ORDEN DE 2 DE OCTUBRE DE 2009 POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DE LA ZONA DE INTERÉS REGIONAL SIERRA DE SAN PEDRO Y SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DEL MISMO.
La Ley 8/1998 , de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura declaró Espacio Natural Protegido la Zona de Especial Protección para las Aves Sierra de San Pedro.
A raíz de su declaración como Espacio Natural Protegido adquirió la categoría de Zona Especial de Conservación de las reguladas en el artículo 21 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura, en su redacción original.
La Ley 9/2006, de 23 de diciembre, modificó la Ley de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura y cambió la denominación de las Zonas Especiales de Conservación que pasaron a denominarse Zonas de Interés Regional.
El artículo 49 de la Ley de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura define a los Planes Rectores de Uso y Gestión como el elemento básico de gestión de los Espacios Naturales Protegidos y establece que será obligatoria se existencia, entre otros, en las Zonas de Interés Regional.
El procedimiento de aprobación de los Planes Rectores de Uso y Gestión viene establecido en el artículo 51 de la Ley de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura y, siguiendo este procedimiento, el 1 de junio de 2006 el entonces Director General de Medio Ambiente dictó una Resolución por la que se aprobaba inicialmente el Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona de Interés Regional (ZIR) Sierra de San Pedro.
Informado favorablemente por la Junta Rectora del Parque Natural en su sesión de 30 de junio de 2006, el proyecto del Plan es sometido a información pública mediante Anuncio de 14 de julio de 2006. Asimismo, se notifica a cuantos aparecen como interesados y se solicitan los informes y consultas legalmente exigidos. Finalmente, el proyecto es informado favorablemente por el Consejo Asesor de Medio Ambiente de Extremadura.
Conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura, el Consejo de Gobierno conoció el texto del Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona de Interés Regional (ZIR) Sierra de San Pedro.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con el artículo 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO:
Artículo único.
Se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona de Interés Regional Sierra de San Pedro, integrado por la parte dispositiva, las coordenadas de los límites periféricos, las coordenadas de la zonificación y la cartografía que se contienen, respectivamente, en los Anexos I, II, III y IV de la presente Orden, y se ordena la publicación del mismo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Anexos
Omitidos.