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  • EDICIÓN DE 17/11/2009
 
 

Centro Nacional de Sanidad Ambiental del Instituto de Salud “Carlos III”

17/11/2009
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Real Decreto 1587/2009, de 16 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 250/2004, de 6 de febrero, por el que se declara al Centro Nacional de Sanidad Ambiental del Instituto de Salud “Carlos III” y al Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas” como laboratorios asociados al Centro Español de Metrología y depositarios de los patrones nacionales de ozono y de potencia, ruido e impedancia en alta frecuencia, respectivamente (BOE de 17 de noviembre de 2009). Texto completo.

REAL DECRETO 1587/2009, DE 16 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 250/2004, DE 6 DE FEBRERO, POR EL QUE SE DECLARA AL CENTRO NACIONAL DE SANIDAD AMBIENTAL DEL INSTITUTO DE SALUD “CARLOS III” Y AL LABORATORIO DE RADIOFRECUENCIA Y MICROONDAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE TÉCNICA AEROESPACIAL “ESTEBAN TERRADAS” COMO LABORATORIOS ASOCIADOS AL CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGÍA Y DEPOSITARIOS DE LOS PATRONES NACIONALES DE OZONO Y DE POTENCIA, RUIDO E IMPEDANCIA EN ALTA FRECUENCIA, RESPECTIVAMENTE.

El artículo 1 Vínculo a legislación del Real Decreto 346/2001, de 4 de abril, por el que se declara al Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia, al Departamento de Metrología y Ensayos del Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería, y al Laboratorio de Temperatura y Humedad del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, como laboratorios asociados al Centro Español de Metrología y depositarios de los patrones nacionales de las unidades derivadas de intervalo de alta tensión eléctrica (superior a 1.000 V), de atenuación en alta frecuencia y de humedad, respectivamente, declaró al Departamento de Metrología y Ensayos del Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería, dependiente de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa, como laboratorio asociado al Centro Español de Metrología en el campo metrológico de la atenuación en alta frecuencia, así como depositario del patrón nacional de la unidad derivada de atenuación en alta frecuencia.

Por su parte, el Real Decreto 250/2004, de 6 de febrero, por el que se declara al Centro Nacional de Sanidad Ambiental del Instituto de Salud “Carlos III” y al Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas” como laboratorios asociados al Centro Español de Metrologia y depositarios de los patrones nacionales de ozono y de potencia, ruido e impedancia en alta frecuencia, respectivamente, en su artículo 1.2 declaró al laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial del Ministerio de Defensa, como laboratorio asociado al Centro Español de Metrología en el campo metrológico de la alta frecuencia.

Por la Orden DEF/3537/2006, de 13 de noviembre, del Ministerio de Defensa, se ha creado el Instituto Tecnológico “La Marañosa” que integra seis centros dependientes de la Dirección General de Armamento y Material, entre los que se encuentra el Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería, integración que supone, al mismo tiempo, la desaparición de todos ellos.

Durante el proceso de adaptación al nuevo Instituto Tecnológico “La Marañosa” se producirán una serie de inconvenientes para la continuidad del patrón nacional puesto que el Taller de Precisión no podrá dar trazabilidad ni servicio de calibración durante un largo período de tiempo. Al mismo tiempo, se dificultará el cumplimiento de los requisitos internacionales de los procedimientos de calidad que deben mantener los institutos europeos de metrología ya que el Instituto Tecnológico “La Marañosa” necesitará algún tiempo para implantar de manera adecuada los nuevos procedimientos de calidad.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería propuso al Centro Español de Metrología la transferencia del Patrón de atenuación en alta frecuencia al Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial. De esta forma se solucionarán los problemas de adaptación al tiempo que los cuatro patrones eléctricos de alta frecuencia quedarán agrupados y depositados en un único laboratorio asociado, también bajo la dependencia del Ministerio de Defensa, lo que conllevará una racionalización del servicio en la organización metrológica nacional.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6.2 Vínculo a legislación del Real Decreto 584/2006, de 11 de mayo, por el que se determina la estructura, composición y funcionamiento del Consejo Superior de Metrología, la propuesta ha sido sometida a la consideración del Consejo Superior de Metrología donde, en el seno de la Comisión de Laboratorios Asociados al Centro Español de Metrología, se ha creado un grupo de trabajo para garantizar el correcto planteamiento técnico de la transferencia del patrón.

El real decreto ha sido informado favorablemente por el Ministerio de Defensa y por el Consejo Superior de Metrología.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de octubre de 2009,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 250/2004, de 6 de febrero, por el que se declara al Centro Nacional de Sanidad Ambiental del Instituto de Salud “Carlos III” y al Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas” como laboratorios asociados al Centro Español de Metrología y depositarios de los patrones nacionales de ozono y de potencia, ruido e impedancia en alta frecuencia, respectivamente.

El artículo 1.2 del Real Decreto 250/2004, de 6 de febrero, por el que se declara al Centro Nacional de Sanidad Ambiental del Instituto de Salud “Carlos III” y al Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas” como laboratorios asociados al Centro Español de Metrología y depositarios de los patrones nacionales de ozono y de potencia, ruido e impedancia en alta frecuencia, respectivamente, queda redactado de la siguiente manera:

“2. Se declara al Laboratorio de Radiofrecuencia y Microondas del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial del Ministerio de Defensa como laboratorio asociado al Centro Español de Metrología en el campo metrológico de la alta frecuencia, así como depositario de los patrones nacionales de atenuación, potencia, ruido e impedancia en alta frecuencia.”

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el artículo 1.2 del Real Decreto 346/2001, de 4 de abril, por el que se declara al Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia, al Departamento de Metrología y Ensayos del Taller de Precisión y Centro Electrotécnico de Artillería, y al Laboratorio de Temperatura y Humedad del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, como laboratorios asociados al Centro Español de Metrología y depositarios de los patrones nacionales de las unidades derivadas de intervalo de alta tensión eléctrica (superior a 1.000 V) de atenuación en alta frecuencia y de humedad, respectivamente.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.12.ª Vínculo a legislación de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para dictar la legislación sobre pesas y medidas.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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