EDICTO RELATIVO A LA PUBLICACIÓN DE LA SENTENCIA FIRME DICTADA EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N.º 659/09 SOBRE DECLARACIÓN DE NULIDAD DE DETERMINADOS PRECEPTOS DEL DECRETO 48/2009, DE 24 DE FEBRERO, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO DE CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y CERTIFICADOS ACREDITATIVOS DE CONOCIMIENTOS DE EUSKERA Y ADECUACIÓN DE LOS MISMOS AL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS.
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 659/09 -promovido por la representación de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras contra el Decreto 48/2009 de 24 de febrero (BOPV de 13-03-2009) de modificación del Decreto de Convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera y adecuación de los mismos al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas-, se ha dictado sentencia el 14-04-2010, que ha alcanzado el carácter de firme, en cuyo fallo se ha acordado:
Declarar la nulidad de los párrafos cuarto y quinto del artículo 3.1, párrafos seis y siete del artículo 3.2 y párrafo siete del artículo 3.3 en la redacción dada por el artículo primero del Decreto 48/2009 de 24 de febrero (BOPV de 13-03-2009) que modifica el artículo 3 del Decreto 64/2008.
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.