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Mérida III Milenio

27/04/2009
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Orden de 14 de abril de 2009 por la que se aprueba definitivamente la adaptación del Proyecto de Interés Regional “Mérida III Milenio”, en el término municipal de Mérida (DOE de 24 de abril de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 2009 POR LA QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA ADAPTACIÓN DEL PROYECTO DE INTERÉS REGIONAL “MÉRIDA III MILENIO”, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MÉRIDA.

Visto el expediente relativo a la adaptación del Proyecto de Interés Regional “Mérida III Milenio”, en el término municipal de Mérida, el cual fue aprobado mediante Decreto 179/2002, de 26 de diciembre.

Visto que el objeto de la adaptación solicitada consiste en incrementar la ocupación de la Manzana C, y aumentar el número de plantas, compensándose el aumento de edificabilidad con la reducción de la misma en la manzana B; así como en permitir el uso terciario en esta última manzana; justificándose dicha adaptación en la reestructuración orgánica producida en la Consejería de Fomento tras la extinción de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, que conlleva que el edificio previsto en la parcela C para la Consejería de Fomento, resulte ahora con una capacidad insuficiente.

Considerando que el contenido de la adaptación no supone cambios en la edificabilidad total del Proyecto, quedando justificada la admisibilidad del uso terciario en la manzana B que queda suprimido como tal en la Manzana C, por lo que dicha adaptación constituiría una adecuación de parámetros justificada por razones de oportunidad sobrevenidas que asegurarían la mayor efectividad de las determinaciones generales que establece el Proyecto de Interés Regional.

Considerando que las alteraciones propuestas han de ser calificadas como una adaptación en fase de ejecución del Proyecto de Interés Regional, que viene justificada por circunstancias sobrevenidas que exigen la adecuación de parámetros inicialmente incluidos en el Proyecto y que no suponen modificación de las determinaciones generales que fundamentaron su aprobación, corresponde la competencia para su aprobación al Consejero de Fomento, conforme a lo determinado, por el artículo 5.2.d) Vínculo a legislación del Decreto 314/2007, de 26 de octubre, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.

En su virtud, vistos los preceptos legales señalados y demás de general aplicación, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, esta Consejería, RESUELVE:

1.º) Aprobar definitivamente la adaptación del Proyecto de Interés Regional “Mérida III Milenio”, en el término municipal de Mérida.

2.º) Ordenar la publicación de esta Orden, así como de la normativa urbanística resultante de la aprobación de la presente adaptación, en el Diario Oficial de Extremadura, con indicación de que contra la misma, por tener carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa (artículo 107.3 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), y sólo podrá interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

3.º) El contenido de la adaptación deberá refundirse sobre los planos y ordenanzas afectados del Proyecto de Interés Regional.

Anexos

Omitidos.

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