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Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones

13/05/2010
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Decreto 81/2010, de 7 de mayo, del Consell, por el que aprueba el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunitat Valenciana (DOCV de 12 de mayo de 2010). Texto completo.

DECRETO 81/2010, DE 7 DE MAYO, DEL CONSELL, POR EL QUE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL ANTE EL RIESGO DE INUNDACIONES EN LA COMUNITAT VALENCIANA.

PREÁMBULO

Transcurridos más de diez años desde la aprobación del actual Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunitat Valenciana, mediante el Decreto 156/1999, de 17 de septiembre, del Consell, desde la Conselleria de Gobernación se ha procedido a la revisión del mismo y actualización de su contenido para adaptarlo a todos los cambios que se han producido en la gestión de este riesgo a lo largo de estos años.

El Plan ha sido elaborado siguiendo las pautas marcadas en la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992 Vínculo a legislación, de 24 de abril, la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 1994 y publicada mediante Resolución de 31 de enero de 1995, que establece el contenido al que deben ajustarse los Planes Especiales que elaboren las Comunidades Autónomas, así como la Ley 9/2002 Vínculo a legislación, de 12 de diciembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Generalitat.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 31 y 33 de la Ley del Consell, habiendo sido informado por la Comisión de Protección Civil de la Comunitat Valenciana con fecha 9 de marzo de 2010, a propuesta del conseller de Gobernación, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 7 de mayo de 2010, DECRETO

Artículo único. Aprobación del Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunitat Valenciana

Se aprueba el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunitat Valenciana, que se incorpora como anexo del presente Decreto.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única. Régimen jurídico aplicable hasta la entrada en vigor del presente Decreto

Hasta la entrada en vigor del Plan aprobado por este decreto continuará vigente el Plan Especial aprobado mediante el Decreto 156/1999, de 17 de septiembre, del Consell.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Comisión Nacional de Protección Civil

El Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunitat Valenciana se remitirá, para su homologación, a la Comisión Nacional de Protección Civil, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 Vínculo a legislación de la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación normativa

Se faculta al conseller de Gobernación para realizar cuantas actuaciones y dictar todas las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este decreto.

Segunda. Entrada en vigor

El Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunitat Valenciana, tras su homologación por la Comisión Nacional de Protección Civil, entrará en vigor el día de la publicación de la Resolución de homologación del mismo en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Anexo

Omitido.

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