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  • EDICIÓN DE 05/10/2010
 
 

Concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Personal Judicial

05/10/2010
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Personal Judicial.

NORMAS:

Primera.

Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo al excelentísimo señor Presidente de este Consejo y a la que podrán acompañar relación de los méritos y circunstancias que en ellos/as concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro General del propio Consejo (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.

Podrán tomar parte en el mismo los Jueces/Juezas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Tercera.

Con la solicitud se acompañará un currículum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

Cuarta.

Los/as candidatos/as podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, efectuará el nombramiento. Con arreglo a lo previsto en el artículo 133 del Reglamento de Organización y funcionamiento del Consejo, el Pleno designará al o a la que resulte seleccionado/a para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta.

Sexta.

El/La concursante al o a la que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarado/a en situación de servicios especiales en su administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio y estará sometido/a al Reglamento n.º 1/1986, de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (BOE número 107, de 5 de mayo de 1986).

Los/las concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Denominación del puesto: Jefe/a del Servicio de Personal Judicial.

Número de puestos convocados: 1.

Localización: Madrid.

Nivel de destino: 30.

Complemento específico: 49.243,46 euros anuales.

Adscripción: Jueces/Juezas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y Funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1.

Requisitos del puesto: Amplios conocimientos de Derecho español y comparado. Conocimientos del Derecho Orgánico Judicial.

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