DECRETO FORAL DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA 8/2010, DE 25 DE AGOSTO, POR EL QUE SE DECLARA LUTO OFICIAL EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA CON MOTIVO DEL FALLECIMIENTO DE DOS GUARDIAS CIVILES DEL CONTINGENTE ESPAÑOL EN LA FUERZA INTERNACIONAL DE ASISTENCIA PARA LA SEGURIDAD EN AFGANISTÁN.
Con motivo del fallecimiento de dos guardias civiles del contingente español en la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad en Afganistán (ISAF), procede la declaración de luto oficial en la Comunidad Foral de Navarra.
El artículo 8 de la Ley Foral 24/2003, de 4 de abril, de Símbolos de Navarra, establece que la bandera de Navarra ondeará a media asta o con crespón negro sobre su escudo, sólo cuando haya sido decretada la jornada de luto oficial por el Presidente del Gobierno de Navarra, y por el plazo que esta orden determine.
En consecuencia, en suplencia del Presidente del Gobierno de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y de acuerdo con lo expuesto,
DECRETO:
1. Se declara luto oficial en la Comunidad Foral de Navarra desde las 00 horas hasta las 24 horas del día 26 de agosto de 2010, durante el cual la bandera de Navarra ondeará a media asta en todos los edificios públicos.
2. El presente Decreto Foral del Presidente del Gobierno de Navarra se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.