La Orden de 3 de agosto de 2009 sustituye los Anexos I y IV del Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas.
El Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.
ORDEN DE 3 DE AGOSTO DE 2009, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS ANEXOS I Y IV DEL DECRETO 72/2008, DE 4 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULAN LAS HOJAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS Y USUARIAS EN ANDALUCÍA Y LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS RELACIONADAS CON ELLAS.
En el artículo 3.1 del Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas, se establece la obligación de las personas titulares de actividades que comercialicen bienes o presten servicios en la Comunidad Autónoma de Andalucía de tener las hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras y usuarias en sus centros y establecimientos, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo I. Asimismo, en el artículo 4.4 se determina que las empresas titulares de actividades que posibiliten la presentación a través del sistema de hojas electrónicas de quejas y reclamaciones, exhibirán el distintivo acreditativo de tal circunstancia que aparece en el Anexo IV.
Por otra parte, mediante la disposición final segunda del citado Decreto se establece la posibilidad de actualizar los modelos incluidos en los Anexos. La actualización del Anexo I se realizó, por primera vez, por la Orden de 27 de junio de 2008.
Con posterioridad, tras la reestructuración de Consejerías realizada por el Decreto del Presidente 3/2009 , de 23 de abril, en el que se atribuyen a la Consejería de Salud las competencias relativas a consumo que venían siendo ejercidas por la Consejería de Gobernación, se hace necesario adaptar los citados Anexos a dichas modificaciones competenciales así como actualizar el texto a efectos de garantizar un uso no sexista del lenguaje, de acuerdo con lo previsto en la Ley 12/2007 , de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Se modifica el modelo de hoja de quejas y reclamaciones, así como el modelo de cartel informativo de la existencia de hojas electrónicas de quejas y reclamaciones, contenidos en los Anexos I y IV del Decreto 72/2008 , de 4 de marzo, que quedan sustituidos por los modelos que figuran en los Anexos de la presente Orden.
Segundo. La presente Orden comenzará a producir efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Anexos
Omitidos.