La ley no introduce el derecho a exigir en los tribunales la propiedad de una casa, pero sí permite a los ciudadanos reclamar ante los tribunales de lo Contencioso-administrativo el incumplimiento de las obligaciones por parte de las Administraciones públicas de que haya planes de vivienda protegida.
Las Administraciones disponen de dos años antes de que se puedan presentar demandas por esta causa.