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Elecciones a Cortes de Aragón

19/04/2011
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Orden de 5 de abril de 2011, del Departamento de Presidencia, por la que se actualizan las cuantías de dietas y gratificaciones del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón (BOA de 18 de abril de 2011) Texto completo.

ORDEN DE 5 DE ABRIL DE 2011, DEL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, POR LA QUE SE ACTUALIZAN LAS CUANTÍAS DE DIETAS Y GRATIFICACIONES DEL DECRETO 63/2003, DE 8 DE ABRIL, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE REGULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LAS ELECCIONES A CORTES DE ARAGÓN

Por medio del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, se efectúa la regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón.

La Disposición Final Primera de dicho Decreto, en su apartado 2, habilita al Consejero competente en materia de procesos electorales para actualizar las cuantías de las dietas y gratificaciones de las personas que participen en los procesos electorales en los órganos mencionados por este Decreto o que desarrollen funciones auxiliares en los procesos electorales.

Procede por tanto en este momento la actualización de las dietas y gratificaciones aplicando el coeficiente deflactor corrector del índice de precios al consumo para adaptarlas a las elecciones a Cortes de Aragón 2011.

En virtud de lo anteriormente expuesto,

Artículo único.-Actualización de las dietas y gratificaciones del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón.

Las cuantías de las dietas y gratificaciones del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón, quedan establecidas para las Elecciones a Cortes de Aragón 2011 de la siguiente manera:

1.-Junta Electoral de Aragón

a) Gratificación fija:

Presidente: 3.081,31 euros

Vicepresidente: 1.198,49 euros

Vocales: 1.112,87 euros

Secretario: 2.396,94 euros

b) Asistencia a sesiones:

Presidente y Secretario: 64,21 euros

Vicepresidente y vocales: 55,64 euros

c) Remuneración servicios del personal prestados a la Junta Electoral de Aragón:

5.546,35 euros

2.-Juntas Electorales Provinciales

a) Gratificación fija:

Presidente: 659,15 euros

Vocales Judiciales: 222,59 euros

Vocales no judiciales: 154,09 euros

Delegado Oficina Censo Electoral: 222,59 euros

Secretarios: 607,80 euros

b) Remuneración servicios del personal prestados a las Juntas Electorales Provinciales:

Junta Electoral Provincial de Zaragoza: 5.418,81 euros

Junta Electoral Provincial de Huesca: 1.813,16 euros

Junta Electoral Provincial de Teruel: 1.412,50 euros

3.-Juzgados de Primera Instancia o Jueces de Paz

a) Gastos de transporte:

0,20 euros por kilómetro recorrido o gastos de locomoción ocasionados

b) Dieta:

47,08 euros

Disposición Final Única.-Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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