentes vieron restringidas sus posibilidades de deliberación sobre un nuevo texto que planteaba una problemática política por completo ajena a la que hasta el momento había rodeado al debate sobre la Ley de Arbitraje, frente a la que no pudieron tomar una postura que se concretase en propuestas de enmienda o veta".

Esta infracción se ve además confirmada, según la sentencia del alto tribunal, por el hecho patente de "la más absoluta desconexión" entre el proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de Arbitraje -que atribuía determinadas competencias a los Juzgados de lo Mercantil-, y las enmiendas admitidas a trámite por la Mesa del Senado, "cuyo objetivo era modificar el Código Penal añadiendo tres tipos penales relacionados con la convocatoria ilegal de elecciones generales, autonómicas o locales o consultas populares por vía de referéndum".

En abril de 2005, la Comisión de Justicia del Congreso rechazó con los votos de todos los partidos políticos excepto el PP las enmiendas presentadas por este grupo parlamentario contra la proposición de Ley para derogar la reforma del Código Penal (CP) de finales de 2003 que castigaban con penas de cárcel a quienes convoquen referendos ilegales, por entender que el Ordenamiento Jurídico cuenta con los suficientes mecanismos para hacer frente a esta posibilidad sin crear un tipo penal específico. Fuente: Europa Press

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  4. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  5. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  6. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  7. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  8. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  9. Tribunal Supremo: La regulación de la reserva de los contratos públicos o de algún lote de los mismos a favor de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social no vulnera los principios de proporcionalidad y de igualdad de trato entre licitadores
  10. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana