Diario del Derecho. Edición de 05/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 27/04/2009
 
 

Mérida III Milenio

27/04/2009
Compartir: 

Orden de 14 de abril de 2009 por la que se aprueba definitivamente la adaptación del Proyecto de Interés Regional “Mérida III Milenio”, en el término municipal de Mérida (DOE de 24 de abril de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 2009 POR LA QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA ADAPTACIÓN DEL PROYECTO DE INTERÉS REGIONAL “MÉRIDA III MILENIO”, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MÉRIDA.

Visto el expediente relativo a la adaptación del Proyecto de Interés Regional “Mérida III Milenio”, en el término municipal de Mérida, el cual fue aprobado mediante Decreto 179/2002, de 26 de diciembre.

Visto que el objeto de la adaptación solicitada consiste en incrementar la ocupación de la Manzana C, y aumentar el número de plantas, compensándose el aumento de edificabilidad con la reducción de la misma en la manzana B; así como en permitir el uso terciario en esta última manzana; justificándose dicha adaptación en la reestructuración orgánica producida en la Consejería de Fomento tras la extinción de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, que conlleva que el edificio previsto en la parcela C para la Consejería de Fomento, resulte ahora con una capacidad insuficiente.

Considerando que el contenido de la adaptación no supone cambios en la edificabilidad total del Proyecto, quedando justificada la admisibilidad del uso terciario en la manzana B que queda suprimido como tal en la Manzana C, por lo que dicha adaptación constituiría una adecuación de parámetros justificada por razones de oportunidad sobrevenidas que asegurarían la mayor efectividad de las determinaciones generales que establece el Proyecto de Interés Regional.

Considerando que las alteraciones propuestas han de ser calificadas como una adaptación en fase de ejecución del Proyecto de Interés Regional, que viene justificada por circunstancias sobrevenidas que exigen la adecuación de parámetros inicialmente incluidos en el Proyecto y que no suponen modificación de las determinaciones generales que fundamentaron su aprobación, corresponde la competencia para su aprobación al Consejero de Fomento, conforme a lo determinado, por el artículo 5.2.d) Vínculo a legislación del Decreto 314/2007, de 26 de octubre, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.

En su virtud, vistos los preceptos legales señalados y demás de general aplicación, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, esta Consejería, RESUELVE:

1.º) Aprobar definitivamente la adaptación del Proyecto de Interés Regional “Mérida III Milenio”, en el término municipal de Mérida.

2.º) Ordenar la publicación de esta Orden, así como de la normativa urbanística resultante de la aprobación de la presente adaptación, en el Diario Oficial de Extremadura, con indicación de que contra la misma, por tener carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa (artículo 107.3 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), y sólo podrá interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

3.º) El contenido de la adaptación deberá refundirse sobre los planos y ordenanzas afectados del Proyecto de Interés Regional.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Reitera el Supremo que el control judicial de los acuerdos de denegación de indulto se encuentra limitado a si se han solicitado los informes que la Ley establece como preceptivos
  2. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  3. Actualidad: El Gobierno concede la nacionalidad española a 171 descendientes de miembros de las Brigadas Internacionales
  4. Estudios y Comentarios: La centralidad de la Constitución; por Gonzalo Rubio Hernández-Sampelayo, Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense
  5. Actualidad: Seis meses de inhabilitación a un guardia civil por guardarse una denuncia contra agentes por robos en Córdoba
  6. Tribunal Supremo: La empresa está obligada a acreditar que el trabajador cumple los requisitos exigidos en el Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, y sus tripulantes de cabina de pasajeros, para su progresión profesional
  7. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  8. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  9. Actualidad: El ICAM remarca que "sin secreto profesional no hay justicia"
  10. Actualidad: El PE da el primer paso para que las eurodiputadas puedan delegar su voto al final del embarazo y tras dar a luz

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana