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  • EDICIÓN DE 21/05/2010
 
 

Premio de investigación en relación con el Bicentenario de la Constitución de 1812

21/05/2010
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Las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado convocan del premio de investigación en relación con el Bicentenario de la Constitución de 1812. Los proyectos deberán presentarse antes del día 30 de junio de 2010.

Primera. Temas de la presente convocatoria.-Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812. El nacimiento del Estado liberal y del parlamentarismo en España.

Segunda. Dotación económica del premio.-Treinta y cinco mil setecientos euros, cantidad sujeta a la regulación prevista en esta materia en el régimen fiscal español.

Tercera. Plazo de entrega de los proyectos de investigación.-Los proyectos de investigación, junto con la documentación complementaria, habrán de entregarse en los términos de la cláusula séptima en el Registro de la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones del Congreso de los Diputados, sito en la calle Floridablanca, s/n, segunda planta de la ampliación I del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid, antes del día 30 de junio de 2010.

Cuarta. Adjudicación del premio al proyecto de investigación.-La adjudicación del premio al proyecto de investigación por el Jurado, compuesto según los términos de la base octava de este Acuerdo, se llevará a cabo antes del día 30 de septiembre de 2010.

Quinta. Plazo de entrega del trabajo de investigación.-El plazo para entregar el resultado de la investigación finalizará el día 30 de septiembre de 2011.

Sexta. Participantes.-Podrán participar en el presente premio los investigadores o equipos de investigadores españoles o nacionales de algún país iberoamericano o de Estados miembros de la Unión Europea -bajo la dirección de un investigador principal o coordinador del proyecto y responsable del mismo a todos los efectos-, que presenten un proyecto de investigación sobre los temas enunciados en la base primera de la presente convocatoria.

Séptima. Requisitos de los proyectos de investigación.-Los proyectos de investigación, que deberán presentarse con una copia en papel y diez copias en soporte electrónico, deberán contener:

Memoria descriptiva del proyecto: diez folios como máximo, mecanografiados a doble espacio, por una cara, tamaño DIN A-4, que incluya los objetivos, metodología, calendario y plan de ejecución del proyecto.

Relación en su caso de los miembros del grupo de investigación, con la conformidad de los interesados.

Currículum vitae del investigador principal y de los restantes investigadores participantes.

Certificación del carácter original e inédito del proyecto de investigación, así como que no forma parte de proyectos financiados por organismos públicos o privados.

Octava. Composición del Jurado.-Los proyectos de investigación serán estudiados por un Jurado nombrado al efecto por las Mesas de ambas Cámaras, presidido por el Presidente del Congreso o el Presidente del Senado o Vicepresidente de las Cámaras en quien deleguen, e integrado, además por un Vicepresidente y un Secretario de cada Cámara, el Secretario General del Congreso de los Diputados y el Letrado Mayor del Senado, dos miembros de Reales Academias perteneciente uno de ellos a la Real Academia de la Historia, dos Catedráticos de Universidad de reconocido prestigio y el Director de Estudios, Análisis y Publicaciones del Congreso de los Diputados que actuará como Secretario del Jurado. El Jurado será el responsable de seleccionar el proyecto de investigación y verificar su ejecución.

Novena. Criterios de selección del proyecto de investigación.-El Jurado seleccionará el proyecto merecedor del premio teniendo en cuenta su contenido científico, su calidad y viabilidad, su adecuación a los temas previstos en la base primera, así como la adecuación, capacidad y dedicación del investigador o equipo investigador para ejecutarlo.

La decisión del Jurado será, en cualquier caso, inapelable.

El Jurado podrá declarar desierto el premio si considera que los proyectos presentados no reúnen los méritos necesarios.

En el supuesto de que el Jurado decidiera otorgar algún accésit, no procederá compensación económica.

Décima. Seguimiento de la ejecución del proyecto de investigación premiado.-La Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones del Congreso de los Diputados elevará al Jurado los informes periódicos sobre la evolución del proyecto de investigación.

Para la realización del seguimiento de la ejecución del proyecto de investigación se evaluará el grado de cumplimiento del mismo, que deberá ser debidamente justificado mediante sendos informes trimestrales de evaluación a presentar en diciembre de 2010 y marzo y junio de 2011.

El responsable de la ejecución del proyecto premiado suscribirá un contrato relativo a la ejecución del proyecto de investigación. El citado contrato contendrá una cláusula por la que el responsable del proyecto se comprometerá a remitir trimestralmente un informe que resuma los avances que se van produciendo en el desarrollo del trabajo de investigación. Este informe deberá señalar las tareas realizadas en el trimestre, haciendo referencia expresa al plan de ejecución que figura en el proyecto, de modo que se ponga de manifiesto la evolución en el cumplimiento del mismo.

Las Cortes Generales podrán solicitar la presentación de la información complementaria que se considere oportuna.

Undécima. Pago del premio.-El importe del premio se liquidará de la siguiente forma: Un primer pago del 50% de la cuantía total del premio se abonará una vez se conceda el premio al proyecto de investigación. El segundo pago del 50% restante se abonará a la entrega del trabajo finalizado y en condiciones de ser publicado, una vez que las Cortes Generales manifiesten su conformidad con el mismo.

El incumplimiento de los objetivos inicialmente previstos en cuanto a tiempo y resultados o la entrega del trabajo de investigación con un insuficiente nivel de calidad o el incumplimiento de lo previsto en el apartado primero de esta cláusula, podrá dar lugar a la reclamación de la devolución de las cantidades entregadas, así como a las acciones legales que procedan.

Duodécima. La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de todas sus bases y la cesión en exclusividad de los derechos de autor para el caso de que las Cortes Generales decidan la publicación del trabajo premiado.

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