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  • EDICIÓN DE 08/10/2010
 
 

Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral

08/10/2010
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Decreto 51/2010, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral (DOE de 7 de octubre de 2010). Texto completo.

DECRETO 51/2010, DE 26 DE AGOSTO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL DE LA RED DE SENDAS Y CAMINOS DEL LITORAL.

La Ley de Cantabria 2/2004 Vínculo a legislación, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral, establece entre sus propuestas de actuación la elaboración de una Red de Sendas y Caminos del Litoral que tiene como objetivos fundamentales el establecimiento y configuración de un corredor que atraviese la Comunidad Autónoma de Cantabria de Este a Oeste; la delimitación de la Red de Sendas y Caminos de manera clara, accesible y segura; facilitar la accesibilidad y disfrute del litoral a las personas invidentes y con movilidad reducida; integrar a Cantabria en el proyecto de sendero europeo, así como fortalecer el conocimiento del litoral.

Atendiendo a tales objetivos, el Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral pretende, entre otras cuestiones, la racionalización de las obras de recuperación, restauración y creación de sendas en aras a conseguir un uso racional del territorio; la recuperación y conservación del patrimonio vinculado a los caminos costeros; incentivar el conocimiento del litoral como elemento del patrimonio de Cantabria, promoviendo su uso y disfrute; homogeneizar la señalización de las sendas y caminos; incentivar el establecimiento de recorridos accesibles a discapacitados y personas con movilidad reducida.

Para poder lograr estos objetivos, el Plan Especial plantea dos tipos de sendas: un Gran Recorrido Litoral que articula la costa de Cantabria, desde Castro Urdiales hasta Unquera, y los Pequeños Recorridos Litorales que tienen su origen o final en el Gran Recorrido Litoral resaltando elementos de relevancia de carácter cultural o natural.

Son dos las premisas fundamentales del Plan Especial: la mínima actuación y el disfrute del litoral.

Inspirado en los citados objetivos y premisas, el 26 de febrero de 2007 se aprobó inicialmente el Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral, siendo sometido junto con el Informe de Sostenibilidad Ambiental, a información pública, y dándose audiencia a los Ayuntamientos afectados, colegios profesiones y a la Delegación del Gobierno en Cantabria.

Como consecuencia del resultado de la información pública y trámite de audiencia se producen una serie de modificaciones que hicieron necesaria una nueva aprobación por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y la apertura de un nuevo trámite de información pública y audiencia.

Finalmente, previa emisión de la oportuna Memoria Ambiental, e informe del Consejo de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la CROTU aprobó provisionalmente el Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral en sesión de 23 de noviembre de 2009. El Plan Especial consta de la siguiente documentación: memoria con sus correspondientes estudios complementarios como anejos, normativa, cartografía y estudio económico financiero. Ello no obstante, si bien la aprobación se refiere al Plan en su totalidad, únicamente se insertan en la publicación del presente Decreto aquellos aspectos que revisten carácter normativo y despliegan efectos jurídicos hacia terceros, es decir, la normativa y la cartografía, que se detallan en los Anexos I y II. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de que el texto íntegro del Plan pueda consultarse a través de diversos medios, de conformidad con el artículo segundo.

En virtud de lo anterior, conforme a las disposiciones del artículo 67.1 Vínculo a legislación de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral, así como las determinaciones de la Ley 2/2001 Vínculo a legislación, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo en Cantabria, a propuesta del consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo, oído el Consejo Económico y Social de Cantabria, y previa deliberación del Consejo de Gobierno reunido en fecha de 26 de agosto de 2010.

DISPONGO

Artículo primero. Aprobación del Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral.

Se aprueba el Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral, cuyas disposiciones normativas y cartografía se detallan en los Anexos I y II.

Artículo segundo. Consulta del Plan.

La documentación completa del Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral podrá consultarse en la sede de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística, sita en la calle Alta n.º 5, 5.ª planta, 39008 - Santander, asimismo podrá consultarse en la página web de la citada Dirección General (www.territoriocantabria.es).

Disposición Final Primera. Facultades de desarrollo.

Se faculta al Consejero competente en materia de Ordenación del Territorio para dictar cuantos actos y disposiciones sean precisos para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Anexos

Omitidos.

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