El Supremo estima parcialmente el recurso de la Fiscalía contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona, que condenó por una falta de lesiones a tres de los agentes acusados del maltrato y absolvió al cuarto.
Este caso de abuso policial en la reducción de un detenido, al que los agentes golpearon con los pies para inmovilizarlo, supuso el primer juicio por las grabaciones de las cámaras ocultas que el Departamento de Interior instaló en marzo de 2007 en la comisaría barcelonesa de Les Corts para detectar posibles maltratos policiales.
El Tribunal ha considerado en su sentencia que el cabo al que la Audiencia absolvió podría haber impedido la maniobra de reducción del detenido, pero, sin embargo, "ni siquiera intentó seriamente cumplir con el deber emergente de su posición de garante".
"El cabo vio los hechos y estaba directamente en relación con ellos y, no obstante, no dio de forma inmediata la orden de cesar en la maniobra de reducción, que aparecía como innecesaria, como le imponía su posición de garante", prosigue la sentencia.
Confirma la sentencia en el resto de pronunciamientos y desestima el recurso de la Fiscalía para que se condene a los cuatro mossos por un delito contra la integridad moral, porque, en su opinión, "no se observa que el detenido haya sido rebajado a la condición de mera cosa".
La sentencia desestima también los recursos presentados por las defensas de los agentes condenados, que pedían ser absueltos de la falta de lesiones, argumentando que su actuación era legítima dado que pretendían defenderse ante la actitud agresiva del detenido, que había tocado a uno de los agentes.