Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/03/2010
 
 

Subvenciones para apoyo a la realización de inversiones para ahorro energético

09/03/2010
Compartir: 

Orden EYE/253/2010, de 11 de febrero, por la que se modifica la Orden EYE/2190/2008, de 15 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyo a la realización de inversiones para ahorro energético y la mejora de la eficiencia energética en el Sector Transportes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOCYL de 8 de marzo de 2010). Texto completo.

ORDEN EYE/253/2010, DE 11 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EYE/2190/2008, DE 15 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA APOYO A LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES PARA AHORRO ENERGÉTICO Y LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EL SECTOR TRANSPORTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN.

La Orden EYE/2190/2008, de 15 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyo a la realización de inversiones para ahorro energético y la mejora de la eficiencia energética en el Sector Transportes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León se publicó en el “Boletín Oficial de Castilla y León” el 22 de diciembre de 2008.

Posteriormente, se publicó la corrección de errores de dicha Orden, el 20 de febrero de 2009, y una modificación de la misma, realizada por Orden EYE/2279/2009, de 7 de diciembre, publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” el 18 de diciembre de 2009.

Se considera ahora necesaria una nueva modificación, con objeto, en primer lugar, de permitir que en la convocatoria se establezca un límite a la cuantía de subvención en una determinada actuación, en segundo lugar de delimitar los posibles beneficiarios en una actuación concreta, y, en tercer lugar, de concretar aspectos relacionados con la documentación a presentar por los solicitantes en la fase de liquidación.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Primero.- Se modifica la Orden EYE/2190/2008, de 15 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyo a la realización de inversiones para ahorro energético y la mejora de la eficiencia energética en el Sector Transportes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, modificada por Orden EYE/2279/2009, de 7 de diciembre, en los siguientes términos:

• Base 4.1. En el tipo de actuación 11.-E4STMP1B, la cuantía de subvención tendrá la siguiente redacción: “El coste abonado por contrataciones externas, de servicios, suministros y mantenimiento, con el máximo indicado en la convocatoria”.

• Base 4.3. La última frase de su segundo párrafo quedará redactada de la siguiente forma: “Además sólo serán subvencionables las actuaciones que incluyan al menos 50 bicicletas y 3 bases, y que acrediten un mantenimiento del sistema con un plazo mínimo de tres años”.

• Base 4.3. Se incluye un nuevo párrafo entre los actuales párrafos tercero y cuarto con la siguiente redacción: “Las actuaciones previstas en el número 14 del apartado 1, sólo serán subvencionables si se solicitan por una Entidad Local”.

• Base 14.2. Documentación a aportar. Se elimina el apartado f), pasando el apartado g) (“Cuando resulte de aplicación…) a denominarse apartado f).

• Base 14.2. Documentación a aportar. Se incluye un nuevo apartado, con la siguiente redacción: “g) Cuando sea de aplicación, fotocopia compulsada del Permiso de circulación y Ficha Técnica del Vehículo”.

• Base 14.2. Documentación a aportar. Se incluye un nuevo apartado, con la siguiente redacción: “h) Cuando resulte de aplicación, copia, en papel y en formato digital, de la auditoría y/o estudio de viabilidad.”

• Base 14.2. Documentación a aportar. Se incluye un nuevo apartado, con la siguiente redacción: “i) Cuando se trate de una actuación encuadrada en el número 11. E4STMP1B-Promoción de transporte urbano en bicicleta, mediante sistemas de préstamo de bicicletas, se deberá aportar documento que acredite mantenimiento del sistema con un plazo mínimo de tres años.”

Disposición Transitoria.- La Administración aplicará de oficio esta modificación a las solicitudes presentadas que puedan verse afectadas por ella, solicitando a los interesados la documentación complementaria necesaria, en su caso. Esta modificación se aplicará a la convocatoria efectuada por Orden EYE/2400/2009.

Disposición Final.- La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana