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VIII convocatoria de premios a trabajos sobre Prevención de Riesgos Laborales

26/03/2010
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Orden de 26 de febrero de 2010 por la que se establecen las bases de la VIII convocatoria de premios a trabajos sobre Prevención de Riesgos Laborales (DOE de 25 de marzo de 2010). Texto completo.

ORDEN DE 26 DE FEBRERO DE 2010 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES DE LA VIII CONVOCATORIA DE PREMIOS A TRABAJOS SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Tras la asunción por la Comunidad Autónoma de Extremadura de competencias de ejecución de la Legislación Laboral en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo mediante Real Decreto 640/1995, de 21 de abril (BOE de 17 de mayo), es obligación de esta Administración Autonómica, en cumplimiento del mandato recogido en el artículo 40.2 de la Constitución y en el artículo 7 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, pilar fundamental para el desarrollo de una política de protección de la salud de los trabajadores, ejercer una función de promoción de la prevención.

El 8 de octubre de 2007, la Junta de Extremadura, a través de su Presidente y las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas de nuestra región -UGT, CCOO y CREEX-, firmaron la DECLARACIÓN PARA EL DIÁLOGO SOCIAL.

En las materias y contenidos que afectan al ámbito de lo laboral, la DECLARACIÓN establece de manera expresa la voluntad inequívoca de los firmantes de renovar y reforzar con un nuevo Plan de Actuación la puesta en marcha de políticas que se muestren más eficaces en materia de siniestralidad laboral, dirigidas a la eliminación de sus causas y a la promoción de una adecuada cultura de la prevención en las empresas y entre los trabajadores y trabajadoras extremeñas. Con ello se viene a dar cumplimiento al principio constitucional, rector de la política económica y social impuesto a los poderes públicos, de velar por la seguridad y salud en el trabajo.

Fruto del Diálogo Social se ha consensuado con los agentes sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura el V Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales, con el que se cumple, asimismo, el compromiso que adquirió la Junta de Extremadura con el Gobierno y el resto de Comunidades Autónomas, y los agentes sociales de ámbito estatal, en el verano del año 2007, al aprobar por unanimidad la ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, que constituye el instrumento para establecer el marco general de las políticas de prevención de riesgos laborales a corto y, sobre todo, medio y largo plazo, pues abarca el periodo 2007-2012. La estructura de este V Plan de Actuación es similar a la de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, y contempla las actuaciones que se desarrollarán en Extremadura durante el periodo 2008-2011, con el objetivo de mejorar las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores y trabajadoras de nuestra Comunidad y conseguir, de esa forma, la reducción de la siniestralidad laboral.

Entre los objetivos específicos del V Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales, se encuentra el número 4 que persigue “desarrollar y consolidar la cultura de la prevención en la sociedad extremeña”, estableciéndose en la línea de actuación 4.5: “potenciar los premios sobre prevención de riesgos laborales”, lo siguiente:

- “Se continuará con los concursos y premios sobre prevención de riesgos laborales en materia de Fotografías, Carteles, Guías de Buenas Prácticas, Vídeos, introduciéndose como novedad en las convocatorias anuales los premios para potenciar Buenas Prácticas que se realicen en los Comités de Seguridad y Salud o en la negociación entre delegados de prevención y empresa, ya que estas actuaciones son el espacio natural donde debe primar la participación y consenso para hacer prevención real en la empresa, siendo la parte más desconocida de la negociación de cara al exterior, pero sin embargo la más importante y de mayor riqueza por los logros alcanzados, porque encierran acuerdos concretos y específicos que mejoran las condiciones de trabajo y donde los trabajadores y sus representantes tienen mayor capacidad de intervención en la organización del trabajo. Asimismo se otorgarán premios de buenas prácticas específicos en alguno de los sectores de actividad más feminizados”.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, se establecen, mediante esta Orden, las bases por las que se regirá la convocatoria, que cuenta con la aprobación de la Comisión Regional de Condiciones de Trabajo y Salud Laboral, DISPONGO:

Artículo 1. Bases de la convocatoria.

1. El contenido de los trabajos, cualquiera que sea el tema a tratar o la modalidad en la que se participe, girará en torno a la PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

2. Se establecen CUATRO modalidades de trabajos:

- Fotografía.

- Póster.

- Guía de buenas prácticas.

- Vídeos.

3. Los temas a tratar en cada modalidad serán:

- Para el concurso de fotografías, tratará sobre cualquiera de los trabajos que afecten a alguna de estas disciplinas:

• Seguridad en el Trabajo.

• Higiene Industrial.

• Ergonomía/Psicosociología Aplicada.

• Medicina del Trabajo.

- Para el concurso de Póster, versarán sobre cualquiera de los trabajos que afecten a alguna de estas disciplinas:

• Seguridad en el Trabajo.

• Higiene Industrial.

• Ergonomía/Psicosociología Aplicada.

• Medicina del Trabajo.

- Para el concurso de guías de buenas prácticas, los trabajos versarán sobre los siguientes temas:

• Guía de buenas prácticas para prevenir los accidentes en desplazamiento en la jornada laboral: transportistas.

• Guía de buenas prácticas para prevenir los accidentes “In itinere”.

• Guía de buenas prácticas para prevenir los accidentes por “patologías no traumáticas”:

infartos.

- Para el concurso de vídeos, los trabajos versarán sobre alguna de estas dos temáticas:

• Promoción de los Órganos de representación y participación: Delegados de Prevención y Comités de Seguridad y Salud.

• Promoción de la Igualdad de Género en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

4. El concurso de fotografías se regirá por las siguientes normas:

a) Las fotografías, sean en color o blanco y negro, tendrán un formato de 20 x 25, debiendo entregarse montados en passpartourt de 30 x 40.

b) Las fotografías deberán incluir textos o mensajes alusivos al tema tratado y siempre sobre Prevención de Riesgos Laborales, debiendo indicar una única disciplina a la que afecta. A tal fin, se entregará con los trabajos una reproducción a menor escala en la que se incluya el texto alusivo a la fotografía o cartel, así como su ubicación.

c) Cada autor podrá presentar un máximo de 3 obras.

Las obras presentadas serán originales, no habiendo sido publicadas ni premiadas anteriormente, debiendo acreditar los concursantes esta circunstancia mediante una declaración jurada (según Anexo II).

d) Para el concurso de fotografías se establecen los siguientes premios para cada una de las disciplinas:

1.º premio: 1.000 euros.

2.º premio: 500 euros.

e) Las obras, sin firma, se acompañarán de un sobre cerrado adherido en su parte posterior en cuyo interior figurarán: nombre y domicilio del autor, fotocopia del DNI, currículum y otros datos que puedan ser de interés.

5. El concurso de póster se regirá por las siguientes normas:

a) Los póster se presentarán en formato reducido A-3 (297 x 240 mm) a color y montados sobre soporte rígido. Se acompañarán de un CD con la posibilidad de ser reproducido a mayor escala.

b) El contenido de los mismos deberá reunir las características de sencillez y claridad.

c) Deberán contemplar y recoger la normativa actualizada a la que se hará referencia en el texto del póster, primando la estructura gráfica a la literaria y teniendo en cuenta su percepción visual y colorido.

d) Cada autor podrá presentar un máximo de tres obras, una por tema.

e) Las obras serán originales, no habiendo sido publicadas ni premiadas anteriormente, debiendo acreditar los concursantes esta circunstancia mediante declaración jurada (según Anexo II).

f) Se establecen los siguientes premios para cada una de las disciplinas:

1.º premio: 1.000 euros.

2.º premio: 500 euros.

g) Las obras, sin identificación del autor, se acompañarán de un sobre cerrado adherido a su parte posterior en cuyo interior figurarán: nombre y domicilio del autor, fotocopia del DNI, currículum vitae y otros datos de interés.

6. Los trabajos sobre guías de buenas prácticas se regirán por las siguientes normas:

a) Los trabajos se entregarán en sobre cerrado que llevará una identificación por el tema al que concursan.

b) En el sobre se entregarán:

- Tres copias encuadernadas del trabajo original más una copia en CD.

- Los trabajos se entregarán firmados bajo seudónimo, adjuntando en un sobre cerrado los datos identificativos del autor o autores, fotocopias de sus DNI, fotografía/s, currículum profesional, y cualquier otro dato que se estime oportuno.

c) Si el autor del trabajo es más de una persona o un colectivo, el premio será único, recayendo en la persona que ostente la representación del grupo o colectivo, por lo que en estos casos deberá especificarse quién ostenta tal representación debiéndose acreditar la autorización del resto de componentes.

d) La extensión de los trabajos presentados para las guías de buenas prácticas, será un máximo de 100 folios y un mínimo de 50, escritos por una sola cara, en el que se incluirán las fotografías y material gráfico que el autor considere oportuno.

e) Se establece para cada uno de los tres temas de esta modalidad un único premio por valor de 2.000 euros por tema, que podrá ser compartido si así lo estima el jurado.

f) Las obras serán originales, no habiendo sido publicadas ni premiadas anteriormente, debiendo acreditar los concursantes esta circunstancia mediante declaración jurada (según Anexo II).

7. El concurso de Vídeos se regirá por las siguientes normas:

a) Los trabajos se entregarán en sobre cerrado que llevará una identificación con la modalidad en la que participa: “Vídeos”.

b) En el sobre se entregarán:

- Una copia del trabajo original presentado en formato DVD, con independencia del formato de vídeo en el que se ha grabado, siendo de duración máxima 10 minutos.

- Los trabajos se entregarán firmados bajo seudónimo, adjuntando en un sobre cerrado los datos identificativos del autor o autores, fotocopias de sus DNI, fotografía/s, currículum profesional, el boletín de inscripción de vídeos (Anexo I de esta Orden) y cualquier otro dato que se estime oportuno.

c) Si el autor del trabajo es más de una persona o un colectivo, el premio será único, recayendo en la persona que ostente la representación del grupo o colectivo, por lo que en estos casos deberá especificarse quién ostenta tal representación debiéndose acreditar la autorización del resto de componentes.

d) La presentación al concurso implica la cesión gratuita de los derechos de emisión por los autores liberando a la Junta de Extremadura de toda responsabilidad legal o de propiedad intelectual que se derive de la exhibición de sus obras. Asimismo dicha presentación supone el consentimiento de dichos autores para que sin contraprestación económica los vídeos o fragmentos de los mismos puedan formar parte, en cualquier soporte audiovisual o impreso, del material documental que edite la Junta de Extremadura.

e) Los concursantes deberán cerciorarse de que la participación de sus obras en el certamen no daña los derechos de terceras personas.

f) Las obras que se presenten al concurso no podrán haber sido presentadas a ningún otro certamen o concurso (según Anexo II) ni haber sido estrenados al público, ni en general ser objeto de ningún tipo de compromiso o acuerdo con terceros que pueda tener efectos antes de hacerse público el fallo del jurado.

g) Se establecen los siguientes premios para cada uno de los dos temas:

Premio único: 3.000 euros.

8. Podrán participar todas aquellas personas, aficionadas o profesionales, que lo deseen, así como cualquier autor de cualquier Comunidad del Estado español o ciudadano de la Unión Europea.

9. El personal adscrito a la Consejería de Igualdad y Empleo no podrá participar en el concurso.

10. Los trabajos deberán presentarse de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La Consejería de Igualdad y Empleo no se hace responsable del deterioro que pueda sufrir como consecuencia del envío.

11. El plazo máximo de presentación de trabajos termina el día 30 de septiembre de 2010 para todas las modalidades, siendo dicho plazo improrrogable.

12. El jurado encargado de analizar los trabajos y fallar los premios estará presidido por la Excma. Sra. Consejera de Igualdad y Empleo de la Junta de Extremadura, actuando como vocales:

- Ilmo/a. Sr/a. Director/a General de Trabajo.

- Un/a representante de la Consejería de Educación.

- Un/a representante de la Consejería de Sanidad y Dependencia.

- Tres representantes de la Comisión Regional de Condiciones de Trabajo y Salud Laboral.

- Un/a representante del Instituto de la Mujer.

- Actuará como Secretario el Jefe del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Trabajo.

El jurado podrá estar asistido por profesionales de reconocido prestigio de la fotografía, el arte y la cultura.

13. Un/a mismo/a autor/a solo podrá obtener un premio por cada una de las opciones en las que participe, independientemente del número de obras que presente y de los temas elegidos.

14. A criterio del jurado, los premios pueden quedar desiertos.

15. El fallo del jurado será inapelable dándose publicidad a través de la página web:

http://siprevex.sigimo.com/, quedando a criterio de la Consejería hacerse público en un acto a desarrollar donde estén expuestas las obras.

Tras el fallo, el órgano gestor comprobará de oficio que los premiados cumplen el requisito de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, para proceder al pago.

16. La entrega de premios se realizará en la última semana de octubre, haciéndola coincidir con la “Semana Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo”.

17. Los trabajos premiados pasarán a ser propiedad de la Consejería de Igualdad y Empleo, que dispondrá de ellos con libertad de reproducción y difusión, haciendo constar en cada caso el autor de los mismos. En el caso de fotografías, deberán entregarse los negativos o archivos informáticos en formato JPGE si fuera digital, de las obras premiadas que pasarán a ser propiedad de la Consejería de Igualdad y Empleo.

La Consejería de Igualdad y Empleo, de acuerdo con los autores, podrá realizar modificaciones sobre los trabajos premiados, con el fin de lograr un mayor impacto visual en el colectivo al que vaya dirigido el mensaje o una mejora en los aspectos didácticos.

18. Los trabajos no premiados podrán retirarse personalmente o por autorización expresa del autor hacia otra persona, en el plazo improrrogable de un mes a partir de la fecha del fallo del jurado. Si así no se hiciese, quedarán en propiedad de la Consejería de Igualdad y Empleo que podrá hacer uso de ellos como estime oportuno.

19. La participación en el concurso supone la aceptación íntegra de las bases.

Artículo 2.

A la presente convocatoria de premios le será de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Decreto 64/2005, de 15 de marzo (DOE n.º 34, de 26 de marzo). La Consejería de Igualdad y Empleo abonará las cantidades establecidas en estos premios de la partida presupuestaria 14.04.325A.642.00, correspondiente al superproyecto 200814059004, proyecto 200814050005, de los presupuestos del ejercicio correspondiente al año 2010.

Disposición final única. Efectos.

La presente Orden tendrá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Contra la presente Orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Igualdad y Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que consideren procedente.

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