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  • EDICIÓN DE 09/05/2011
 
 

La Xunta de Galicia condenada a pagar antigüedad a los interinos

09/05/2011
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El Tribunal Supremo ha reconocido que los funcionarios interinos de la Xunta tienen derecho a cobrar trienios con carácter retroactivo, es decir, que pueden reclamar el pago de la antigüedad acumulada desde que entraron a trabajar para la administración pública desde antes de 2007, fecha en la que entró en vigor el Estatuto Básico del Empleado Público.

La sentencia se ha emitido tras el recurso presentado por un funcionario interino de la Xunta que reclamaba atrasos desde agosto de 2003 hasta mayo de 2007, cuando entró en vigor el estatuto del empleado público, que por primera vez les reconoció a estos trabajadores no fijos su derecho a cobrar trienios.

El Supremo confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de A Coruña en marzo de 2009, que también estimó el recurso de este funcionario en contra de la negativa de la Xunta a reconocerle los trienios anteriores a 2007. El Ministerio Fiscal defendió la postura de este trabajador en el pleito ante el Supremo al reclamar la desestimación del recurso del Gobierno gallego.

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