Diario del Derecho. Edición de 23/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 15/10/2009
 
 

Jueces contenciosos y poderes públicos; por José Eugenio Soriano García, Catedrático de Derecho Administrativo y colaborador de Iustel

15/10/2009
Compartir: 

El día 13 de octubre de 2009 se publicó, en el diario El Imparcial, un artículo de José Eugenio Soriano García en el cual el autor opina que las Sentencias útiles de lo Contencioso - Administrativo son las que tienen un contenido declarativo, las que sientan doctrina sobre una determinada interpretación, pero las Sentencias que tienen que enfrentarse con una transformación material de la realidad simplemente no se ejecutan. Trascribimos íntegramente dicho artículo.

JUECES CONTENCIOSOS Y PODERES PÚBLICOS

El contencioso administrativo se inventó, con mucho esfuerzo, vacilaciones y marchas atrás, para aplicar el Derecho también al Poder. De ahí, las dificultades. Porque cuando es el Juez Civil o Mercantil el que juzga, normalmente existe una cierta equivalencia entre las partes, y éstas son las que deben aportar los datos y las pruebas, convencer con sus alegaciones y, finalmente, lograr persuadir de que los hechos demostrados tienen la razón jurídica de su parte.

Sin embargo, cuando se trata del Juez Contencioso, las cosas cambian mucho. Demasiado, diríamos. Porque se trata de una lucha de un David contra el Goliat de la Administración Pública al que, de una u otra manera, el juez está siempre ligado. Ligado porque no deja de ser un funcionario. Ligado porque es el poder lo que tiene que juzgar, lo que es muy difícil especialmente en la primera instancia donde todos se conocen. Ligado por la continua presión de la Administración quien con variadas técnicas tiene una cercanía extraordinaria con el Juez en múltiples foros. Ligado porque en caso de anular un acto, tiene que dar un varapalo a lo que, pomposamente, la Administración llama interés general. Ligado porque existe un expediente (más o menos completo) que le da ya las cosas resueltas. Ligado porque la Administración va de “técnica y experta”, mientras que el Juez no lo es. Ligado porque los privilegios procedimentales y procesales de la Administración, son enormes. Ligado porque resulta más cómodo seguir la corriente. Ligado porque hay miedo a otorgar medidas cautelares en asuntos económicos (con alguna excepción muy sonada, pero que no es sino excepción y no regla general). Ligado porque es mucho más complaciente llevarse bien con la Administración que tenerla enfrente todos los días. Ligado porque no tiene el Juez que ejecutar la Sentencia sino que la remite a la propia Administración. Ligado porque se puede poner una Sentencia preciosa que luego nunca se ejecute (como sucede en urbanismo, contratación y medio ambiente). Las Sentencias útiles de lo Contencioso - Administrativo son las que tienen un contenido declarativo y, digámoslo así, programático. Las que sientan doctrina sobre una determinada interpretación. Y esas Sentencias si son eficaces. Pero las Sentencias que tienen que enfrentarse con una transformación material de la realidad, por ejemplo, derribar una urbanización ilegal o adjudicar un contrato importante a un segundo licitador no designado por la Administración, simplemente no se ejecutan. Se enmarcan bellamente como preciosas joyas de la arqueología jurídica, hermosas pero inútiles. Y es esto lo que tiene que cambiar. Lo iremos viendo en próximos artículos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana