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Reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita

06/04/2009
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Orden de 9 de marzo de 2009, por la que se aprueban los modelos de solicitud normalizados y la documentación necesaria para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 3 de abril de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 9 DE MARZO DE 2009, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE SOLICITUD NORMALIZADOS Y LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.

Mediante Decreto 67/2008 Vínculo a legislación, de 26 de febrero, se ha aprobado el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de dicho Reglamento, el procedimiento para reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita se iniciará mediante solicitud de la persona interesada. El modelo de solicitud normalizado y la documentación necesaria se establecerán mediante Orden de la Consejería competente en materia de justicia.

De otro lado, en el artículo 28.1 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía se establece que la libre elección de abogado o abogada por las víctimas de violencia de género se hará constar en el modelo de solicitud que se presente para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita, indicando el abogado o abogada elegido.

Asimismo, el artículo 30.1 del citado Reglamento dispone que el procedimiento para el acceso a la segunda opinión se iniciará a solicitud de la víctima de violencia de género ante el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados donde se presentó la solicitud para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 Vínculo a legislación del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Aprobación del modelo de solicitud y la documentación necesaria genérico.

Se aprueba el modelo de solicitud normalizado y la documentación necesaria para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita, en los términos previstos en el Anexo 1.

Artículo 2. Aprobación del modelo de solicitud y la documentación necesaria en los supuestos de víctimas de violencia de género.

Se aprueba el modelo de solicitud normalizado y la documentación necesaria para el acceso a la libre elección de abogado o abogada por las víctimas de violencia de género de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 27 y 28 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los términos previstos en el Anexo 2.

Artículo 3. Aprobación del modelo de solicitud de la segunda opinión para víctimas de violencia de género.

Se aprueba el modelo de solicitud normalizado de la segunda opinión para las víctimas de violencia de género que estén disconformes con la estrategia procesal planteada por el abogado o abogada de oficio inicialmente designado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 29 y 30 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los términos previstos en el Anexo 3.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Anexos

Omitidos.

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