La Orden de 2 de septiembre de 2009 modifica la Orden de 16 de septiembre de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de Bachillerato en el régimen nocturno en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón para dar cumplimiento a la Sentencia de 2 de febrero de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
La Orden 16 de septiembre de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas del Bachillerato en el régimen nocturno en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón puede consultase en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.
ORDEN DE 2 DE SEPTIEMBRE DE 2009, DE LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 16 DE SEPTIEMBRE DE 2008, DE LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE ORDENAN Y ORGANIZAN LAS ENSEÑANZAS DE BACHILLERATO EN EL RÉGIMEN NOCTURNO EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.
La Orden de 16 de septiembre de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, ordena y organiza las enseñanzas del Bachillerato en el régimen nocturno en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La sentencia de 2 de febrero de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, declara la nulidad del apartado segundo del artículo 14 del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas, apartado relativo a la permanencia de un año más en el mismo curso de Bachillerato, por resultar contrario a las normas generales sobre la materia.
Como consecuencia del la misma, la Orden de 27 de mayo de 2009, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, declaró nulos y sin efectos los apartados 2 y 3 del artículo 22 de la Orden de 1 de julio de 2008, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de Bachillerato y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El Decreto 18/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, atribuye al mismo el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad autónoma en materia de enseñanza no universitaria y, en particular, en su artículo 1.h, la aprobación, en el ámbito de sus competencias, del currículo de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo, del que forman parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas fijadas por el Estado.
Por todo ello, en virtud de las atribuciones conferidas y con el fin de dar cumplimiento a la citada sentencia, dispongo:
Artículo único.-Se declara nulo y sin efecto el artículo 9. b.3 correspondiente a la Orden de 16 de septiembre de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de Bachillerato en el régimen nocturno en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.