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Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios

05/04/2010
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Orden de 11 de marzo de 2010, por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios (BOJA de 31 de marzo de 2010). Texto completo.

ORDEN DE 11 DE MARZO DE 2010, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ANUAL DE INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS.

El artículo 14 del Reglamento de Ordenación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 224/2005 Vínculo a legislación, de 18 de octubre, establece que por Orden de la Consejería de Salud, se aprobará el Plan Anual de Inspección en el que se definirán los programas generales y específicos correspondientes, desarrollándose las funciones de acuerdo con este Plan.

En la elaboración del Plan, se ha dado participación a los distintos órganos directivos de la Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud, y Delegaciones Provinciales de Salud, habiéndoseles solicitado propuestas de actuación a incluir en el ejercicio 2010, que suponen una gran parte de los programas específicos que se van a desarrollar.

Las funciones atribuidas a la Inspección de Servicios Sanitarios en el Reglamento de Ordenación de la misma, determinan las actuaciones inspectoras que configuran el Plan Anual, definiéndose las actividades en virtud de las distintas materias que son competencia de la Inspección, cuales son los derechos y obligaciones de la ciudadanía en el ámbito sanitario, la prestación y atención sanitaria ofrecida por los centros, establecimientos y servicios sanitarios, la prestación farmacéutica, las prestaciones del sistema de Seguridad Social en el ámbito competencial de la comunidad autónoma, y en general la inspección del cumplimiento de la normativa sanitaria y calidad asistencial prestada. Las actividades realizadas en base a solicitudes de la ciudadanía u órganos competentes y reglamentariamente establecidas no son propiamente objetivos, sino previsiones de actividad, pero se incluyen en el Plan con objeto de dar transparencia a todas las actuaciones inspectoras y por suponer una importante carga de trabajo.

En su virtud, a propuesta de la Secretaria General Técnica, de conformidad con el artículo 14.1 Vínculo a legislación del Decreto 224/2005, de 18 de octubre, y el artículo 46.4 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Aprobar el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios para 2010 que figura como Anexo a la presente Orden.

Disposición final primera. Facultar a la Secretaría General Técnica para la adopción de las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución de los programas de inspección.

Disposición final segunda. La presente Orden tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficinal de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de marzo de 2010

MARÍA Jesús Montero Cuadrado

Consejera de Salud

ANEXO

PLAN ANUAL DE INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS 2010

El Decreto 224/2005 Vínculo a legislación, de 18 de octubre, establece que anualmente se publicará el Plan de Inspección de Servicios Sanitarios por Orden de la persona titular de la Consejería de Salud. Tal como se viene haciendo en los últimos años se han planificado los objetivos de Inspección en el marco del II Plan de Calidad de la Consejería de Salud para dar respuesta, en la medida que los recursos existentes lo permiten, a los distintos órganos de la Consejería y Servicio Andaluz de Salud y otras Instituciones cuyas competencias se relacionan con la actividad que la Inspección de Servicios Sanitarios lleva a cabo en virtud de las funciones que tiene asignadas, y que utilizando un lenguaje de gestión se podrían denominar clientes externos.

De acuerdo con las líneas estratégicas diseñadas por la Consejería de Salud y los diferentes tipos de proyectos que el Plan de Calidad enumera para la consecución de los objetivos previstos en el mismo, se han estructurado las líneas de actuación inspectora y los objetivos a desarrollar, describiendo los ámbitos de actuación sobre los que se proyectarán las actividades a realizar y el área o áreas de responsabilidad que dentro de la estructura de Inspección se encargarán de gestionar los procesos.

Las áreas de responsabilidad son:

I. Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

II. Programa general de Inspección Farmacéutica.

III. Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

IV. Áreas de apoyo directo a la Subdirección.

- Área de responsabilidad patrimonial.

- Área de calidad y gestión del conocimiento.

Las líneas estratégicas que informan sobre las pautas y dirección que han de seguir las actuaciones definidas en las líneas de acción específicas son:

a) Línea estratégica dirigida a asumir necesidades y expectativas de la ciudadanía:

- Medidas de personalización.

- Relaciones con la ciudadanía.

- Nuevos canales de información a la ciudadanía.

b) Línea estratégica de garantía de calidad de los centros y servicios sanitarios:

- Calidad de los centros y profesionales sanitarios.

- Calidad de los servicios sanitarios prestados.

- Seguridad de los pacientes.

- Organización y Gestión.

c) Línea estratégica de garantía de calidad en las políticas de salud pública de los centros sanitarios:

- Prevención y promoción en centros y servicios.

- Intervención en hábitos saludables.

- Implicación de los profesionales en promoción de la salud y prevención.

d) Línea estratégica de Gestión del Conocimiento:

- Investigación y gestión del conocimiento.

- Información y documentación.

e) Impulsar la innovación y modernización del sistema:

- Desarrollo de la estrategia digital del SSPA.

Línea estratégica destinada a asumir necesidades y expectativas de la ciudadanía

- Medidas de personalización.

1.A. Reevaluación del Consentimiento Informado:

Objetivos y contenido: Responde al compromiso de la Consejería de Salud con las líneas estratégicas para la Inspección de Servicios Sanitarios aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En concreto se considera positivo reevaluar este objetivo de nuevo, tras el informe aprobado por el CI-SNS.

Ámbito de actuación: Se desarrollará tanto en el ámbito de A. Primaria como A. Especializada.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

1.B. Evaluación de ingresos involuntarios en Unidades de Salud Mental:

Objetivos y contenido: Evaluación del procedimiento seguido en los ingresos involuntarios de pacientes en unidades de hospitalización de Salud Mental, conforme a la normativa existente.

Ámbito de actuación: Se desarrollará en el ámbito de la Atención Especializada del SSPA.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

- Relaciones con la ciudadanía.

2.A. Denuncias con relación a la atención sanitaria:

Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias relativas al funcionamiento de centros, establecimientos y servicios sanitarios, prestaciones sanitarias y garantías reconocidas a la ciudadanía. Los informes se realizarán en el plazo acordado por la autoridad sanitaria, pudiendo solicitarse la autorización de prórrogas para su finalización, en función de la complejidad de la investigación necesaria para esclarecer los hechos denunciados.

Ámbito de actuación: Todos los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias interpuestas por la ciudadanía, entidades jurídicas o instituciones públicas, relativas a este objetivo.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal. Programa General de Inspección Farmacéutica.

2.B. Plan de Mejora de Atención al Usuario:

Objetivos y contenido: Se continuará con el plan de mejora de la atención del usuario.

1. En el ámbito de la valoración de la incapacidad temporal será desarrollado por las Umvis e incluirá:

- Elaboración de la documentación y procedimientos que corresponden al área de trabajo de las Umvis, que incluyan actividades relativas a la mejora de la atención al usuario.

- Se continuará con la mejora de la atención personal y telefónica, a través de:

a) Realización de encuestas de satisfacción de usuarios.

b) Designación y señalización de un punto de servicio de atención e información al usuario en las Umvis.

c) Continuarán mejorándose los locales y mobiliario donde se ubican las Unidades médicas de valoración de incapacidades.

d) Dotación de sistemas informatizados de gestión de esperas en los locales de las Umvis.

2. De igual manera se efectuará, en el ámbito farmacéutico, la elaboración de encuestas de satisfacción dirigidas a los propietarios de establecimientos farmacéuticos, relativas a las actuaciones inspectoras realizadas.

3. Gestionar mejoras e implantar medidas a partir de la información aportada por los usuarios.

Ámbito de actuación: Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades. Usuarios de Umvis. Titulares de oficinas de farmacia.

Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal. Programa General de Inspección Farmacéutica.

- Nuevos canales de información a la ciudadanía.

3.A. Página web en el portal de la Consejería de Salud:

Objetivos y contenidos: Facilitar el acceso al conocimiento de la normativa y gestión de la IT a toda la ciudadanía, y el seguimiento de los expedientes correspondientes a las bajas laborales por incapacidad temporal a los usuarios de esta prestación. Publicación del apartado de Incapacidad Temporal en la página web de la Consejería de Salud sobre información general y normativa básica en esta materia, mediante acceso abierto, y a la información personal, mediante acceso restringido a través de la utilización de certificado digital. Actualización periódica de las modificaciones que procedan.

Ámbito de aplicación: Subdirección de Inspección de S. Sanitarios. Servicio de Informática de la Consejería de Salud. Subdirección de Tecnologías de la Información del Servicio Andaluz de Salud.

Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal.

Línea estratégica destinada a garantizar la calidad en los centros y servicios sanitarios, así como la calidad de los centros y profesionales sanitarios

4.A. Autorización de centros, establecimientos y servicios sanitarios, según Decreto 69/2008 Vínculo a legislación :

Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para las autorizaciones administrativas de instalación, funcionamiento, modificación, y cierre de centros, establecimientos y servicios sanitarios, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación. También se evaluará el cumplimiento de requisitos necesarios de los dispositivos sanitarios que soliciten el mantenimiento de autorización administrativa. Los informes se realizarán en un plazo máximo de 15 días para centros de baja y media complejidad, pudiendo prorrogarse hasta 30 días en los de alta complejidad.

Ámbito de actuación: Centros sanitarios públicos o privados, con o sin internamiento, y establecimientos y servicios sanitarios, que soliciten las autorizaciones administrativas preceptivas, de acuerdo con las normativas reglamentarias.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

4.B. Renovación de la autorización de centros, establecimientos y servicios sanitarios, según Decreto 69/2008 Vínculo a legislación :

Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para las renovaciones de las autorizaciones administrativas de funcionamiento de centros, establecimientos y servicios sanitarios, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación. Los informes se realizarán en un plazo máximo de 15 días para centros de baja y media complejidad, pudiendo prorrogarse hasta 30 días en los de alta complejidad.

En base al acuerdo establecido con la Dirección General de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento habrá dos modalidades:

a) Informes previos, solicitados explícitamente por las Unidades o Servicio de Autorización de Centros.

b) Informes “a posteriori”, relativos a la tipología de centros de menor complejidad, de acuerdo a la programación realizada en cada inspección provincial.

Ámbito de actuación: Centros sanitarios públicos o privados, con o sin internamiento, y establecimientos y servicios sanitarios, que soliciten las autorización administrativa de renovación, de acuerdo con las normativas reglamentarias.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

4.C. Homologación de centros hospitalarios y suscripción de conciertos:

Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios previos, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para los centros hospitalarios que soliciten la homologación. De igual manera se realizará la evaluación para la suscripción de convenios ó conciertos con entidades públicas o privadas, que tengan por objeto la prestación de asistencia sanitaria en centros hospitalarios, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos necesarios.

Ámbito de actuación: Centros hospitalarios que soliciten homologación y aquellos con los que la Consejería de Salud vaya a convenir o concertar asistencia sanitaria.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

4.D. Autorización de Centros sanitarios privados concertados por las MATEPSS:

Objetivos y contenido: De acuerdo con la Orden TIN/2786/2009 Vínculo a legislación, de 14 de octubre, que implanta el procedimiento normalizado telemático CAS@, en desarrollo del Real Decreto 1993/1995 Vínculo a legislación, que aprueba el Reglamento de colaboración de las MATEPSS, se elaborarán los informes de adecuación de instalaciones y servicios sanitarios a las finalidades que deben cumplir, según las modalidades siguientes:

1. En el supuesto de centros propios de las MATEPSS, se seguirá el procedimiento que se ha venido utilizando hasta la entrada en vigor de la citada Orden. En este supuesto la solicitud del informe de adecuación será emitida por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.

2. En el supuesto de centros privados concertados por las MATEPSS, serán estas las que gestionen la obtención del informe de adecuación ante la Consejería de Salud. La Secretaría General Técnica regulará el procedimiento para la emisión del referido informe.

Ámbito de actuación: Centros sanitarios propios y concertados por MATEPSS, según los supuestos reseñados.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

4.E. Acreditación de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales:

Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios solicitados por la autoridad sanitaria competente, previos a la acreditación por la autoridad laboral, de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, en su vertiente sanitaria, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación.

Ámbito de actuación: Unidades de vigilancia de la salud de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, que hayan solicitado su autorización por la autoridad laboral.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

4.F. Licencias de fabricación de productos sanitarios a medida.

Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios en relación con la fabricación de productos sanitarios a medida de dispensación directa al público, de acuerdo con la normativa en vigor y las transferencias a la Comunidad Autónoma.

Ámbito de actuación: Informes solicitados por la Dirección General de Planificación e Innovación Sanitaria, en relación con las solicitudes de fabricación de productos ortoprotésicos y protésicos dentales.

Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

4.G. Autorización de establecimientos sanitarios farmacéuticos.

Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para las autorizaciones administrativas de instalación, funcionamiento, modificación, renovación y cierre de establecimientos y servicios farmacéuticos, valorando la adecuación a la normativa vigente mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación. Los informes se realizarán en un plazo máximo de 15 días para centros de baja y media complejidad, pudiendo prorrogarse hasta 30 días en los de alta complejidad.

Ámbito de actuación: Establecimientos y servicios farmacéuticos, que soliciten las autorizaciones administrativas preceptivas, de acuerdo con las normativas reglamentarias.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

4.H. Control de Botiquines y Depósitos de medicamentos.

Objetivos y contenido: Se comprobará el cumplimiento de las prescripciones legales relativas a la autorización y funcionamiento de los Depósitos de medicamentos en centros con y sin internamiento, así como Botiquines establecidos por la existencia de dificultades especiales de accesibilidad a una oficina de farmacia.

Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

4.I. Control del cumplimiento de normativa sanitaria:

Objetivos y contenido: Se verificará tanto el cumplimiento de los requisitos normativos exigibles y la existencia de las autorizaciones administrativas preceptivas, así como la veracidad y adecuación normativa de la promoción y publicidad sanitaria.

Ámbito de actuación: Dadas las peculiaridades que pueden existir en cada territorio, cada Inspección Provincial fijará los centros a evaluar y/o se determinarán a nivel central. Se utilizará como uno de los criterios más importantes para la selección, las denuncias habidas en años anteriores o en la actualidad, que puedan ser indicio de posibles irregularidades.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa general de Inspección Farmacéutica.

- Calidad de los servicios sanitarios prestados.

5.A. Inspección y Evaluación de Centros Transfusión:

Objetivos y contenido: De acuerdo con el Real Decreto 1088/2005 Vínculo a legislación, se realizará una inspección, entendiéndose como tal el control oficial realizado de acuerdo con normas preestablecidas y destinado a evaluar el grado de cumplimiento de la normativa en la materia y la identificación de problemas. Se verificará el cumplimiento de los requisitos legales exigidos a los centros de transfusión, tales como requisitos técnicos, documentación y registros que deben ser conservados, así como los sistemas de calidad de acuerdo al Real Decreto 1343/2007 Vínculo a legislación. Este objetivo se coordinará con la Unidad de Coordinación autonómica de Trasplantes.

Ámbito de actuación: Centros y servicios de transfusión, que realicen cualquiera de las siguientes actividades.

1. Extracción y verificación de la sangre humana o sus componentes, sea cual sea su destino.

2. Tratamiento, almacenamiento y distribución de la sangre humana o sus componentes cuando el destino sea la transfusión.

3. Autotransfusión.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

5.B. Inspección y Evaluación de Establecimientos de Tejidos y Centros y Unidades de obtención y aplicación de células y tejidos:

Objetivos y contenido: Se verificará el cumplimiento de los requisitos legales y la aplicación de las medidas de control de calidad exigidas por el Real Decreto 1301/2006 Vínculo a legislación, de acuerdo al plan de inspecciones del Consejo Interterritorial del SNS, a través de la Comisión de Trasplantes y Medicina Regenerativa. La inspección implicará el examen, evaluación y verificación de cualquier infraestructura, equipamiento, información, documento o registro relacionado con lo regulado en el Real Decreto, utilizando la metodología de trabajo que se acuerde por parte de la ONT-Ministerio de Sanidad y Consumo. Además de estas inspecciones ordinarias, se desarrollarán las inspecciones extraordinarias que la autoridad competente de la comunidad autónoma acuerde, ante la presentación de un efecto o reacción adversa grave, o a petición de otro Estado miembro de la Unión Europea, de acuerdo a los canales reglamentariamente establecidos. Este objetivo se coordinará con la Unidad de Coordinación autonómica de Trasplantes.

Ámbito de actuación: Establecimientos de tejidos y Centros y Unidades de obtención y aplicación de células y tejidos tanto del sector sanitario público como privado.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

5.C. Evaluación de Centros concertados de Diálisis:

Objetivos y contenido: Verificar el cumplimiento de los requerimientos especificados en los pliegos de condiciones técnicas de los conciertos con los centros de hemodiálisis.

Ámbito de actuación: Centros concertados para la hemodiálisis por el Servicio Andaluz de Salud.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

5.D. Evaluación de la disponibilidad de equipamiento para Soporte Vital Avanzado.

Objetivos y contenido: Verificar el cumplimiento de determinados aspectos del Plan Integral de Cardiopatías en Andalucía. Entre los objetivos están:

1. Evaluar la disponibilidad de equipamiento de Soporte Vital Avanzado (SVA) en el SSPA.

2. Conocer la existencia de protocolos de reposición y mantenimiento del equipamiento y materiales usados en SVA.

3. Evaluar la existencia de protocolos específicos de atención a la parada cardiorrespiratoria.

Ámbito de actuación: En Atención primaria: Centros de Salud. En Atención especializada: Unidades de hospitalización, Bloques quirúrgicos, Servicios de Radiodiagnóstico y Paritorios.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

5.E. Evaluación de Prestaciones complementarias concertadas:

Objetivos y contenido: Comprobar la adecuación de los establecimientos de ortopedia al Decreto 132/2006 Vínculo a legislación, de 4 de julio, y verificar la calidad de los productos ortoprotésicos facilitados a los usuarios. Conocer si los materiales ortopédicos facilitados a los usuarios por las Ortopedias concertadas con el SAS guardan la relación calidad-precio convenida. Analizar la trazabilidad.

Ámbito de actuación: Ortopedias.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

5.F. Control de Almacenes Mayoristas de Distribución de Medicamentos.

Objetivos y contenido: Verificar el cumplimiento de las Normas de Buenas Prácticas de Distribución (BPD) de Medicamentos de uso humano en una muestra de almacenes mayoristas de medicamentos, en los aspectos relativos a legalidad de clientes y proveedores, termolábiles (devolución y reincorporación a la cadena de distribución), falsificados, transporte, personal (formación y funciones) validación de sistemas informáticos y distribución indirecta (o inversa).

Ámbito de actuación: Almacenes Mayoristas de Distribución de Medicamentos.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

5.G. Control de la prescripción de medicamentos y productos sanitarios.

Objetivos y contenido: Colaboración en el uso racional de los medicamentos: En coordinación con los dispositivos asistenciales con competencia en la materia. Se incidirá en la detección de usos irregulares relacionados con la prescripción y uso de esta prestación.

Se actuará prioritariamente sobre aquellos facultativos desviados en sus indicadores de prescripción, cuyo control sea requerido por los correspondientes Directores Gerentes de Distritos de Atención Primaria, Directores Gerentes de Hospitales y Dirección Gerencia del SAS. Prestándose especial atención a los facultativos hiperprescriptores.

Ámbito de actuación: Facultativos de Atención Primaria y Atención Especializada del SSPA.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

5.H. Evaluación del Visado de recetas en Asistencia Especializada:

Objetivos y contenido: Se comprobará en las Unidades de Visado de Asistencia Especializada el cumplimiento normativo, sobre gestión y control del visado de recetas del SNS en el ámbito del SAS.

Ámbito de actuación: Servicios de Atención al Ciudadano en Asistencia Especializada.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

5.I. Prescripción de medicamentos en Asistencia Especializada:

Objetivos y contenido: Se comprobará el cumplimiento de la Circular 6/96 (30-7) del SAS, sobre prescripción de recetas para la obtención de tratamientos instaurados en Asistencia Especializada.

Ámbito de actuación: Hospitales y Centros de Especialidades del SAS.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

- Seguridad de los pacientes.

6.A. Control de calidad de medicamentos en el mercado:

Objetivos y Contenido: Se colaborará con la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para la ejecución en Andalucía de un programa de control de calidad de medicamentos en el mercado. Se procederá a la recogida de muestras, acondicionamiento y envío al laboratorio oficial de control de medicamentos de la AEMPS a efecto de su análisis.

Ámbito de actuación: Establecimientos sanitarios objeto del acuerdo de colaboración con la AEMPS.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

6.B. Evaluación de la implantación de la práctica segura de Higiene de manos.

Objetivos y contenido: Evaluar las medidas adoptadas para la implantación de la práctica segura de higiene de manos. Comprende la:

a) Evaluación de la gestión y reposición de materiales e infraestructura para la realización de la práctica segura de higiene de manos.

b) Evaluación de la existencia y conocimiento, por parte de los profesionales sanitarios, de la guía sobre higiene de manos.

Ámbito de actuación: Centros de Atención Primaria

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios sanitarios.

6.C. Evaluación de la aplicación del Protocolo de contención mecánica en Unidades de Salud Mental.

Objetivos y contenido: Valorar el grado de aplicación del protocolo de contención mecánica de pacientes, existente en las unidades de hospitalización de Salud Mental.

Ámbito de actuación: Unidades de hospitalización de Salud Mental del SSPA.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios sanitarios.

6.D. Expedientes de Responsabilidad Patrimonial.

Objetivos y contenido:

1. Se elaborarán los informes técnico-sanitarios que con carácter pericial se emiten en la tramitación de expedientes de responsabilidad patrimonial con ocasión de la asistencia sanitaria prestada.

2. Se desarrollará una base de datos, que permita el estudio y análisis de riesgos sanitarios, provenientes de los datos extraídos de los expedientes de responsabilidad patrimonial, generando un sistema de información compartido, basado en la explotación de los referidos datos.

3. Se participará con el Servicio de Coordinación de la Viceconsejería, el Servicio de Legislación de la Secretaría General Técnica, y el Servicio de Aseguramiento y Riegos del Servicio Andaluz de Salud, en el desarrollo de un sistema informatizado y unificado del procedimiento de gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial.

El tiempo medio de elaboración de los informes técnico-sanitarios no excederá de 30 días.

Se potenciará el uso de los recursos de la biblioteca virtual del SSPA como apoyo a la actividad de elaboración de los informes técnicos.

Ámbito de actuación: Solicitudes del Servicio de Legislación, de acuerdo con la Orden de 1 de abril de 2005, de la Consejera de Salud, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de expedientes de responsabilidad patrimonial por o con ocasión de la asistencia sanitaria prestada en centros hospitalarios concertados por la Consejería de Salud. Solicitudes del Servicio de Coordinación de la Viceconsejería de Salud, relativos a hospitales generales y hospitales de alta resolución (HAR) gestionados por empresas públicas hospitalarias (EPH).

Área de responsabilidad: Área de gestión de informes de responsabilidad patrimonial.

- Organización y gestión.

7.A. Evaluación de Consultas de Acto Único en Asistencia Especializada:

Objetivos y contenido: Se evaluará el grado de implantación de las consultas de acto único, su organización, y coordinación con los Servicios generales clínicos de apoyo u otros Servicios necesarios para el adecuado funcionamiento de esta modalidad de consulta.

Ámbito de actuación: Centros de Asistencia Especializada del SSPA.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

7.B. Análisis del Desabastecimiento de medicamentos en Oficinas de Farmacia:

Objetivos y contenido: Se analizará el cumplimiento de la normativa que regula la dispensación y suministro de medicamentos por las Oficinas de Farmacia. De forma prioritaria se actuará en aquellos supuestos de venta de medicamentos a Almacenes Mayoristas que puedan ocasionar un desabastecimiento en Andalucía. Se incidirá en las inexistencias de medicamentos y productos sanitarios no justificadas que puedan dificultar la aplicación del acuerdo entre el SAS y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales Farmacéuticos, por el que se establecen precios máximos cuando el médico prescriba medicamentos o productos sanitarios sin indicar marca comercial concreta.

Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

7.C. Control de dispensación de receta médica electrónica:

Objetivos y contenido: Se inspeccionará el cumplimiento de la normativa que regula la receta médica electrónica. De forma prioritaria se inspeccionarán aquellas Oficinas de Farmacia que tras dispensar prescripciones en receta médica electrónica retengan las correspondientes tarjetas sanitarias de los pacientes, así como, aquellas otras en las que se detecte que en las hojas justificantes de las dispensaciones no constan todos los cupones precinto correspondientes a los medicamentos y productos sanitarios que se han dispensado y facturado por receta electrónica, o bien no coincida el código del producto dispensado en receta XXI con el correspondiente cupón precinto. También se incidirá sobre las dispensaciones con presumibles errores de prescripción.

Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

7.D. Acuerdos de gestión en IT con las Unidades Clínicas de Atención Primaria.

Objetivos y contenido: La Inspección de Servicios Sanitarios desarrollará propuestas de estos acuerdos. Se fijarán objetivos relativos a los indicadores más utilizados en la IT, como la incidencia, prevalencia, duración media y desviaciones respecto a los Tiempos Estándares de los procesos de IT publicados por el INSS, en los acuerdos con las distintas Unidades de Gestión Clínica.

Ámbito de actuación: Distritos de At. Primaria del SAS.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Incapacidad Temporal.

Línea estratégica destinada a garantizar la calidad en las políticas de salud pública en centros y servicios sanitarios

- Prevención y promoción en centros y servicios.

8.A. Evaluación de proyectos destinados a centros incluidos en el Plan de Alzheimer:

Objetivos y contenido: Comprobar si, en las Unidades de Estancia Diurna Tipo I (UED) integradas en el Plan de Alzheimer, se desarrollan actividades por parte de los profesionales sanitarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía, así como valorar la realización de estimulación cognitiva en las UED y Asociaciones de familiares de enfermos de Alzheimer (AFAS) integradas en el Plan de Alzheimer, a través de los psicólogos de las asociaciones y del material subvencionado por la Consejería de Salud.

Ámbito de actuación: UED y AFAS seleccionadas.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.

- Intervención en hábitos saludables.

9.A. Medidas sanitarias frente al tabaquismo en centros sanitarios.

Objetivos y contenido: En todas las actuaciones inspectoras, tanto en el sector público como en el privado, se vigilará en centros, establecimientos o servicios sanitarios el cumplimiento de la Ley 28/2005 Vínculo a legislación, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, en lo relativo a venta, consumo, señalización y publicidad. En caso de detección de incumplimiento se elevará acta de inspección, dándose copia a la dirección del centro sanitario y remitiéndose la misma al Delegado Provincial de Salud correspondiente. Se elaborarán estadísticas, referentes a las actuaciones inspectoras en esta materia.

Ámbito de actuación: Todos los Centros sanitarios visitados públicos o privados con motivo de cualquier actuación inspectora.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios. Programa general de Inspección farmacéutica.

- Implicación de los profesionales en promoción de la salud y prevención.

10.A. Disminución del absentismo por Incapacidad Temporal en la población general:

Objetivos y contenido: Participar con el resto de organismos y unidades con competencias en IT, en la disminución del absentismo laboral en todo el ámbito social por esta causa, desde el campo de la inspección médica del sistema sanitario. Las valoraciones se harán a través de controles directos en las Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades (UMVIS) de las Inspecciones Provinciales, o visitas domiciliarias por los inspectores médicos y subinspectores, así como a través de controles indirectos mediante revisión de la situación de IT con el médico de Atención Primaria que atiende al paciente.

Ámbito de actuación: Pacientes en situación de IT, con duración inferior a 12 meses, del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en contingencias comunes y profesionales, y de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS) en contingencias comunes.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

10.B. Disminución del Absentismo por IT en el personal del SSPA:

Objetivos y contenido: Colaborar en la disminución del absentismo laboral por IT que afecta a los trabajadores del SSPA, desde el campo de la inspección médica del sistema sanitario. Se procederá a dar continuidad al programa específico para el control de la IT en centros sanitarios del SSPA.

Ámbito de actuación: Personal del Sistema Sanitario Publico Andaluz, que incluirá tanto al personal del S.A.S como de las Empresas Sanitarias Publicas Andaluzas.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

10.C. Disminución del absentismo por enfermedad en el personal de la Junta de Andalucía:

Objetivos y contenido: Colaborar en la disminución del absentismo laboral por enfermedad, que afecta a los trabajadores de la Junta de Andalucía, desde el campo de la inspección médica del sistema sanitario, de acuerdo con los Convenios de la Consejería de Salud con la Consejería de Justicia y Administración Pública y MUFACE, en coordinación con la Inspección General de Servicios, tanto de trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social, como de MUFACE o MUGEJU.

Ámbito de actuación: Personal al servicio de la Junta de Andalucía, tanto del Régimen General como de MUFACE y MUGEJU.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

10.D. Desarrollo del Convenio de colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales:

Objetivos y contenido: Aprobación del convenio de colaboración con MATEPSS por parte de la Consejería de Salud, MATEPSS y Administración de la Seguridad Social. Desarrollo de su contenido. Evaluación y propuestas de mejora antes de finalizar el año de entrada en vigor.

Ámbito de actuación: UMVIS, MATEPSS, SAS.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

LÍNEA ESTRATÉGICA DESTINADA A GESTIONAR EL CONOCIMIENTO INVESTIGACIÓN Y GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO

11.A. Control de ensayos clínicos con medicamentos.

Objetivos y contenido: Se verificará el cumplimiento de las Normas de Buena Práctica Clínica (BPC) recogidas en la normativa vigente, en una muestra de Ensayos Clínicos con medicamento, adecuado al Plan de Inspección de Ensayos Clínicos aprobado por el Comité Técnico de Inspección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

Ámbito de actuación: Centros sanitarios de Andalucía.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.

11.B. Proyectos de Investigación:

Objetivos y contenido: Se elaborará un proyecto de estandarización de tiempos óptimos parametrizados en procesos de incapacidad laboral por patologías, en función de las variables independientes más significativas. Los resultados del proyecto se utilizarán para el seguimiento de pacientes en situación incapacidad temporal, tanto por los facultativos de las unidades médicas de valoración de incapacidades, como por los facultativos de atención primaria, una vez hayan sido consensuados de la forma más amplia posible y con las instituciones con competencia en la materia.

Ámbito de actuación: Inspección Servicios Sanitarios. Atención Primaria del SAS.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal. Área de Calidad y Gestión del Conocimiento.

11.C. Formación en IT para Atención Primaria:

Objetivos y contenido: Para ello se utilizarán 2 herramientas:

- Formación presencial: Se desarrollará fundamentalmente a través de los desplazamientos que los inspectores médicos realizan a los centros de salud, con un doble contenido: la revisión conjunta con los médicos de AP de los pacientes en situación de IT en sus cupos, y la participación en sesiones de formación continuada sobre diferentes aspectos de la IT, con los equipos de las zonas básicas de salud. Esta formación también se realizará a través de seminarios y jornadas dirigidas a todos los colectivos que participan en la gestión, seguimiento y control de la IT, potenciando la participación de los médicos de familia.

- Formación no presencial: Mediante el desarrollo de una aplicación de formación en IT, basada fundamentalmente en la interacción e intercomunicación de los distintos agentes en la gestión de IT y que podría contener distintas opciones: Información, Normativa, Procedimientos, Índice de casos basado en soluciones “tipo”, Propuesta y Resolución de “casos”, Consulta en línea en horarios a tiempo real o mediante sistemas de consulta-respuesta diferida, entre médicos de AP e inspectores médicos.

Ámbito de actuación: Médicos de Atención Primaria.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal. Área de Calidad y Gestión del Conocimiento.

11.D. Formación personal Inspección Servicios Sanitarios:

Objetivos y contenido: Se desarrollará un plan de formación continuada para el personal adscrito a la Inspección de Servicios Sanitarios, en las distintas modalidades de cursos financiados por el IAAP, cursos homologados por el IAAP, y cursos de formación operativa.

Ámbito de actuación: Personal Inspección Servicios Sanitarios. Personal de apoyo a las unidades de Inspección.

Área de responsabilidad: Área de Calidad y Gestión del Conocimiento. Programas generales de Inspección.

- Información y documentación.

12.A. Colaboración en la elaboración de Guías de funcionamiento:

Objetivos y contenido: Se colaborará con los servicios competentes en la elaboración de las guías de funcionamiento, según el Decreto 69/2008, concretando los requisitos técnicos de estructura, personal, instalaciones y equipamientos exigibles para el funcionamiento de los diversos tipos de unidades asistenciales, centros y establecimientos sanitarios.

Ámbito de actuación: Centros, establecimientos y servicios sanitarios.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa general de Inspección Farmacéutica.

12.B. Desarrollo de Protocolos de Inspección:

Objetivos y contenido: Se continuará con el desarrollo de protocolos de inspección para la elaboración de los informes técnicos-sanitarios solicitados en el ámbito de las autorizaciones administrativo-sanitarias de funcionamiento, de homologación y suscripción de conciertos de centros y establecimientos sanitarios, así como para la concesión de licencias de fabricación de productos sanitarios a medida. De igual forma se desarrollarán protocolos de evaluación de los pacientes en situación de incapacidad laboral.

Ámbito de actuación: Centros, establecimientos y unidades sanitarias. Centros no sanitarios de fabricación de productos sanitarios a medida. Se harán por el orden priorizado que vaya indicando la Subdirección de Inspección de Servicios Sanitarios. Asegurados con prestación de Incapacidad Temporal (IT).

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa general de Inspección Farmacéutica. Programa general de Inspección de la Incapacidad Temporal.

12.C. Informes técnicos para MUFACE.

Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes derivados de las peticiones de asesoramiento de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), de acuerdo con el Convenio con la Consejería de Salud. El plazo será de 1 mes para la elaboración de informes, y de 3 días en los visados de recetas.

Ámbito de actuación: Solicitudes realizadas al amparo del Convenio con MUFACE.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios. Programa general de Inspección de la Incapacidad Temporal.

12.D. Explotación indicadores de IT:

Objetivos y contenido: Se desarrollarán las siguientes actuaciones:

- Explotación más pormenorizada del módulo de tratamiento de la información (MTI) del Sigilum XXI, que genere la salida de datos en todos sus niveles de agregación y de variables asociadas a la IT. Los directores gerentes de Distrito tendrán acceso on line al MTI, donde se pondrán a su disposición diferentes carpetas que le faciliten la búsqueda de información.

- Mensualmente todos los Distritos sanitarios recibirán información de la evolución de sus objetivos de seguimiento de la IT, con 3 niveles de desagregación: Distrito, Zona Básica de Salud, y código Puesto Médico. También recibirán la evolución de los objetivos a nivel provincial y autonómico, para que sirvan de referencia.

- Se diseñará el contenido del Perfil de Utilización de IT, de forma que se tenga una visión general lo más aproximada posible de las características que presenta la población adscrita y el uso que realiza cada médico de la prescripción de IT.

- Explotación de información de IT según actividad económica.

- Envío trimestral de datos e indicadores seleccionados de IT para la elaboración del sistema de información sobre IT del Sistema Nacional de Salud.

Ámbito de actuación: Distritos de Atención primaria. Centros de Salud. Servicio de Salud Laboral. Subdirección de Alta Inspección del Ministerio de Sanidad.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

12.E. Sistema de Información de Inspección de Servicios Sanitarios:

Objetivos y contenido: Se continuará y mejorará el sistema de información que permite la evaluación del cumplimiento de objetivos y desarrollo de las actividades realizadas por la Inspección de Servicios Sanitarios, para el desarrollo de este Plan, que se complementará con la memoria anual. En concreto se elaborarán:

- Sistema de información mensual.

- Sistema de información trimestral.

- Memoria anual.

Ámbito de actuación: Inspecciones provinciales e Inspección Central.

Área de responsabilidad: Área de Calidad y Gestión del Conocimiento.

Línea estratégica destinada a impulsar la innovación y modernización del sistema

- Desarrollo de la estrategia digital del SSPA.

13.A. Mejora y Ampliaciones del Sistema de Información Sigilum XXI.

Objetivos y contenido:

a) Elaborar procedimiento para la comunicación informática entre Sigilum XXI y la base de datos de P9 de Diraya, así como la carga en BDU de Mutuas con cobertura en Contingencias Comunes, procedente de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, y su transferencia a Sigilum XXI.

b) Integración en Sigilum XXI de los partes de baja y alta emitidos por los centros de atención primaria, de forma que el número total de expedidos debe ser del 100%. Para ello se deberán adoptar las medidas necesarias de coordinación con los órganos competentes del Servicio Andaluz de Salud para que todos los P9 mecanizados sean recogidos vía informática en el CTI.

En aquellos casos que el P9 no sea mecanizado en el centro de atención primaria de origen por carecer de comunicaciones, se gestionará su envío periódico y en formato electrónico al Distrito sanitario de forma que se puedan integrar automáticamente en la base de datos del CTI para su posterior integración en Sigilum y envió al INSS.

Durante este ejercicio se procederá a la incorporación de las distintas fuentes de alimentación de este sistema que persisten en la actualidad, hasta tanto se implante en toda la comunidad autónoma una única versión de historia digital de salud.

Ámbito de actuación: Servicios centrales Consejería Salud y SAS, Umvis, Atención Primaria.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

13.B. Proyecto IT 21 y mejoras del módulo de IT en la Historia Digital de Salud (Diraya):

Objetivos y contenido: Con el objetivo de mejorar el uso racional de la prestación de incapacidad temporal (IT) desde una visión sanitaria y disminuir las cargas administrativas en las consultas médicas, de acuerdo a las estrategias de atención primaria, se planificará la introducción de las modificaciones necesarias para desarrollar el proyecto piloto IT-21, en colaboración con el INSS. La Inspección participará en la Comisión establecida por el SAS para el rediseño funcional del nuevo módulo de IT en Diraya.

Se planificará la introducción de un sistema automático de cálculo de previsión de la duración de los procesos de IT según Tiempos Óptimos Parametrizados, una vez finalice el proyecto de investigación que se realice sobre ello.

Se planificará la intercomunicación entre Diraya y Sigilum XXI (sistema de información de IT).

Ámbito de actuación: Servicios centrales Consejería Salud y SAS.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

13.C. Intercomunicación vía informática entre Atención Primaria-UMVIS:

Objetivos y contenido: Se desarrollará un sistema de intercomunicación entre Atención Primaria y UMVIs, al objeto de que pueda haber un intercambio de información entre facultativos de Atención primaria e inspectores médicos, dicha información se estructurará de forma que cada facultativo quede comunicado con el inspector médico de referencia, permitiendo de esta forma la agilización de determinadas interconsultas:

Ámbito de actuación: Centros de Atención Primaria y UMVIS.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

13.D. Cooperación tecnológica con el sector público en la gestión de la IT.

Objetivos y contenido: En base a las competencias de control de la IT que realizan las UMVIS, y respetando la normativa que exista al respecto, la Inspección de Servicios Sanitarios en el desarrollo de las líneas de gestión para el seguimiento y control de la incapacidad temporal en el sector público propiciará acuerdos con otros órganos que permitan mejorar la coordinación tecnológica tanto en el campo de la citación, seguimiento y estadísticas de absentismo laboral como en la atención a los usuarios. Las Umvis participaran tanto en el establecimiento de los acuerdos, como en su desarrollo y seguimiento.

Durante este ejercicio se realizará la discriminación de los partes de confirmación que modifiquen el diagnóstico inicial del P9 de baja o posteriores, procediendo a su integración en los ficheros de transferencia al INSS de P9 de baja y alta.

Se estudiarán las posibilidades de transmisión informática de los documentos que en la actualidad precisan la comunicación entre entidad gestora y servicio público de salud, de acuerdo a la normativa de gestión y control de la IT.

Ámbito de actuación: Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, Servicio de Informática del Servicio Andaluz de Salud, Consejería de Justicia y Administración Pública, Instituto Nacional de la Seguridad Social. MATEPSS. Servicio de Informática de la Consejería de Salud. Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

13.E. Acceso por Internet a histórico personal procesos de IT.

Objetivos y contenido: Acceso del ciudadano con certificado digital a información personal sobre su histórico de episodios de IT, vía web en el portal de salud de la Consejería de Salud.

Ámbito de actuación: Servicio de Informática de Consejería, Subdirección de Tecnologías de la Información del Servicio Andaluz de Salud.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

13.F. Plan funcional de desarrollos informáticos.

Objetivos y contenido: Elaboración de un plan funcional para el desarrollo informático de contenidos gestores y de información de las áreas de inspección susceptibles de mejora, mediante la utilización de aplicaciones informáticas.

Ámbito de actuación: Áreas seleccionadas.

Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa general de Inspección Farmacéutica.

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