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Targeta Esportiva de la Generalitat en la Comunitat Valenciana

26/01/2011
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Orden 1/2011, de 14 de enero de 2011, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se crea y regula la Targeta Esportiva de la Generalitat en la Comunitat Valenciana (DOCV de 25 de enero de 2011). Texto completo.

ORDEN 1/2011, DE 14 DE ENERO DE 2011, DE LA CONSELLERIA DE CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE CREA Y REGULA LA TARGETA ESPORTIVA DE LA GENERALITAT EN LA COMUNITAT VALENCIANA.

El Consell Valencià de l’Esport es el órgano encargado de gestionar la política deportiva de la Generalitat, así como de formular las directrices de la política de fomento y desarrollo en materia deportiva y mejorar la participación de todos los agentes sociales implicados en el deporte.

Según los estatutos del Consell Valencià de l’Esport, entre sus atribuciones figuran la regulación, ordenación, promoción y coordinación del deporte y de la actividad física en la Comunitat Valenciana.

En cumplimiento de lo cual, la Generalitat, a través del Consell Valencià de l’Esport, crea el programa de la Targeta Esportiva, como un nuevo servicio dirigido a toda la ciudadanía de la Comunitat que practica deporte o realiza algún tipo de actividad física, ya sean deportistas federados o no federados.

La Targeta Esportiva de la Generalitat se desarrolla únicamente en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. El Consell Valencià de l’Esport, mediante la Targeta Esportiva, tiene como objetivo promocionar el deporte para todos y ofrecer ventajas y servicios en materia deportiva a todos los deportistas de la Comunitat para que puedan obtener facilidades para la práctica deportiva y descuentos comerciales, así como orientación y consejos médico-deportivos y de salud.

En su virtud, y en uso de las competencias asignadas por la Ley 5/1983 Vínculo a legislación, del 30 de diciembre, del Consell, ORDENO

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto

La presente orden tiene por objeto la creación y regulación de la Targeta Esportiva de la Generalitat como un servicio que el Consell Valencià de l’Esport ofrece a los deportistas para promocionar el deporte y garantizar a sus usuarios una serie de servicios y ventajas de carácter deportivo.

Artículo 2. Sujetos

Podrán formar parte del programa de la Targeta Esportiva:

a) Usuarios o usuarias: aquellas personas residentes en la Comunitat Valenciana que practiquen deporte o realicen alguna actividad física, ya sea en el ámbito federado o fuera de él.

b) Entidades adheridas como prestadoras de productos y servicios:

instituciones públicas, establecimientos comerciales y entidades deportivas.

c) Entidades colaboradoras.

Artículo 3. Modalidades y expedición

La Targeta Esportiva de la Generalitat tiene dos modalidades: la básica y la financiera.

La Targeta Esportiva básica será emitida por el Consell Valencià de l’Esport. A tal efecto, las solicitudes de esta modalidad de tarjeta se presentarán en las delegaciones territoriales del Consell Valencià de l’Esport, en los ayuntamientos adheridos al programa de la Targeta Esportiva o a través de la página web www.targetaesportiva.gva.es. La Targeta Esportiva básica será expedida sin límite de edad a todas aquellas personas que la soliciten.

La Targeta Esportiva financiera otorgará a sus titulares unas ventajas financieras adicionales, y será expedida exclusivamente por las entidades financieras colaboradoras, por lo que las solicitudes de esta modalidad se presentarán directamente ante éstas. Podrán solicitar la Targeta Esportiva financiera las personas mayores de 18 años, y las mayores de 14 años y menores de 18 con autorización paterna.

Artículo 4. Tarifa anual

Para la obtención y renovación de la Targeta Esportiva será necesario el pago de las tarifas anuales vigentes en el momento de la solicitud.

La cuota inicial será de 15 € anuales. El Consell Valencià de l’Esport podrá revisar esta tarifa, que será aprobada por su Comité de Dirección.

Será de aplicación una tarifa especial de 10 € para los solicitantes de la Targeta Esportiva que pertenezcan a entidades que tengan acuerdos específicos con el Consell Valencià de l’Esport.

Artículo 5. Vigencia

La Targeta Esportiva básica tendrá una validez de un año desde su expedición. Podrá ser renovada anualmente previo pago de la cuota referida en el artículo anterior, mediante domiciliación bancaria o tarjeta de crédito, a través de la pasarela de pago de la página web www.

targetaesportiva.gva.es.

La Targeta Esportiva financiera tendrá una vigencia de cuatro años contados desde la fecha de su expedición, debiendo satisfacerse anualmente la cuota referida en el artículo anterior mediante cargo en la correspondiente cuenta vinculada.

La tarjeta será personal e intransferible en ambos casos.

Artículo 6. Ámbito territorial.

La Targeta Esportiva podrá ser utilizada en toda la Comunitat Valenciana en cualquiera de las entidades adheridas que en cada momento ofrezcan ventajas y descuentos.

Artículo 7. Atributos de la Targeta Esportiva.

Las personas titulares de la Targeta Esportiva podrán disfrutar, como mínimo, de las siguientes ventajas:

- Entradas gratuitas o descuentos para acontecimientos deportivos.

- Descuentos y beneficios en el acceso a instalaciones deportivas.

- Beneficios comerciales en material deportivo.

- Beneficios en servicios médicos y de salud.

- Beneficios y descuentos en medios de transporte de la Comunitat Valenciana.

Todo ello en los términos que se acuerden con las distintas entidades que se adhieran a la tarjeta.

CAPÍTULO II

Entidades adheridas y colaboradores

Artículo 8. Entidades adheridas

1. Para solicitar la condición de entidad adherida a la Targeta Esportiva, las personas físicas o jurídicas interesadas presentarán debidamente cumplimentado el compromiso de adhesión, según el modelo que se incluye como anexo a esta orden.

El compromiso de adhesión, junto con la documentación requerida, se presentará, preferentemente, en los registros del Consell Valencià de l’Esport, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Las entidades adheridas fijarán libremente tanto el descuento como el tipo de servicio o producto que ofrezcan a los usuarios de la Targeta Esportiva. No obstante, con carácter general, los descuentos no podrán ser inferiores al 10% sobre los precios normales.

3. Se podrá acordar con las entidades adheridas la posibilidad de realizar ofertas o promociones especiales con descuento superior al acordado inicialmente.

4. El compromiso de adhesión tendrá una vigencia de 2 años a partir de su firma, salvo denuncia expresa de alguna de las partes.

5. Las entidades adheridas a la Targeta Esportiva deberán colocar en lugar visible del local el distintivo acreditativo de pertenencia a la Red de la Targeta Esportiva, que será proporcionada por el Consell Valencià de l’Esport.

6. Las entidades adheridas deberán comunicar por escrito cualquier modificación que afecte al compromiso de adhesión acordado.

7. Las obligaciones del Consell Valencià de l’Esport con las entidades adheridas serán las siguientes:

a) Una vez remitido por la entidad el compromiso de adhesión debidamente cumplimentado, y una vez comprobado por el Consell Valencià de l’Esport que cumple con las obligaciones y requisitos especificados en la presente orden, se notificará a la entidad la condición de adherida, junto con una copia sellada del compromiso y el distintivo acreditativo de pertenencia a la Red de la Targeta Esportiva.

b) La entidad adherida será dada de alta en la base de datos del programa de la Targeta Esportiva de la Generalitat.

c) En la página web de la Targeta Esportiva se incluirán los descuentos de las entidades, así como los datos identificativos de éstas.

8. El Consell Valencià de l’Esport se reserva el derecho de no aceptar aquellas ofertas que, por su contenido o características, no se ajusten a los objetivos de la Targeta Esportiva en la Comunitat Valenciana, lo que se notificará a la persona interesada.

9. Las partes podrán resolver el compromiso de adhesión por incumplimiento de las obligaciones que en él se estipulan.

Artículo 9. Entidades colaboradoras

Tendrán la consideración de entidades colaboradoras las entidades financieras que expidan y distribuyan la Targeta Esportiva. Esta condición la ostentarán aquellas entidades financieras que a estos efectos suscriban el correspondiente convenio con el Consell Valencià de l’Esport.

La expedición y distribución de la Targeta Esportiva en su versión financiera se ajustará a los términos recogidos en dicho convenio.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Habilitación para la ejecución

Se faculta a la Secretaría Autonómica de Deporte-Vicepresidencia del Consell Valencià de l’Esport para el desarrollo de las actuaciones necesarias para la implantación y efectividad de la Targeta Esportiva en la Comunitat Valenciana.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Anexo

Omitido.

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