El Tribunal Supremo, en una resolución de 21 de junio de este año alega que, por encima de cualquier circunstancia administrativa, prevalece la importancia de la lista de candidatos presentada ante la Junta Electoral.
Es la primera vez que un representate municipal puede, sin haber pasado un solo día en el cargo, tomarse una excedencia por tiempo indefinido, siendo todo esto avalado por la Justicia.