El Dictamen elaborado por la Comisión de Justicia fue aprobado por el Pleno del Congreso el pasado 29 de abril, con los votos a favor del PSOE, CIU y ERC (180), la abstención del PP e IU (146) y el voto en contra del PNV (7), en la votación de conjunto, necesaria por tratarse de Ley Orgánica.
El nuevo Código Penal entrará en vigor en seis meses, contados desde su publicación en el BOE.
En su intervención ante el Senado, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, destacó la importancia de la reforma del Código Penal, porque con ella España atiende numerosos compromisos internacionales, cuyo cumplimiento no puede demorarse como es la introducción de nuevos tipos de delito, entre los que se encuentran la trata de seres humanos, el tráfico de órganos o la corrupción en el sector privado. Además, se modifican delitos ya existentes como los sexuales, en los que se introducen cambios para conseguir una mayor protección, especialmente de los menores y las personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad.
Francisco Caamaño también subrayó la importancia de tipificar de forma expresa la financiación del terrorismo y la ampliación del concepto de colaboración para incluir conductas como la actuación de grupos o personas individuales que tiene por objeto la captación, adoctrinamiento, adiestramiento o formación dirigida a la integración en organizaciones o grupos terroristas.
Por otro lado, este nuevo Código Penal, según indicó el ministro de Justicia, es adecuado para conseguir importantes fines preventivos porque dota de los instrumentos con los que perseguir más eficazmente la criminalidad de corte socioeconómico y las diferentes formas de corrupción, y permite a los jueces y tribunales modular la intensidad de la reacción penal en ciertos supuestos en los que ésta puede resultar excesiva.
Francisco Caamaño subrayó que es un proyecto dialogado dentro y fuera del Parlamento, participado por todos los grupos parlamentarios y que da una solución responsable a las principales cuestiones político-criminales de la sociedad española.
El ministro explicó los tres aspectos claves de la reforma:
1.- Acaba con la disparidad de criterios en la interpretación jurisprudencial sobre temas como la prescripción o el abono de la prisión preventiva, cuando el sujeto sometido a dicha medida cautelar está al propio tiempo cumpliendo una pena privativa de libertad.
2.- Se mejoran las herramientas para luchar contra los delitos económicos y la corrupción, a través de la prevención de tales conductas, elevando las penas de algunos como el fraude a las haciendas públicas, los urbanísticos, el cohecho o el tráfico de influencias. También se tipifican nuevos supuestos como la corrupción entre particulares, el acoso inmobiliario, el fraude de inversores, los delitos a través de Internet y la introducción por primera vez en el sistema penal español de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, con el fin de acabar con la llamada irresponsabilidad organizada, y poner fin a la impunidad de quienes se aprovechan del anonimato que les procuran las personas jurídicas para cometer delitos y de quienes, sabiéndolo, toleran tales conductas.
3.- El nuevo Código toma medidas para racionalizar el sistema penal español, -cuyas tasas de encarcelamiento se encuentran entre las más altas de Europa mientras que las delictivas están entre las más bajas-, ofreciendo una respuesta penal más individualizada, distinguiendo los supuestos más graves de los que no lo son, como en el caso de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial. Es este caso, se mantiene la severidad para las conductas más graves pero reduciéndola en los supuestos de venta a pequeña escala de copias ilegales, top-manta, lo que permitirá a los jueces y tribunales ajustar con mayor proporcionalidad la pena a la gravedad del caso.
Francisco Caamaño subrayó finalmente que el Código Penal recoge una nueva falta contra la propiedad intelectual e industrial, semejante a las faltas de hurto o de estafa, para no privilegiar la protección de unas formas de propiedad sobre otras y se establecen fórmulas para combatir la multi-reincidencia.
Así es el nuevo Código Penal
NUEVOS DELITOS
- Captación de menores para espectáculos pornográficos
- Clientela de prostitución con menores o personas que no pueden decidir por si mismas
- Terrorismo: captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación
- Piratería
- Cohecho entre particulares
- Acoso laboral
- Acoso inmobiliario
- Sobornos y fraudes en el deporte
- Ataques informáticos
- Tráfico ilegal de órganos
- Trata de personas
NUEVAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO
Penas:
- Privación de la patria potestad
- Extensión de la localización permanente
Medidas de seguridad:
- Libertad vigilada
Otras:
- Decomiso ampliado
- Ampliación de los trabajos en beneficio de la comunidad
NUEVAS REGULACIONES
- Responsabilidad penal de las personas jurídicas.
- Prescripción: no prescribirán los delitos de terrorismo con resultado de muerte. Otros tipos de delito tampoco prescribirán antes de cinco años.
- Periodo de seguridad: se restringe su obligatoriedad a los casos de terrorismo, delincuencia sexual contra menores y delincuencia organizada.
- La trata de seres humanos se regula independientemente de la inmigración clandestina.
- Endurecimiento de las penas mediante tratamiento específico de los delitos sexuales contra menores de 13 años.
- Delincuencia organizada: se introducen las figuras de organización y grupo criminal.
- Abono de prisión provisional: nadie se verá favorecido por cumplir al mismo tiempo una pena y una medida cautelar de prisión preventiva.
MODIFICACIONES
- Propiedad intelectual: los manteros podrán no ir a la cárcel.
- Especial endurecimiento de las penas en los delitos por corrupción, cohecho, tráfico de influencias, delito fiscal, urbanístico y contra el medio ambiente.
- La Agencia Tributaria auxiliará a los jueces para el cobro de multas e indemnizaciones por delitos contra la hacienda pública y la Seguridad Social.
- Tráfico de drogas: más facultades a los jueces para individualizar la pena.
- Se completan los delitos contra la comunidad internacional, incorporando el reclutamiento de niños soldados, delitos sexuales en conflictos armados y la especial protección de mujeres y niños.