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  • EDICIÓN DE 23/03/2010
 
 

Estructura del Departamento de Relaciones Institucionales

23/03/2010
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Orden Foral 20/2010, de 3 de marzo, del Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, por la que se desarrolla la estructura del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, a nivel de negociados (BON de 22 de marzo de 2010). Texto completo.

ORDEN FORAL 20/2010, DE 3 DE MARZO, DEL CONSEJERO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO, A NIVEL DE NEGOCIADOS.

Mediante Decreto Foral 120/2007 Vínculo a legislación, de 3 de septiembre, se establece la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno hasta el nivel de Secciones.

En desarrollo de dicho Decreto Foral 120/2007 Vínculo a legislación, de 3 de septiembre, procede desarrollar la estructura del Departamento a nivel de Negociados en aras a una mayor seguridad jurídica, claridad, coordinación y eficacia de las unidades. Este desarrollo no supone la creación de nuevos negociados sino la regulación y descripción de los ya existentes así como la reducción de dos de ellos en cumplimiento del Acuerdo de 21 de septiembre de 2009 del Gobierno de Navarra por el que se aprobó reducir el número de unidades administrativas de los departamentos y sus organismos autónomos.

En este sentido, la Ley Foral 15/2004 Vínculo a legislación, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en su artículo 24.4 establece que los Negociados y otras unidades inferiores a las Secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante Orden Foral del Consejero titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 15/2004 Vínculo a legislación, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

CAPÍTULO I

Negociados de la Dirección General de Comunicación-Oficina

del Portavoz del Gobierno de Navarra

Artículo 1. Negociado de Secretaría.

El Negociado de Secretaría queda adscrito al Servicio de Comunicación y ejercerá las siguientes funciones:

a) Efectuar las labores de coordinación, impulso y control de la actividad administrativa del Servicio de Comunicación.

b) Implantación, organización y gestión del archivo documental del Servicio de Comunicación.

c) Coordinar la información y comunicación con el resto de las unidades orgánicas del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno.

d) Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas que le sea encomendada por el Servicio de Comunicación.

CAPÍTULO II

Negociados de la Dirección General de Relaciones Institucionales

Artículo 2. Negociado de Producción y Diseño Gráfico de Publicaciones.

El Negociado de Producción y Diseño Gráfico de Publicaciones queda adscrito a la Sección de Gestión de Publicaciones, dentro del Servicio de Publicaciones y Proyección de Navarra, y ejercerá las siguientes funciones:

a) Tramitación administrativa y seguimiento del proceso de edición de obras pertenecientes al Fondo de Publicaciones del Gobierno de Navarra.

b) Impresión de la papelería ordinaria que incorpora las expresiones gráficas representativas del Gobierno de Navarra.

c) Coordinación y ejecución de los procesos administrativos de la Sección de Gestión de Publicaciones.

d) Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas que le sea encomendada por la Sección de Gestión de Publicaciones.

Artículo 3. Negociado de Promoción y Difusión de Publicaciones.

El Negociado de Promoción y Difusión de Publicaciones queda adscrito a la Sección de Gestión de Publicaciones, dentro del Servicio de Publicaciones y Proyección de Navarra, y ejercerá las siguientes funciones:

a) Control, distribución institucional y comercial y venta del Fondo de Publicaciones del Gobierno de Navarra.

b) Difusión externa y promoción de las obras pertenecientes al Fondo de Publicaciones del Gobierno de Navarra.

c) Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas que le sea encomendada por la Sección de Gestión de Publicaciones.

Artículo 4. Negociado de Almacén de Publicaciones.

El Negociado de Almacén de Publicaciones queda adscrito a la Sección de Gestión de Publicaciones, dentro del Servicio de Publicaciones y Proyección de Navarra, y ejercerá las siguientes funciones:

a) Depósito de las obras pertenecientes al Fondo de Publicaciones del Gobierno de Navarra.

b) Organización, mantenimiento e inventario del Fondo de Publicaciones del Gobierno de Navarra.

c) Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas que le sea encomendada por la Sección de Gestión de Publicaciones.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Jefaturas de los negociados

Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los nombramientos de los Jefes de los Negociados actualmente existentes.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

Negociados suprimidos

Se suprimen el Negociado de Tramitación Administrativa, adscrito a la Dirección General de Comunicación, y el Negociado de Nuevas Tecnologías, adscrito a la Sección de Portal y Medios Audiovisuales del Servicio de Comunicación.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta Orden Foral.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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