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  • EDICIÓN DE 10/05/2010
 
 

Área de Seguridad Ciudadana del Cuerpo de la Policía Foral a nivel de Brigadas y Grupos

10/05/2010
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Orden Foral 285/2010, de 26 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se modifica la Orden Foral 69/2009, de 16 de febrero, por la que se desarrolla el Área de Seguridad Ciudadana del Cuerpo de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos (BON de 7 de mayo de 2010). Texto completo.

ORDEN FORAL 285/2010, DE 26 DE ABRIL, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 69/2009, DE 16 DE FEBRERO, POR LA QUE SE DESARROLLA EL ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL CUERPO DE LA POLICÍA FORAL, A NIVEL DE BRIGADAS Y GRUPOS.

Por Orden Foral 69/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se desarrolló la estructura del Área de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 21 de septiembre de 2009 se ordena la reducción del número de unidades orgánicas existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, señalándose en el mismo que cada uno de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral debe proponer al Gobierno de Navarra la modificación de sus estructuras orgánicas respectivas. En concreto, al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior le corresponde reducir en 25 el número de unidades orgánicas.

La presente Orden Foral tiene por objeto, a la vista del citado Acuerdo, la fijación de la nueva estructura orgánica del Área de Seguridad Ciudadana del Cuerpo de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos.

En su virtud, a propuesta del Director General de Interior, de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 12.2 del Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 69/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el Área de Seguridad Ciudadana del Cuerpo de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos.

Se modifican los artículos 1 y 9, la disposición adicional segunda y el Anexo de la Orden Foral 69/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, que quedan redactados de la siguiente manera:

"Artículo 1. Grupos adscritos al Área.

De forma directa dependerá del Área de Seguridad Ciudadana el Grupo de Guías Caninos.

Artículo 9. Grupos.

Para la ejecución de las funciones policiales que tiene encomendadas, la División de Intervención se estructura en las siguientes unidades, todas ellas de carácter central:

a) Grupo de Intervenciones Especiales.

b) Grupo de Intervención 1.

c) Grupo de Intervención 2.

Disposición Adicional Segunda.-Unidades.

A los efectos previstos en el Decreto Foral 1/2005, de 10 de enero, por el que se aprueba el reglamento de jornadas, horarios y régimen retributivo, las referencias hechas a las unidades reguladas en esta Orden Foral, se entenderán hechas a:

Tabla omitida.

Disposición Derogatoria Única.-Derogaciones normativas.

Quedan derogados los artículos 2 y 11 de la Orden Foral 69/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el Área de Seguridad Ciudadana a nivel de Brigadas y Grupos, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden Foral.

Disposición Final Única.-Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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