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Programa “Desencaja”

03/05/2010
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Resolución de 15 de abril de 2010, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las diferentes áreas y se convocan los premios, campeonatos y certámenes correspondientes al programa “Desencaja” para el año 2010 (BOJA de 30 de abril de 2010). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15 DE ABRIL DE 2010, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS DIFERENTES ÁREAS Y SE CONVOCAN LOS PREMIOS, CAMPEONATOS Y CERTÁMENES CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA “DESENCAJA” PARA EL AÑO 2010.

La Ley 9/1996 Vínculo a legislación, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, creó en su disposición adicional primera el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo de carácter administrativo, actualmente adscrito a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, según Decreto del Presidente 3/2009 Vínculo a legislación, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 174/2009 Vínculo a legislación, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

El Decreto 118/1997 Vínculo a legislación, de 22 de abril, por el que se aprueba el Régimen de Organización y Funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, atribuye en su artículo 3 al citado Instituto, entre otras funciones, las de fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud.

En este marco funcional, con la finalidad de poner a disposición de jóvenes creadores los medios para desarrollar y difundir sus creaciones, promocionando actividades y servicios para la juventud de nuestra Comunidad Autónoma, se ha convocado anualmente el Programa “Arte y Creación Joven”. Con el objetivo de adaptar su denominación a las nuevas formas y lenguajes creativos y de expresión artística, así como para aumentar su consolidación como referente anual para la participación social, cultural y la creatividad artística de la juventud andaluza desde el año 2009 se cambió su denominación por Programa “Desencaja”, procediendo establecer las áreas y convocar los Premios, Campeonatos y Certámenes correspondientes al Programa “Desencaja” para el año 2010.

De conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996 Vínculo a legislación, de 26 de diciembre, en el artículo 9 Vínculo a legislación del Decreto 118/1997, de 22 de abril, y demás normas de general aplicación, este Instituto Andaluz de la Juventud

HA RESUELTO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto establecer las diferentes Áreas y convocar los diferentes Premios, Campeonatos y Certámenes correspondientes al Programa “Desencaja” para el año 2010.

Segundo. Áreas del Programa “Desencaja”.

Dentro del Programa “Desencaja” para el año 2010, se realiza la convocatoria de las siguientes Áreas:

- Artes Plásticas.

- Canción de Autor.

- Cómic.

- Cortos.

- Mensajes Cortos SMS.

- Fotografía.

- Narrativa.

- Poesía.

- Diseñadores Noveles de Andalucía.

- Break-Dance.

- Graffiti.

- Teatro

- Flamenco.

- Pop-Rock.

Tercero. Convocatoria y bases de los Premios, Campeonatos y Certámenes.

1. Para cada una de las Áreas referidas en el apartado anterior, se convocan este año Premios, Campeonatos o Certámenes cuyas bases se desarrollan en el Anexo I de esta Resolución.

2. El plazo de presentación de los boletines de inscripción y los requisitos específicos, se desarrollan, para cada modalidad, en el Anexo I.

3. Los boletines de inscripción y la documentación que se requiera en cada caso, se presentarán preferentemente en los lugares establecidos en las respectivas bases de cada Premio, Campeonato o Certamen.

4. De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999 Vínculo a legislación, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Instituto Andaluz de la Juventud sólo utilizará los datos personales de los participantes, obtenidos mediante la cumplimentación de los boletines de inscripción y demás documentos que se adjuntan, para fines relacionados con la tramitación del procedimiento y los objetivos del Programa.

Cuarto. Jurado.

1. Para cada uno de los Premios, Campeonatos o Certámenes se constituirá un Jurado cuyos componentes serán nombrados por el Director General del Instituto Andaluz de la Juventud, entre personas de reconocido prestigio en las distintas Áreas establecidas.

2. La selección de las personas premiadas o de sus obras se llevará a cabo atendiendo a criterios de creatividad, innovación, imaginación y originalidad.

3. Los Jurados podrán declarar desiertos los premios en las diferentes Áreas establecidas.

Quinto. Aceptación de las bases.

La participación en los diferentes Premios, Campeonatos, y Certámenes a los que refiere la presente Resolución, supondrá la total aceptación de sus respectivas bases específicas.

Sexto. Recursos.

1. Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en las respectivas bases serán resueltas por los miembros del Jurado, los cuales adoptarán sus decisiones por mayoría simple.

2. Contra la presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, los cuales agotan la vía administrativa, se podrá interponer, ante la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o del siguiente a aquél en que se notifique el acto que derive de la misma, conforme a lo establecido en los artículos 116.1 Vínculo a legislación y 117.1 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007 Vínculo a legislación, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución o desde el siguiente a la notificación del acto que se derive de la misma, en los términos previstos en el artículo 46.1 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Anexos

Omitidos.

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