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  • EDICIÓN DE 05/04/2010
 
 

Composición y las funciones del Consorcio Audiovisual de Galicia

05/04/2010
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Decreto 41/2010, de 25 de febrero, por el que se modifica el Decreto 294/2002, de 17 de octubre, por el que se constituye y regula la composición y las funciones del Consorcio Audiovisual de Galicia (DOG de 31 de marzo de 2010). Texto completo.

DECRETO 41/2010, DE 25 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 294/2002, DE 17 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE CONSTITUYE Y REGULA LA COMPOSICIÓN Y LAS FUNCIONES DEL CONSORCIO AUDIOVISUAL DE GALICIA.

En el Diario Oficial de Galicia n.º 208, de 28 de octubre de 2002, se publicó el Decreto 294/2002, de 17 de octubre, por el que se constituye y regula la composición y las funciones del Consorcio Audiovisual de Galicia.

Este decreto fue a su vez modificado por el Decreto 38/2006, de 2 de marzo, (DOG n.º 49, del 10 de marzo), con la finalidad de adecuar la composición del Consorcio a la estructura orgánica vigente en ese momento.

Con la vigente estructura orgánica de la Xunta de Galicia, el Consello de la Xunta de Galicia considera necesario modificar su representación en el Consorcio Audiovisual de Galicia.

En su virtud, por propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinticinco de febrero de dos mil diez, DISPONGO:

Artículo 1.º Se modifica el artículo 1.2.º del Decreto 294/2002, de 17 de octubre, que queda redactado en los siguientes términos:

2. El Consorcio Audiovisual de Galicia estará constituido por la Xunta de Galicia, representada por la Consellería de Cultura y Turismo, la Secretaría General de Medios, la Consellería de Hacienda, la Consellería de Economía e Industria, a través del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, la Consellería de Trabajo y Bienestar, por la Compañía de Radio-Televisión de Galicia (CRTVG) y por las diputaciones provinciales de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra; y goza de personalidad jurídica propia y capacidad suficiente para el cumplimiento de sus finalidades.

La composición del Consejo de Dirección, en lo que se refiere a la representación de la Xunta de Galicia, será:

a) El/la presidente/a, que será el/la conselleiro/a de Cultura y Turismo.

b) El/la vicepresidente/a: el/la secretario/a general de Medios.

c) Nueve vocales en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, que se designarán de la forma siguiente: dos por la Consellería de Cultura y Turismo, uno/una de los/las cuales será el/la director/a de la Agencia Gallega de Industrias Culturales, dos por la Secretaría General de Medios, uno/una de los/las cuales será el/la director/a del Centro Gallego de Artes de la Imagen, uno/una por la Consellería de Hacienda, uno/una por la Consellería de Economía e Industria, dos por la Consellería de Educación, uno/una de los/las cuales será el/la secretario/a general de Política Lingüística, y uno/a por la Consellería de Trabajo y Bienestar Social.

d) Un/una vocal en representación de la Compañía de Radio-Televisión de Galicia (CRTVG), que será su director/a.

e) El/la secretario/a será el/la subdirector/a general de Régimen Jurídico y Gestión de Medios Audiovisuales, que tendrá voz y voto.

La designación de los miembros del Consejo de Dirección se hará procurando alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición total de los mismos.

En todo caso, en los estatutos del Consorcio Audiovisual, las referencias al secretario general de Comunicación se entenderán realizadas al/a la conselleiro/a de Cultura y Turismo.

Artículo 2.º Se modifica la disposición final primera del Decreto 294/2002, de 17 de octubre, quedando su redacción en los siguientes términos:

Se faculta al/a la secretario/a general de Medios para la ejecución, desarrollo y aplicación de este decreto, que abarcará la publicación en el Diario Oficial de Galicia de las modificaciones de los estatutos del Consorcio Audiovisual de Galicia.

Disposición derogatoria Queda derogado el Decreto 38/2006, de 2 de marzo, por el que se modifica el Decreto 294/2002, de 17 de marzo, por el que se constituye y regula la composición y las funciones del Consorcio Audiovisual de Galicia.

Disposición final Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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