La Audiencia considera que las pruebas no descartan la versión de los acusados, que afirmaron que no homenajearon a miembros de la banda sino a familiares de etarras encarcelados.
La Sentencia de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional, de la que ha sido ponente el magistrado Julio de Diego López afirma que "El tribunal no puede reputar esta prueba como definitivamente concluyente, ya que deja un margen de duda suficiente y razonable sobre la verdadera intención e implicación en los hechos de los acusados, lo que en todo caso debe favorecerles en la correcta aplicación del principio 'in dubio pro reo'".