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  • EDICIÓN DE 26/08/2010
 
 

Órgano estadístico sectorial de la Presidencia de la Xunta

26/08/2010
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Orden de 29 de julio de 2010 por la que se designa el órgano estadístico sectorial de la Presidencia de la Xunta de Galicia (DOG de 25 de agosto de 2010). Texto completo.

ORDEN DE 29 DE JULIO DE 2010 POR LA QUE SE DESIGNA EL ÓRGANO ESTADÍSTICO SECTORIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA.

El Decreto 24/2008, de 21 de febrero, regula los órganos estadísticos sectoriales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y el procedimiento para su designación. En el punto primero de su artículo 2 establece que este órgano está integrado por una o varias unidades administrativas que se designarán por resolución de la persona titular del departamento en el que se integra orgánicamente.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 3 y 7 del Decreto 24/2008, de 21 de febrero, DISPONGO:

Primero.-Designar el órgano estadístico sectorial de la Presidencia de la Xunta de Galicia, que estará integrado por la unidad administrativa que se especifica a continuación:

Puesto de trabajo: vicesecretaría general, dependiente de la Secretaría General de la Presidencia.

Coordinador o coordinadora: el funcionario o funcionaria titular del puesto de trabajo que se designa.

Localización física: dependencias de la Secretaría General de la Presidencia, edificio administrativo de San Caetano, Santiago de Compostela.

Segundo.-A efectos del registro al que se refiere el artículo 3 del Decreto 24/2008, de 21 de febrero, la Secretaría General de la Presidencia comunicará al Instituto Gallego de Estadística los datos relativos a la identidad de la persona que, en cada momento, ocupe el puesto de trabajo que se identifica en el punto primero, que se nombrará siguiendo los procedimientos de provisión establecidos en la normativa vigente en materia de función pública.

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