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  • EDICIÓN DE 15/03/2010
 
 

Subvenciones correspondientes a diversos programas de actuación a favor de las Comunidades Extremeñas en el Exterior

15/03/2010
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Orden de 26 de febrero de 2010 por la que se convocan subvenciones correspondientes a diversos programas de actuación a favor de las Comunidades Extremeñas en el Exterior (DOE de 12 de marzo de 2010). Texto completo.

ORDEN DE 26 DE FEBRERO DE 2010 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES A DIVERSOS PROGRAMAS DE ACTUACIÓN A FAVOR DE LAS COMUNIDADES EXTREMEÑAS EN EL EXTERIOR.

El Decreto 261/2008 Vínculo a legislación, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones correspondientes a diversos programas de actuación a favor de las Comunidades Extremeñas en el Exterior, modificado por el Decreto 7/2010, de 29 de enero, establece en su artículo 5 que estas subvenciones se tramitarán por el procedimiento de concurrencia competitiva, que se iniciará de oficio mediante Orden de convocatoria aprobada por el titular del Departamento correspondiente.

Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son conferidas, de conformidad con el artículo 4.2.f) Vínculo a legislación del Decreto 213/2008, de 24 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2002 Vínculo a legislación, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

1. El objeto de la presente Orden es realizar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones correspondientes a diversos programas de actuación a favor de las Comunidades Extremeñas en el Exterior, en régimen de concurrencia competitiva, para sufragar los gastos derivados de la realización durante el ejercicio económico 2010 de los programas previstos en materia de emigración:

- Programa 1: Mantenimiento de estructuras.

- Programa 2: Actividades de las Asociaciones y Actividades de las Federaciones de Asociaciones.

- Programa 3: Equipamientos.

- Programa 4: Reparaciones y mantenimiento de locales.

- Programa 5: Prestación de un Punto de Información de Extremadura (PIEX).

- Programa 6: Ayudas para la realización de proyectos promovidos para la Juventud.

- Programa 7: Ayudas para la contratación de grupos de músicas, de teatro y otras manifestaciones culturales.

2. La convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto 261/2008 Vínculo a legislación, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones correspondientes a diversos programas de actuación a favor de la Comunidades Extremeñas en el Exterior, modificado por el Decreto 7/2010, de 29 de enero.

Artículo 2. Crédito y cuantía de las ayudas.

1. El presupuesto destinado a esta convocatoria es de ochocientos veinte mil cuatrocientos diez euros con cincuenta céntimos (820.410,50 €). Las subvenciones se imputarán a los créditos previstos en la Ley 8/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2010, conforme a los siguientes límites:

a. Programa 1: Mantenimiento de estructura, cuarenta mil quinientos sesenta euros (40.560 euros); Programa 2: Actividades de las Asociaciones, doscientos noventa mil euros (290.000 euros), y Actividades de las Federaciones, ciento dieciséis mil euros (116.000 euros); Programa 5: Prestaciones de un Punto de Información de Extremadura (PIEX), sesenta mil euros (60.000 euros); y Programa 7: Ayudas para la contratación de grupos de música, de teatro y otras manifestaciones culturales, doscientos veinte mil euros (220.000 euros). Todo ello, con cargo a la aplicación presupuestaria 02.02.253C.489.00, en el proyecto 2000.14.04.0009.

b. Programa 3: Equipamiento, treinta y cinco mil euros (35.000 euros); y Programa 4:

Reparaciones y mantenimiento de locales, treinta y nueve mil setecientos treinta euros con cincuenta céntimos (39.730,50 euros). Ambos, con cargo a la aplicación presupuestaria 02.02.253C.789.00, en el proyecto 2000.14.04.0009.

c. Programa 6: Ayudas para la realización de proyectos promovidos para la juventud, diecinueve mil ciento veinte euros (19.120 euros). Con cargo a la aplicación presupuestaria 02.02.253C.489.00, en el proyecto 2009.02.02.0006.

2. Las cuantías que se concedan en las subvenciones reguladas en la presente Orden no podrán superar el porcentaje del coste total de cada proyecto que seguidamente se indica, estando obligadas las entidades beneficiarias a sufragar con otros recursos, hasta llegar al 100% del proyecto para el que se solicita la ayuda:

- Programa 1 (Mantenimiento de estructura): hasta el 50% del coste total del proyecto.

- Programas 2, 3, 4 y 6 (Actividades, equipamiento, reparación y mantenimiento de locales y ayudas para la realización de proyectos promovidos para la juventud): hasta el 80% del coste total del proyecto.

- Programa 5 (Prestación de un Punto de Información de Extremadura (PIEX)): hasta el 90% del coste total del proyecto.

- Programa 7 (Ayudas para la contratación de grupos de música, de teatro y otras manifestaciones culturales): hasta el 100% del caché del grupo.

3. Estos créditos podrán aumentarse, antes de la resolución del procedimiento de concesión de estas ayudas, en función de nuevas disponibilidades presupuestarias, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Artículo 3. Solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes para la obtención de las subvenciones seguirán el modelo que figura en los Anexos I a VII, en función del programa correspondiente, y en ellas se podrá autorizar al órgano gestor de las ayudas para que compruebe de oficio que el solicitante se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Hacienda de la Comunidad Autónoma, según lo establecido en el Decreto 125/2005 Vínculo a legislación, de 24 de mayo, por el que se aprueban medidas para la mejora de la tramitación administrativa y simplificación documental asociada a los procedimientos de la Junta de Extremadura. En el caso de que los interesados no otorguen su autorización expresa a la cesión de datos conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, deberán aportar junto a su solicitud una certificación administrativa positiva, expedida en soporte papel por el órgano competente de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Hacienda de la Comunidad Autónoma.

2. La documentación a presentar junto a la solicitud para cada uno de los programas será la siguiente:

a) Documentación común de obligada presentación en todos los programas:

- Modelo de Alta de Terceros debidamente cumplimentado, en el caso de no encontrarse ya dado de alta con anterioridad en el subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura.

- Documentación que acredite la implantación y trayectoria de la Asociación en su ámbito territorial, según modelo normalizado, que figura como Anexo VIII.

- Memoria explicativa de los programas subvencionados en el año anterior a la convocatoria para la que solicita ayuda, según modelo normalizado que figura como Anexo IX, al que se acompañará memoria gráfica de la ejecución de dichos programas (fotografías, vídeos, noticias de prensa,...).

b) Documentación específica para cada uno de los programas:

Programa 1: Mantenimiento de estructura:

- Solicitud según modelo normalizado, que figura como Anexo I.

- Memoria detallada de los gastos corrientes cuya financiación se pretenda y de los recursos con que se cuente para sufragarlos, y de los elementos de juicio utilizados para la obtención de esos cálculos.

Programa 2: Actividades:

- Solicitud según modelo normalizado que figura como Anexo II.

- Memoria detallada de las actividades cuya financiación se pretenda con indicación de:

• Objetivos a conseguir (proyección social y divulgación de las señas de identidad de Extremadura, fomento de la participación de la juventud vinculada a la asociación, formación y capacitación para la adquisición de habilidades tecnológicas, otros).

• Recursos materiales, humanos y financieros con los que se cuenta.

• Temporalización.

• Colectivo de personas sobre el que se incide directamente.

• Actividad compartida con otra asociación extremeña o no; si es compartida especificar la Asociación.

• Presupuesto de los ingresos y gastos con que se cuente para su realización y procedencia.

• Importe solicitado.

• Subvenciones solicitadas a otros organismos para la misma finalidad.

Programa 3: Equipamiento:

- Solicitud según modelo normalizado, que figura como Anexo III.

- Presupuesto en el que se detalle el coste por unidad y el coste total del material a adquirir.

Programa 4: Programa de reparación y mantenimiento de locales:

- Solicitud según modelo normalizado, que figura como Anexo IV.

- Presupuesto detallado de las obras y reformas a realizar, con especificación del coste de materiales y mano de obra.

Programa 5: Prestación de un Punto de Información de Extremadura (PIEX):

- Solicitud según modelo normalizado, que figura como Anexo V.

- Memoria explicativa del funcionamiento del PIEX, con indicación de:

• Recursos materiales y humanos con los que se cuenta.

• Presupuesto de ingresos y gastos.

• Detalle de las gestiones más frecuentes y relevantes que lleven a cabo.

Programa 6: Ayudas para la realización de proyectos promovidos para la juventud:

- Solicitud según modelo normalizado, que figura como Anexo VI.

- Memoria detallada y, en lo posible, circunstanciada de las proyectos cuya financiación se pretenda con indicación, en su caso, de los objetivos a conseguir y de los medios materiales y humanos a destinar a tal fin, especificando cuáles de ellos están ya a su disposición y cuáles se esperan conseguir y por qué cauces.

- Presupuesto detallado que recoja el coste previsto de realización de las actividades para las que se solicita la ayuda.

- Certificado del secretario, con el visto bueno del presidente, acreditativo de que los jóvenes que presentan el proyecto forman parte de secciones o comisiones juveniles de la entidad o fueron nombrados por la junta directiva para el total desarrollo del proyecto.

- Certificación del secretario, con el visto bueno del presidente, acreditativa de la presencia de jóvenes menores de 35 años en los órganos directivos de la entidad solicitante (con sus nombres y apellidos, número de DNI o documentación similar y cargo que ocupan en la entidad).

Programa 7: Ayudas para la contratación de grupos de músicas, de teatro y otras manifestaciones culturales:

- Solicitud según modelo normalizado, que figura como Anexo VII.

- Presupuesto detallado que comprenda el coste de las actuaciones culturales que se van a desarrollar, así como la factura pro forma que recoja el caché profesional, emitida por el grupo cultural que se prevé contratar.

Artículo 4. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes, con la documentación que corresponda en cada caso, se podrán presentar en las oficinas de Registro de la Junta de Extremadura, en los Centros de Atención Administrativa, en las Oficinas de Respuesta Personalizada, a través del Registro Telemático creado por el Decreto 2/2006, de 10 de enero -siempre que las solicitudes reúnan los requisitos establecidos en el apartado 3 del artículo 13 de esta norma-, así como en los registros y oficinas a que hace referencia el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se optara por presentar su solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.

El plazo para su presentación será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 5. Justificación de la subvención.

Las entidades que resulten beneficiarias presentarán justificación de la subvención en el plazo y forma establecidos en el artículo 11 Vínculo a legislación del Decreto 261/2008, de 29 de diciembre, mediante aportación de la relación de gastos, cumplimentada conforme al Anexo X.

Artículo 6. Recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Vicepresidencia Primera y Portavocía de la Junta de Extremadura, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 Vínculo a legislación y 117 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 102 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

Se faculta al titular de la Dirección General de Acción Exterior para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos.

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