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Subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo

06/08/2009
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Orden EMP/66/2009 de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo para el ejercicio económico 2009 y 2010 (BOCA de 5 de agosto de 2009). Texto completo.

ORDEN EMP/66/2009 DE 23 DE JULIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO Y ASISTENCIA AL AUTOEMPLEO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2009 Y 2010.

En el marco de una de las líneas básicas de actuación del Servicio Cántabro de Empleo, la de promover la mejora de la empleabilidad de todos sus usuarios, las actividades que trata de fomentar esta Orden posibilitarán la realización de itinerarios integrados de inserción personalizados, dirigidos a personas en desempleo, dando prioridad a colectivos con especiales dificultades para el acceso y permanencia en el mercado de trabajo.

Para el Servicio Cántabro de Empleo, realizar estas actividades de información y orientación supone facilitar a las personas desempleadas un mejor posicionamiento ante la búsqueda de empleo y al mismo tiempo, contribuir a crear un mercado laboral más transparente.

El Plan Nacional de Reformas de España y la Estrategia de Lisboa incluyen la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres dentro de los objetivos comunitarios. Asimismo y con la finalidad de propiciar la necesaria y progresiva adaptación de la Ley 3/2007 Vínculo a legislación, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, como de otros textos legislativos sobre esta materia, se han tenido en cuenta sus principios inspiradores para la redacción de la presente Orden, por lo que las acciones que se lleven a efecto en el ámbito de la presente Orden llevarán incorporadas el enfoque integrado de género.

La Ley 10/2006 Vínculo a legislación, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, establece en su artículo 23 que el procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente. En este sentido, la persona titular de la Consejería de Empleo y Bienestar Social es el órgano competente para aprobar la presente convocatoria.

La Ley de Cantabria 8/2008, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009 contempla créditos destinados a la ejecución de acciones de Información, Orientación, Búsqueda de Empleo y Autoempleo llevadas a cabo por sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entes del sector público; corporaciones locales e instituciones sin fines de lucro con sede en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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