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  • EDICIÓN DE 01/07/2010
 
 

Documentación a remitir por las empresas públicas

01/07/2010
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Resolución de 18/06/2010, de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios, por la que se establecen los formatos de la documentación a remitir por las empresas públicas y demás entidades públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la elaboración del anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2011, en virtud de lo dispuesto en la Orden de 11/06/2010, de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda (DOCM de 30 de junio de 2010). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 18/06/2010, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTOS Y FONDOS COMUNITARIOS, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS FORMATOS DE LA DOCUMENTACIÓN A REMITIR POR LAS EMPRESAS PÚBLICAS Y DEMÁS ENTIDADES PÚBLICAS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA LA ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2011, EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN LA ORDEN DE 11/06/2010, DE LA VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA.

La Orden de 11 de junio de 2010, de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan las normas relativas a la elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2011, establece que las empresas públicas y demás entidades que formen parte del sector público regional cumplimentarán y remitirán a la dirección general con competencias en materia de presupuestos, a través de la sección presupuestaria a la que estén adscritas o de la que dependan funcionalmente y a los efectos de su inclusión en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus programas de actuación plurianual junto con sus presupuestos de explotación y capital, que se ajustarán a los formatos que se detallen en la resolución que a tal efecto establezca el citado órgano directivo. A tales efectos, se remitirá adicionalmente el anexo de detalle de sus proyectos de inversión.

La referida documentación, que será verificada por las consejerías a las que dichas empresas públicas y demás entidades estén adscritas o dependan funcionalmente, se remitirá antes del 15 de julio de 2010 a través del soporte funcional del sistema de información económico-financiera Tarea denominado Central de Información de Entes Públicos o, subsidiariamente, mediante los soportes informáticos que a tal efecto determine la dirección general con competencias en materia de presupuestos.

Dicha orden, otorga en su disposición final segunda autorización para que esta dirección general dicte las instrucciones y aclaraciones que considere oportunas en relación a la estructura, contenido y plazos de elaboración de la documentación a remitir por las empresas y entidades del sector público regional que, conforme a la norma décima de la citada orden, deban elaborar presupuestos de explotación y de capital.

Por todo lo expuesto, y en uso de la autorización concedida en la disposición final segunda de la Orden de 11 de junio de 2010, esta dirección general resuelve lo siguiente:

1. La documentación a remitir por las empresas públicas y demás entidades públicas estará integrada por una documentación básica, referente a los datos de carácter general de la entidad y al Programa de Actuación Plurianual (PAP); los Presupuestos de Explotación y de Capital (PEC); y por otra información complementaria.

Documento 1. Documentación Básica.

Se presentará según el modelo cuyo contenido y estructura se detalla en el Anexo I, estando integrada por:

Documento 1.1. Datos generales. Comprenderá las siguientes fichas:

Ficha 1.1.1 Datos generales. Comprenderá los datos de constitución de la entidad, su normativa básica de aplicación, indicando el marco legal aplicable a la misma, las normas de creación y las leyes y normas de su régimen económicofinanciero y contable, su objeto social, el capital o patrimonio social, los accionistas y el porcentaje de participación. En caso de presentación consolidada de los PEC y los PAP, se indicará el conjunto de entidades que integran los estados financieros consolidados.

Documento 1.2. Memoria del Programa de Actuación Plurianual.

Se expresarán las principales premisas, líneas y directrices para el período 2011-2013 que conforma el PAP. Comprenderá las siguientes fichas:

Ficha 1.2.1 Objetivos. Se indicarán las previsiones de los objetivos a medio y largo plazo a alcanzar durante el período del Programa de Actuación Plurianual, así como los objetivos para el ejercicio 2011, cuantificados en términos de unidades físicas, valorados y fechados en la medida de lo posible.

Ficha 1.2.2. Actuaciones e inversiones. Se recogerán las actuaciones a realizar para el desarrollo de la planificación estratégica y la consecución de los objetivos planteados así como el programa de inversiones a realizar en el ejercicio 2011; los recursos previstos para atender el programa de inversiones y las demás aplicaciones de fondos plurianuales consideradas; la existencia de convenio o norma que comprometa su existencia; las ayudas comunitarias de la UE previstas y las restantes subvenciones, públicas o privadas, señalando la identidad de los concedentes;

así como el endeudamiento ajeno.

Ficha 1.2.3. Convenios aprobados y previstos ejercicio 2011. En los supuestos en que las entidades o empresas públicas suscriban convenios con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o reciban encargos de ésta, remitirán una relación de estos convenios o encargos con indicación de las cuantías económicas que deban percibir durante el ejercicio 2011 como consecuencia de dichos convenios o encargos.

Ficha 1.2.4. Memoria de los presupuestos del año 2011. Comprenderá una breve explicación del contenido del Presupuesto de Explotación y Capital de 2011 y las principales modificaciones y desviaciones respecto a los Presupuestos de 2010, así como la justificación de las principales líneas del cuadro de financiación. Especificando tanto las aportaciones corrientes como las subvenciones y préstamos a corto plazo y los flujos de efectivo derivados de las subvenciones y préstamos a largo plazo con cargo a los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Documento 2. Presupuestos de explotación y capital.

Se presentará según modelo cuyo contenido y estructura se detallan en el Anexo II. Se aplicarán los criterios y principios contables que contiene el Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por Real Decreto 1514/2007 Vínculo a legislación, de 16 de noviembre, y demás normativa contable aplicable. Las fichas que comprende reflejarán datos a cuádruple columna, del último ejercicio liquidado, la estimación del ejercicio en curso y las previsiones tanto del ejercicio a presupuestar como del ejercicio siguiente.

Ficha 2.1. Presupuestos de Explotación. Los presupuestos de explotación recogerán las previsiones de gastos, ingresos y resultado para 2011 y 2012, un avance del ejercicio en curso (2010) y los obtenidos en el ejercicio 2009.

Ficha 2.2. Presupuestos de Capital. Los presupuestos de capital recogerán el origen y utilización de los activos monetarios representativos de efectivo y otros activos líquidos equivalentes previstos para 2011 y 2012, un avance del ejercicio en curso (2010) y los obtenidos en el ejercicio 2009, clasificando los movimientos por actividad e indicando la variación neta del flujo efectivo en los ejercicios correspondientes.

Documento 3. Documentación complementaria.

Asimismo la información complementaria se presentará según el modelo cuyo contenido y estructura se detalla en el Anexo III, estando integrada por:

Ficha 3.1. Balance. Se aplicarán los criterios y principios contables que contiene el Plan General de Contabilidad (PGC). Comprenderá, con la debida separación, las partidas corrientes y no corrientes que constituyan el activo, las partidas corrientes y no corrientes que constituyan el pasivo y las que conformen el patrimonio neto, para cada uno de los ejercicios que comprendan los presupuestos de explotación y capital.

Ficha 3.2. Memoria explicativa de la ejecución de los presupuestos del año 2009. Comprenderá las desviaciones producidas entre los importes aprobados en su día y los reales de los Presupuestos de Explotación y Capital de 2009, explicando las causas de aquellas diferencias.

Ficha 3.3. Anexo de detalle de proyectos de inversión pública. Comprenderá una descripción del detalle de los proyectos de inversión que tengan ejecución en el ejercicio 2011, agrupado por sección o consejería, territorializados por municipios, con la programación plurianual asociada a los mismos y el detalle de las anualidades pasadas y una evaluación económica de las anualidades futuras.

Ficha 3.4. Otra información complementaria del personal. Recogerá el número medio y final de empleados de la plantilla y el gasto asociado a la misma para cada uno de los ejercicios que comprendan los presupuestos de explotación y capital.

Ficha 3.5. Plantilla presupuestaria. Detallará distintos aspectos de la plantilla como: convenio al que se adhieren;

grupo de titulación; importe unitario de las retribuciones; tipo de contrato; número de empleados por categoría.

2. Si las entidades o empresas públicas obligadas a confeccionar los presupuestos de explotación y capital se encuentran en relación con otra sociedad de la que sean socios en cualesquiera de los supuestos previstos en el artículo 42 Vínculo a legislación del Código de Comercio, deberán presentar, además de lo establecido en la norma anterior, los presupuestos de explotación y capital de forma consolidada con dichas sociedades.

Las entidades y empresas públicas que se integren entre sí formando un grupo empresarial, además de sus presupuestos de explotación y capital individuales, deberán presentar los presupuestos de explotación y capital consolidados del grupo al que pertenezcan.

3. La remisión de la información se facilitará mediante la confección de las fichas que se detallan en los Anexos a esta Resolución. Estas fichas una vez cumplimentadas deberán transmitirse informáticamente a la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios a través del soporte funcional del sistema de información económicofinanciera Tarea denominado Central de Información de entes públicos, y serán verificados por las Consejerías a las que estén adscritas las empresas públicas y demás entidades.

4. No obstante a todo lo anterior, la consejería con competencias en materia de economía y hacienda, por conducto de la dirección general con competencias en materia de presupuestos, podrá recabar la información adicional que considerase oportuna.

Anexos

Omitidos.

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