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XXV Aniversario del Consejo de la Juventud de Andalucía

23/03/2010
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Resolución de 11 de marzo de 2010, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se hace pública la convocatoria del concurso para premiar la imagen del XXV Aniversario del Consejo de la Juventud de Andalucía, así como las bases que rigen el mismo (BOJA de 22 de marzo de 2010). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 11 DE MARZO DE 2010, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA PREMIAR LA IMAGEN DEL XXV ANIVERSARIO DEL CONSEJO DE LA JUVENTUD DE ANDALUCÍA, ASÍ COMO LAS BASES QUE RIGEN EL MISMO.

La Comunidad Autónoma de Andalucía creó el Consejo de la Juventud de Andalucía por Ley 8/1985 Vínculo a legislación, de 27 de diciembre. Posteriormente, la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, crea un nuevo Consejo de la Juventud de Andalucía que, conservando sus funciones de participación, representación y consulta en el desarrollo de las políticas de la Comunidad Autónoma en materia de juventud y, manteniendo su autonomía e independencia para el ejercicio de esas funciones, cuenta con todos los medios necesarios personales y materiales del Instituto Andaluz de la Juventud, al cual está adscrito según determina el artículo 143 de la citada Ley.

En virtud del Decreto 6/2007 Vínculo a legislación, de 9 de enero, se aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo de la Juventud de Andalucía, por el que se rige el citado órgano. En esta norma se fija como uno de los fines del Consejo, promover la participación de los jóvenes en la vida económica, política y cultural de Andalucía y promover el asociacionismo entre los jóvenes andaluces. Por este motivo y con objeto de dar a conocer el Consejo de la Juventud de Andalucía entre toda la juventud andaluza se ha resuelto convocar el presente concurso público de imagen, con el objeto de representar simbólicamente al citado órgano colegiado, al cumplirse este año el veinticinco aniversario de su creación.

En virtud de la adscripción del Consejo de la Juventud de Andalucía al Instituto Andaluz de la Juventud, establecida en el artículo 143.2 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, procede hacer pública la convocatoria del Premio a la Imagen del XXV Aniversario del Consejo de la Juventud de Andalucía, así como de las bases que han de regir el mismo. Y de conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996 Vínculo a legislación, de 26 de diciembre, en el artículo 9 Vínculo a legislación del Decreto 118/1997, de 22 de abril, y demás normas de general aplicación, este Instituto Andaluz de la Juventud

HA RESUELTO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto hacer pública la convocatoria del Premio a la Imagen del XXV Aniversario del Consejo de la Juventud de Andalucía, así como las bases que han de regir el mismo.

Segundo. Convocatoria de los premios.

1. Se convoca un premio para la persona ganadora del concurso según los plazos y de acuerdo con los requisitos establecidos en las Bases que figuran como Anexo a la presente Resolución.

2. De acuerdo con lo establecido en Ley Orgánica 15/1999 Vínculo a legislación, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Consejo de la Juventud de Andalucía sólo utilizará los datos personales de los participantes, obtenidos por la participación en el citado concurso, para fines relacionados con el mismo, no pudiendo ser cedidos. Dichos datos serán conservados en un fichero autorizado, pudiendo ser ejercidos los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación sobre los mismos enviando solicitud a la sede del Consejo, sita en Avenida de San Francisco Javier, 9, Edificio Sevilla 2, planta 8.ª, módulo 24, (41018) Sevilla, o bien, mediante correo electrónico a la dirección: [email protected].

Tercero. Aceptación de las bases.

La participación en el presente concurso implica la aceptación de la totalidad de las bases que se hacen públicas anexas a esta Resolución.

Cuarto. Jurado.

Para la concesión del premio establecido en la presente Resolución se constituirá un Jurado que estará formado por las siguientes personas:

- Un máximo de ocho representantes designados por la Comisión Permanente del Consejo de la Juventud de Andalucía, de entre los propuestos por el representante legal de aquellas Entidades Miembros del mismo que soliciten participar en dicho Jurado.

- Un miembro de la Comisión Permanente del citado Consejo, que actuará como Presidente del Jurado.

- Un representante del Instituto Andaluz de la Juventud, que actuará como Secretario del mismo.

- Un representante del equipo técnico del Consejo de la Juventud de Andalucía.

Quinto. Recursos.

1. Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en las bases serán resueltos por los miembros del Jurado, los cuales adoptarán sus decisiones por mayoría simple.

2. Contra la presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de la presente convocatoria, los cuales agotan la vía administrativa, se podrá interponer, ante la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que se notifique el acto que derive de la misma, conforme a lo establecido en los artículos 116.1 Vínculo a legislación y 117.1 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007 Vínculo a legislación, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución o desde el siguiente a la notificación del acto que se derive de la misma, en los términos previstos el artículo 46.1 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de marzo de 2010.- El Director General, Raúl Perales Acedo.

ANEXO

BASES DEL PREMIO A LA IMAGEN DEL XXV ANIVERSARIO DEL CONSEJO DE LA JUVENTUD DE ANDALUCÍA

Primera. Finalidad.

El Consejo de la Juventud de Andalucía, órgano de participación, representación y consulta en el desarrollo de las políticas de la Comunidad Autónoma en materia de juventud, convoca el concurso para conceder un premio al ganador de la imagen del Consejo, con motivo del XXV Aniversario del citado órgano colegiado.

Segunda. Participantes.

Podrán participar en esta convocatoria todas aquellas personas físicas que sean andaluzas o residentes en Andalucía y/o miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera del territorio, con edades comprendidas entre los 14 y 35 años, ambos inclusive, al finalizar el plazo de presentación de la obra y de la documentación que debe adjuntarse a la misma.

Tercera. Temática y modalidad.

1. El tema propuesto consiste en crear una imagen nueva, dinámica y moderna que represente el movimiento asociativo joven de Andalucía y lo que ha significado durante estos veinticinco años de historia el Consejo de la Juventud de Andalucía.

2. El objeto del concurso es el diseño de los colores y los motivos. Los colores son libres, pudiendo el concursante hacer las combinaciones fondo/dibujo que le parezcan más oportunas. El resultado debe ser moderno, original y alegre.

3. Además de dibujos, puede también incorporar palabras o frases, si con ello se consigue un efecto atractivo relacionado con el tema propuesto.

4. Los diseños deben ser originales e inéditos, no habiendo sido presentados ni premiados en ningún otro certamen ni concurso.

Cuarta. Forma de la presentación.

1. Los participantes deberán presentar sus bocetos en formato DIN A4. Al dorso deberá figurar únicamente el título o nombre del modelo.

2. Los diseños también pueden ser realizados en aplicaciones informáticas. En ese caso deberán ser presentados en un CD Rom en dos formatos: el formato original de la aplicación utilizada y en formato pdf. Al igual que en los bocetos en papel, el dibujo debe aparecer en el documento. En la carátula del CD Rom deberá figurar únicamente el título o nombre del modelo.

3. Los trabajos tendrán que versar sobre el objeto del concurso, la imagen conmemorativa del XXV Aniversario del Consejo de la Juventud de Andalucía, y podrán realizarse en técnica libre.

4. Cada participante puede presentar todos los modelos que desee, siendo los premios concedidos a las obras y no a los diseñadores. No obstante, por cada modelo presentado el o la participante deberá adjuntar la documentación que se relaciona a continuación.

Quinta. Datos personales y documentación a adjuntar.

1. Los trabajos deberán de ir acompañados de un folio independiente con los siguientes datos personales:

- Nombre y apellidos.

- DNI.

- Fecha de nacimiento.

- Dirección.

- Localidad.

- Código Postal.

- Teléfono de contacto.

- Nombre o título del modelo.

2. Junto al trabajo y los datos personales, se deberá acompañar la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) En su caso, documento que acredite ser andaluz o residente en Andalucía.

c) Autorización al Consejo de la Juventud de Andalucía para la publicación, reproducción o distribución, total o parcial de las obras presentadas al concurso, con renuncia expresa a cualquier tipo de reclamación que pueda derivarse y en los términos exigidos en el R.D.L. 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual Vínculo a legislación, firmada por la persona solicitante.

d) De conformidad con lo establecido en los artículos 323 del Código Civil y 44 de la Ley de Propiedad Intelectual Vínculo a legislación, en el caso de menores de edad no emancipados legalmente, autorización del padre, madre o tutor legal para la participación en este Concurso, así como para cualquier cuestión relacionada con el mismo.

e) Para los miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía, fotocopia del DNI o pasaporte de los participantes y certificación del órgano correspondiente de la entidad, acreditativa de la pertenencia de la persona solicitante a la misma.

3. De acuerdo con lo establecido en Ley Orgánica 15/1999 Vínculo a legislación, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Consejo de la Juventud de Andalucía sólo utilizará los datos personales de los participantes, obtenidos por la participación en el citado concurso, para fines relacionados con el mismo, no pudiendo ser cedidos. Dichos datos serán conservados en un fichero autorizado, pudiendo ser ejercidos los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación sobre los mismos enviando solicitud a la sede del Consejo, sita en Avenida de San Francisco Javier, 9, Edificio Sevilla 2, planta 8.ª, módulo 24 (41018) Sevilla, o bien, mediante correo electrónico a la dirección: [email protected].

Sexta. Lugar y plazo de presentación de los trabajos.

1. Los trabajos acompañados de los datos personales de las personas participantes y de la documentación señalada en la base anterior, se presentarán, preferentemente en la sede del Consejo de la Juventud de Andalucía, sita en Avenida de San Francisco Javier, 9, Edificio Sevilla 2, planta 8.ª, módulo 24 (41018) Sevilla, bien mediante su entrega personal, bien mediante carta certificada con acuse de recibo. También se podrán presentar en los servicios centrales del Instituto Andaluz de la Juventud y en sus Direcciones Provinciales, así como en los lugares y por los medios indicados en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. En el supuesto de presentación en lugar distinto a la sede del Consejo de la Juventud de Andalucía, se deberá enviar el justificante de su presentación escaneado a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected].

3. Los trabajos, acompañados de la documentación y de los datos personales anteriormente señalados, deberán ser presentados en el plazo máximo de quince días contados a partir del día siguiente a aquél en que se publiquen las presentes bases en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptima. Premio e incentivos.

Se otorgará entre las obras presentadas un único premio consistente en un equipo informático valorado en un máximo de 1.000 euros. Además la obra premiada y aquellas que el Jurado entienda merecedoras de una consideración especial por su calidad o por su interés social serán publicadas.

La obra ganadora será utilizada por el Consejo de la Juventud de Andalucía como imagen en la publicidad y material realizado con motivo de la celebración de todos los actos conmemorativos del XXV Aniversario, y en futuros eventos a celebrar por el Consejo.

Octava. Constitución Vínculo a legislación del Jurado y fallo del mismo.

1. Para la concesión del premio establecido en la presente Resolución se constituirá un Jurado que estará formado por las siguientes personas:

- Un máximo de ocho representantes designados por la Comisión Permanente del Consejo de la Juventud de Andalucía, de entre los propuestos por el representante legal de aquellas Entidades Miembros del mismo que soliciten participar en dicho Jurado.

- Un miembro de la Comisión Permanente del citado Consejo, que actuará como Presidente del Jurado.

- Un representante del Instituto Andaluz de la Juventud, que actuará como secretario del mismo.

- Un representante del equipo técnico del Consejo de la Juventud de Andalucía.

2. El fallo del jurado será inapelable, se hará público y se comunicará a los participantes a través de la página web del Consejo de la Juventud de Andalucía, así como a través de la página web del Instituto Andaluz de la Juventud.

3. Si el Jurado determina que las obras presentadas no tienen suficiente calidad, el premio se podrá declarar desierto.

Novena. Exposición y propiedad de las obras.

Se publicará la obra ganadora así como aquellas que resulten de interés para el Jurado.

Una vez realizado el fallo del Jurado, los originales no premiados serán devueltos a los autores y autoras que lo soliciten en los 30 días siguientes a la entrega del premio.

La obra premiada quedará en propiedad del Instituto Andaluz de la Juventud, el cual cederá su uso al Consejo de la Juventud de Andalucía, que podrá publicarla o reproducirla sin limitación de tiempo ni lugar, haciendo mención al autor/a.

Las obras no premiadas cuya devolución no haya sido solicitada, quedarán igualmente en propiedad del Instituto de la Juventud de Andalucía el cual cederá su uso al Consejo de la Juventud de Andalucía, que podrá hacer uso de ellas sin limitación de tiempo ni lugar, haciendo mención del autor en todo caso.

Décima. Aceptación de las bases.

La participación en el presente concurso implica la aceptación de la totalidad de estas bases.

Anexo

Omitido.

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