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  • EDICIÓN DE 21/07/2010
 
 

Transferencia de funciones y servicios de la Diputación Provincial de Huesca a la Comunidad Autónoma de Aragón

21/07/2010
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Decreto 130/2010, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre transferencia de funciones y servicios de la Diputación Provincial de Huesca a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario (BOA de 20 de julio de 2010). Texto completo.

DECRETO 130/2010, DE 6 DE JULIO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, SOBRE TRANSFERENCIA DE FUNCIONES Y SERVICIOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN EN MATERIA DE ASISTENCIA, BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO COMUNITARIO.

El artículo 2 de la Ley 8/1985, de 20 de diciembre, reguladora de las relaciones entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las Diputaciones Provinciales de su territorio (ya derogada), disponía que, cuando las leyes sectoriales atribuyeran a la Administración de la Comunidad Autónoma competencias anteriormente ejercidas por las Diputaciones Provinciales, ésta atribución “exigirá el correspondiente traspaso de servicios y medios personales, financieros y materiales”. En términos similares se pronuncia la normativa vigente en la actualidad: el artículo 73 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

Mediante el “Decreto 94/1991, de 20 de mayo, de la Diputación General de Aragón, sobre transferencias de funciones y servicios de la provincia de Huesca a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario”, se plasmó el acuerdo entre la Diputación Provincial de Huesca y la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para efectuar el traspaso a esta última de diversas competencias (funciones, servicios y medios personales y materiales) en materia de servicios sociales, de acuerdo con la normativa entonces vigente. En dicho Decreto se establecía, entre otras cuestiones, la obligación de la Diputación Provincial de Huesca de abonar cada año a la Administración autonómica una determinada cantidad económica en concepto de coste efectivo de los servicios transferidos.

La aparición de nueva normativa -especialmente, la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón- ha producido una reordenación del sistema de asignación de funciones y competencias entre los distintos niveles de las administraciones públicas aragonesas (autonómica y local). De acuerdo con lo establecido en el artículo 71.4 de la citada Ley 5/2009, de 30 de junio, “los municipios, comarcas y demás entidades locales deben consignar en sus presupuestos las dotaciones necesarias para la financiación de los servicios sociales de su competencia”. Se hace necesario, por tanto, revisar aquellos compromisos financieros asumidos por las Diputaciones Provinciales como consecuencia de los traspasos de funciones y servicios llevados a cabo por aplicación de la normativa anterior a la actualmente vigente. Este hecho ha llevado a que se planteara la posibilidad de modificar el Decreto antes indicado, para adecuarlo a la nueva realidad competencial, acordando la asunción por parte de la Comunidad Autónoma del coste de la transferencia correspondiente al traspaso de las competencias de la Diputación Provincial de Huesca en materia de asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario.

Se ha realizado el procedimiento previsto en el “Decreto 188/1999, de 28 de septiembre, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las Comisiones Mixtas de transferencias entre las Provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza y la Comunidad Autónoma de Aragón” para modificar el citado Decreto 94/1991, de 20 de mayo.

Finalmente, en su sesión de 25 de junio de 2010, la Comisión Mixta ha adoptado el oportuno acuerdo cuya efectividad exige su aprobación mediante Decreto del Gobierno de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y la Consejera de Servicios Sociales y Familia y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 6 de julio de 2010,

DISPONGO:

Primero.-Aprobar el acuerdo, que se incorpora como Anexo, de la Comisión Mixta de Transferencias entre la Diputación Provincial de Huesca y el Gobierno de Aragón por el que se modifica el Acuerdo plasmado en el “Decreto 94/1991, de 20 de mayo, de la Diputación General de Aragón, sobre transferencias de funciones y servicios de la provincia de Huesca a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario”.

Segundo.-El presente Decreto producirá efectos el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

D.ª. Elena Paesa García y D. Antonio Serrano Pascual, Secretarios de la Comisión Mixta prevista en el “Decreto 188/1999, de 28 de septiembre, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las Comisiones Mixtas de transferencias entre las Provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza y la Comunidad Autónoma de Aragón”,

Que en la sesión de la Comisión Mixta celebrada el día 25 de junio de 2010, se adoptó acuerdo referente al traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón de las funciones y servicios de la Diputación Provincial de Huesca en materia de asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario. Entre otros, se adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:

“Cuarto.-Propuesta al Gobierno de Aragón.

De acuerdo con el artículo 4.2 del “Decreto 188/1999, de 28 de septiembre, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las Comisiones Mixtas de transferencias entre las Provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza y la Comunidad Autónoma de Aragón” se acuerda:

Suprimir el segundo y tercer párrafo del apartado “G. Valoración definitiva del coste efectivo de los servicios transferidos” del “Decreto 94/1991, de 20 de mayo, de la Diputación General de Aragón, sobre transferencias de funciones y servicios de la provincia de Huesca a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario”, que quedaría con la siguiente redacción:

“G) Valoración definitiva del coste efectivo de los servicios transferidos.

La valoración definitiva del coste efectivo de los servicios transferidos queda concretada en el impone de 166.500.000 pesetas, incluyéndose en el mismo los gastos de personal, bienes corrientes y de servicios, así como de transferencias corrientes e inversiones.”

Y para que conste, expiden la presente certificación en Zaragoza a 25 de junio de 2010.

Los Secretarios de la Comisión Mixta de Transferencias, por el Gobierno de Aragón, D.ª. Elena Paesa García; por la Diputación Provincial de Huesca, D. Antonio Serrano Pascual.

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