Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/05/2010
 
 

Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas

21/05/2010
Compartir: 

Resolución de 6 de mayo de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se modifica la de 24 de marzo de 2010, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (BOE de 21 de mayo de 2010). Texto completo. (Ref. Iustel §008098 Vínculo a legislación)

La Resolución de 6 de mayo de 2010 modifica el anexo II de Resolución de 24 de marzo de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, quedando atribuida a la Secretaría General de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas la cualidad de órgano administrativo responsable del Fichero y ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

La Resolución de 24 de marzo de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas puede consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

RESOLUCIÓN DE 6 DE MAYO DE 2010, DE LA PRESIDENCIA DE LA AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 24 DE MARZO DE 2010, POR LA QUE SE CREA Y REGULA EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LA AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS.

La Resolución de 24 de Vínculo a legislación marzo de 2010, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, incluye en su anexo II a la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones como órgano responsable del Fichero y ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Como quiera que dicho órgano administrativo no se encuentra integrado dentro de la estructura organizativa del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, resulta lógico, desde la perspectiva de ofrecer al ciudadano unos servicios más accesibles, que sea la propia Secretaría General de esta Agencia Estatal quien asuma la responsabilidad y cualidad citadas.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación.

Se modifica el anexo II de Resolución de 24 de Vínculo a legislación marzo de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, quedando atribuida a la Secretaría General de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas la cualidad de órgano administrativo responsable del Fichero y ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  3. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  6. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  7. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana