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V Encuentro Anual de Asociaciones de Mujeres Andaluzas

23/06/2009
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Resolución de 1 de junio de 2009, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa la convocatoria pública para la participación en el programa “V Encuentro Anual de Asociaciones de Mujeres Andaluzas” para el año 2009 (BOJA de 22 de junio de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 1 DE JUNIO DE 2009, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA “V ENCUENTRO ANUAL DE ASOCIACIONES DE MUJERES ANDALUZAS” PARA EL AÑO 2009.

La Ley 10/1988, de 28 de diciembre, creó el Instituto Andaluz de la Mujer como organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, mediante el Decreto 174/2009 Vínculo a legislación, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y que en su artículo 2.2 declara su adscripción a dicha Consejería del Instituto Andaluz de la Mujer, con la finalidad de promover las condiciones para que sea real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer andaluces, haciendo posible la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social, y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política de la mujer.

El Reglamento del Instituto Andaluz de la Mujer, aprobado por el Decreto 1/1989 Vínculo a legislación, de 10 de enero, en desarrollo de la Ley 10/1988, recoge entre sus funciones el establecimiento de cauces de participación con las Asociaciones de Mujeres que contribuyan a la consecución de los fines del Organismo.

En este marco normativo y con la finalidad de crear un espacio de conocimiento e intercambio de experiencias entre asociaciones de mujeres, mediante el trabajo conjunto en temas de su interés y realización de actividades y propuestas de actuación relacionadas con dicha temática, por el Instituto Andaluz de la Mujer se implantó en el año 2005 el programa “Encuentros Anuales de las Asociaciones de Mujeres Andaluzas”, para contribuir a la consolidación y fortalecimiento de redes entre las mismas.

La aprobación de la Ley 12/2007 Vínculo a legislación, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, supone un nuevo marco jurídico para impulsar y promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos. El movimiento asociativo de mujeres juega un papel en la sociedad actual, contribuyendo con sus aportaciones al avance social, político y cultural.

Dicha Ley, recoge específicamente entre sus objetivos, en su artículo 55, facilitar la creación de redes de asociaciones, ofreciendo las Tecnologías de la Información valiosas herramientas (internet, correo electrónico, páginas webs, teleformación, etc.) que contribuirán a la consecución de dicho objetivo.

En este sentido se organiza el V Encuentro Anual de Asociaciones de Mujeres Andaluzas, denominado “Nuevos territorios de comunicación y trabajo en red entre las organizaciones de mujeres. Las TIC”.

En virtud de ello y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 8 del Reglamento del Instituto Andaluz de la Mujer, aprobado por el Decreto 1/1989 Vínculo a legislación, de 10 de enero,

RESUELVO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto convocar a las asociaciones de mujeres andaluzas para la participación en el programa “V Encuentro de Asociaciones de Mujeres Andaluzas”, que se desarrollará en el año 2009, con la finalidad de promover la ampliación y consolidación del tejido asociativo de mujeres en nuestra Comunidad Autónoma y la creación de redes y consolidación de relaciones entre las mismas, superando la referencia local o provincial como principal marco territorial de actuación.

Segundo. Contenido y objetivos de la programación.

1. El V Encuentro Anual de Asociaciones de Mujeres Andaluzas, denominado “Nuevos territorios de comunicación y trabajo en red entre las organizaciones de mujeres. Las TIC” versará sobre las aportaciones de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación y el establecimiento de redes entre las Asociaciones de Mujeres, el fortalecimiento de las ya existentes y la utilización de nuevas herramientas para el trabajo en red con perspectiva de género.

La programación será la siguiente:

- Ponencia marco sobre la materia.

- Talleres.

- Presentación de comunicaciones.

- Actividades culturales de enriquecimiento del espacio privado de las participantes.

2. Los objetivos perseguidos con la citada programación son los siguientes:

- Promover la constitución de redes entre las asociaciones de mujeres, mediante su participación en sesiones de trabajo y talleres presenciales sobre temas de interés común.

- Ofrecer a las participantes algunas herramientas prácticas de las Tecnologías de la Información para el trabajo en red entre las asociaciones de mujeres.

- Establecer un espacio para el conocimiento e intercambio de experiencias y saberes, así como la realización de actividades conjuntas.

- Ofrecer a las socias de las asociaciones de mujeres un marco de convivencia e interrelación que supere su marco de referencia habitual y que enriquezca su espacio privado.

3. Las personas seleccionadas para participar en el programa tendrán cubiertos los gastos de desplazamiento entre la capital de la provincia de residencia al lugar del encuentro, manutención y alojamiento durante tres días, de viernes a domingo, así como la asistencia a los talleres, el material para la participación en los mismos, y la participación en las diversas actividades programadas.

Asimismo, el Instituto Andaluz de la Mujer pondrá a disposición de las personas con necesidades especiales los recursos necesarios para su participación.

4. Las personas que participen en el programa recibirán una certificación de asistencia expedido por el Instituto Andaluz de la Mujer. Para recibirla deberán asistir a la totalidad de las horas de formación del programa. Cualquier incidencia al respecto deberán comunicarla a la organización del evento.

5. El Instituto Andaluz de la Mujer establecerá los cauces de control de asistencia oportunos. El incumplimiento de la asistencia a todas las sesiones formativas sin causa justificada de las personas seleccionadas podrán conllevar la exclusión de la asociación a la que representan de futuras convocatorias de participación en materia de formación organizadas por el IAM.

6. Las entidades participantes recibirán una certificación de participación en el evento.

Tercero. Plazas y ediciones.

1. Se convocan un total de 240 plazas para mujeres pertenecientes a 120 asociaciones, correspondiendo a cada provincia andaluza la participación de 30 mujeres de 15 asociaciones.

2. El Encuentro tendrá lugar en la localidad de Baeza (Jaén), en dos ediciones, de la siguiente forma:

- Del 23 al 25 de octubre participarán 120 mujeres de asociaciones de Almería, Huelva, Málaga y Sevilla. La salida desde cada una de las provincias tendrá lugar el día 23 por la mañana, y el regreso tendrá lugar el día 25 por la tarde.

- Del 6 al 8 de noviembre participarán 120 mujeres de asociaciones de Cádiz, Córdoba, Granada y Jaén. La salida desde cada una de las provincias tendrá lugar el día 6 por la mañana, y el regreso tendrá lugar el día 8 por la tarde.

Cuarto. Requisitos de las asociaciones de mujeres participantes en el programa.

Las asociaciones de mujeres deberán cumplir los siguientes requisitos para participar en el programa:

a) Estar legalmente constituidas como asociación sin ánimo de lucro y domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Estar adheridas en el Programa Asocia del Instituto Andaluz de la Mujer, a través de los Centros Provinciales de la Mujer y de los Centros Municipales de Información a las mujeres.

c) Contar como mínimo con 30 mujeres socias.

d) Que las mujeres socias representen, al menos, el 90% de la totalidad de personas asociadas.

e) Los fines y objetivos de las asociaciones y federaciones solicitantes deberán contribuir a:

- Promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

- Promover la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social.

Quinto. Requisitos de las mujeres participantes en el programa.

Las asociaciones de mujeres propondrán a dos socias para participar en el programa, en representación de las mismas, debiendo reunir los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Ser socia de la asociación.

c) Haber participado activamente durante 2008 en las actividades promovidas por la asociación.

Sexto. Criterios de valoración para la selección de las asociaciones de mujeres participantes en el programa.

En cada provincia andaluza serán seleccionadas las 15 asociaciones que hayan alcanzado mayor puntuación, resultante de la aplicación del siguiente baremo cuya puntuación máxima son 25 puntos:

a) Por haber realizado en los dos últimos años actividades relacionadas con los siguientes ámbitos prioritarios de actuación (máximo 10 puntos):

1. Formación en temas de género: 2 puntos.

2. Fomento del trabajo en red: 2 puntos.

3. Fomento de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación: 2 puntos.

4. Fomento de la participación asociativa de mujeres jóvenes: 2 puntos.

5. Fomento de la participación asociativa de mujeres inmigrantes, mujeres con discapacidad o mujeres de etnia gitana: 2 puntos.

b) Por formar parte de federaciones de asociaciones de mujeres: 3 puntos.

c) Por formar parte de algún órgano de Coordinación Institucional a nivel municipal, provincial o regional: 3 puntos.

d) Por presentar una comunicación: 4 puntos.

e) Por haber participado en el V Seminario Provincial Mujeres Asociadas, en el año 2009: 5 puntos.

Séptimo. Solicitud y documentación.

La solicitud de participación en la convocatoria, según modelo que figura en el Anexo 1, deberá acompañarse de la siguiente documentación:

a) Copia de los estatutos y de la inscripción en el registro de asociaciones, quedando exceptuadas de presentar dicha documentación las solicitantes cuyos estatutos obren en poder del Instituto Andaluz de la Mujer y no hubieran sido modificados. En este supuesto bastará declaración responsable de la Presidenta en la que se haga constar tal extremo.

b) Fotocopia del DNI de la Presidenta y de quien suscriba la solicitud como representante legal (si no es la propia Presidenta), así como de las mujeres propuestas para participar en el programa. En el caso de personas extranjeras, fotocopia del documento de identidad que le corresponda de acuerdo con su situación legal en España.

Las interesadas podrán prestar su consentimiento para la consulta de sus datos de identidad a través de los correspondientes sistemas de verificación de identidad, en cuyo caso no será necesaria la presentación de los indicados documentos, salvo que fueran expresamente requeridas para ello.

c) Declaración de la Presidenta, sobre los requisitos establecidos para las mujeres propuestas para participar en el programa, de conformidad con el establecido en el acuerdo quinto, apartados b), c) y d) de la presente Resolución.

d) Declaración de la Presidenta, sobre la concurrencia en la asociación de las circunstancias establecidas en el acuerdo cuarto de la presente Resolución.

e) Certificación de la Secretaría de la Asociación de acreditación de la personalidad de la Presidenta de la misma. Se incluye modelo en Anexo 2.

f) Memoria acreditativa de los méritos alegados para su valoración según los criterios establecidos en el acuerdo sexto de la presente Resolución.

g) Opcional: Comunicación en materia de buenas prácticas sobre la utilización de las Nuevas Tecnologías para el trabajo en red. Se podrá presentar una comunicación por asociación, de entre cinco y diez folios a una cara. El contenido versará sobre una experiencia de buenas prácticas en la citada materia, ya finalizada o en proyecto que se esté llevando a cabo en la actualidad. El Instituto Andaluz de la Mujer seleccionará un máximo de ocho experiencias para comunicar en el encuentro. Todas las comunicaciones entregadas serán publicadas en la página web del Instituto Andaluz de la Mujer y entregadas a las participantes en el encuentro.

Octavo. Subsanación de errores.

Si a la solicitud no se acompañase la documentación requerida o la presentada adoleciera de algún defecto, el Instituto Andaluz de la Mujer requerirá a la entidad interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, archivándose sin más trámite, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Noveno. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y terminará el día 6 de julio de 2009. La presentación de la solicitud implicará que se autoriza a este Organismo para el tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella así como para su utilización en la difusión de cualquier actuación que el Instituto Andaluz de la Mujer pueda desarrollar y considere de interés para las asociaciones participantes.

2. La solicitud, dirigida a la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, y la documentación a que se refiere el acuerdo séptimo, se presentarán preferentemente en los Centros de la Mujer provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer, o en los lugares y por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décimo. Procedimiento de selección y de adjudicación de plazas.

1. En cada Centro de la Mujer provincial del Instituto Andaluz de la Mujer se estudiarán las solicitudes de las asociaciones que tengan sede social en su provincia y se procederá a su valoración de acuerdo con los criterios establecidos en el acuerdo sexto de la Resolución.

2. Una vez valoradas las solicitudes se elaborará una lista provisional de las solicitudes ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida, resultando seleccionadas las asociaciones de mujeres que obtengan mayor puntuación, quedando el resto como suplentes para el supuesto que se produjesen renuncias. Dicho listado provisional se expondrá en los tablones de anuncios de los centros de la mujer provinciales durante el plazo de cinco días para la presentación de las alegaciones que se estimen oportunas. Una vez resueltas las alegaciones desde el Centro de la Mujer correspondiente se elaborará la lista definitiva que se remitirá a la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer para su Resolución.

3. La Directora del Instituto Andaluz de la Mujer adjudicará las plazas mediante Resolución motivada que se notificará mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los tablones de anuncio del Instituto Andaluz de la Mujer y de sus Centros de la Mujer provinciales. Dicha Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en la normativa reguladora de dicha jurisdicción.

4. En caso de empate en la puntuación tras la aplicación del baremo, se determinará la participación de las asociaciones en el programa en función de la mayor antigüedad en su constitución (fecha de inscripción en el registro de asociaciones).

5. En el supuesto de que quedaran plazas vacantes en alguna provincia, el Instituto Andaluz de la Mujer, de forma motivada, podrá ampliar el número de asociaciones participantes en otras provincias, o ampliar a más de dos el número de mujeres participantes de alguna o algunas de las asociaciones seleccionadas.

Undécimo. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Anexos

Omitidos.

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