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  • EDICIÓN DE 27/12/2010
 
 

Centro Superior Bibliográfico de Galicia

27/12/2010
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Decreto 208/2010, de 16 de diciembre, por el que se establece la denominación del Centro Superior Bibliográfico de Galicia como Biblioteca de Galicia (Centro Superior Bibliográfico de Galicia) (DOG de 24 de diciembre de 2010). Texto completo.

DECRETO 208/2010, DE 16 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA DENOMINACIÓN DEL CENTRO SUPERIOR BIBLIOGRÁFICO DE GALICIA COMO BIBLIOTECA DE GALICIA (CENTRO SUPERIOR BIBLIOGRÁFICO DE GALICIA)

La Ley 14/1989 Vínculo a legislación, de 11 de octubre, de bibliotecas, creó el Centro Superior Bibliográfico, centro bibliotecario fijo, cabecera de la Red de Bibliotecas de Galicia, y núcleo central de información bibliográfica, de automatización, de normalización de los procesos técnicos, de los planes para la catalogación centralizada o compartida, y de información, asesoría y formación profesional.

Desde la puesta en funcionamiento de la Ciudad de la Cultura de Galicia la sede del Centro Superior Bibliográfico de Galicia será el edificio de la Biblioteca de Galicia. Con la finalidad de evitar confusión sobre el nombre del centro y el de su sede, se considera conveniente que la denominación sea la de Biblioteca de Galicia-Centro Superior Bibliográfico de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura y Turismo y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día dieciséis de diciembre de dos mil diez, DISPONGO:

Artículo único.-El Centro Superior Bibliográfico de Galicia, creado por la Ley 14/1989 Vínculo a legislación, de 11 de octubre, de bibliotecas, pasa a denominarse Biblioteca de Galicia (Centro Superior Bibliográfico de Galicia).

Disposiciones finales Primera.-Se faculta al conselleiro de Cultura y Turismo para dictar las disposiciones necesarias en cumplimento y desarrollo del presente decreto.

Segunda.-Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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