El auto recurrido por la Abogacía del Estado ordenaba la inmediata paralización de la ejecución de las obras para la conducción de abastecimiento de agua a la localidad de Baza desde el embalse del Portillo. El Supremo también acordó que se paralizaran las expropiaciones que se estaban llevando a cabo en numerosas fincas de la comarca granadina dirigiéndose, para ello, al Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino.
La Abogacía del Estado recurrió el auto ahora ratificado, por considerar que las obras eran de interés general y estaban incluidas en la planificación hidrológica. Por todo ello, solicitaba la suspensión del auto ante el perjuicio que podría causar al objeto y finalidad de las obras. El Supremo no accede a dicha pretensión y vuelve a requerir al Ministerio de Medio Ambiente a que informe inmediatamente de la situación en la que se encuentra la construcción, puesto que ya se lo solicitó y no lo ha cumplido.
El Tribunal Supremo quiere saber igualmente las fechas en las que se han ido realizando las obras para poder pronunciarse sobre el resto de pretensiones formuladas por la Plataforma en Defensa del Río Castril, que ha sido el colectivo que durante años ha luchado contra el trasvase y que ahora reclama la demolición de lo que se ha construido ya.
Parte del proyecto se ha ejecutado solo con el amparo del Real Decreto de sequía de 2005, anulado por el Supremo en 2010, según consta en una de las resoluciones de este tribunal. Para decidir sobre lo ya levantado, el Supremo necesita conocer el estado y alcance de las obras y de ello debe informar el Ministerio de Medio Ambiente.