ORDEN PRE/824/2009, DE 30 DE MARZO, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y EFICIENCIA EN MATERIA DE EMPLEO PÚBLICO.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 27 de febrero de 2009 y a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda y de la Ministra de Administraciones Públicas, ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueban medidas de austeridad y eficiencia en materia de Empleo Público.
Para general conocimiento se dispone su publicación como anexo a la presente Orden.
ANEXO
Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueban medidas de austeridad y eficiencia en materia de Empleo Público
Los gastos de personal en la Administración Pública suponen una parte significativa de los gastos corrientes. Por este motivo, con fecha 19 de diciembre de 2008, por parte de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas se adoptaron una serie de medidas de optimización en materia de gastos de personal.
En un escenario económico caracterizado por la intensidad de la crisis económica con origen en la crisis financiera internacional y con efectos sobre el crecimiento y el empleo, la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009 ha adoptado una serie de medidas de austeridad en el gasto público que han traído como consecuencia, entre otras, la reducción de la oferta de empleo público. Así, su artículo 23 prevé una contención en el número total de plazas de nuevo ingreso que podrán ser convocadas en el sector público limitándolo al 30 por 100 de la tasa de reposición de efectivos, exceptuando determinados ámbitos de su aplicación y que se consideran prioritarios para el cumplimiento de determinadas políticas públicas. Además, se establece la prohibición de proceder a la contratación de personal temporal y al nombramiento de funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, con autorización conjunta de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas.
En desarrollo de esta medida, y de acuerdo con lo autorizado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto de Oferta de Empleo Público para 2009 que se concreta en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
Adicionalmente, el Real Decreto de oferta de empleo público señala que la planificación de los Recursos Humanos en la Administración General del Estado se vinculará, entre otros, a los objetivos siguientes:
Correcto dimensionamiento del volumen de efectivos en el marco de austeridad del gasto público.
Mejora de la distribución funcional y territorial de la plantilla.
Racionalización de los servicios comunes de los Departamentos.
Adecuado redimensionamiento de las estructuras administrativas teniendo en cuenta la implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito de la Administración General del Estado.
Con el fin de completar estas medidas e introducir mecanismos de eficiencia y racionalización en la gestión de los recursos humanos de la Administración General del Estado, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda y de la Ministra de Administraciones Públicas, el Consejo de Ministros acuerda:
1. El envío por los departamentos ministeriales de las respectivas propuestas de adecuación de relaciones de puestos de trabajo y catálogos a los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas, antes del próximo 1 de junio, conforme a los siguientes criterios:
a. El número de vacantes en las relaciones de puestos de trabajo y catálogos no podrá superar, con carácter general, el 8% del total de puestos de trabajo de cada ministerio u organismo.
b. Las RPT y catálogos se adaptarán a los criterios y disponibilidades presupuestarias establecidos por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas.
2. La presentación por parte de cada ministerio u organismo de un plan de optimización y racionalización de recursos humanos con la estructura y contenido que se determine por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas, a fin de ajustarse a las prioridades y necesidades operativas de cada Departamento, procediendo al dimensionamiento adecuado de sus relaciones de puestos de trabajo. En estos planes se determinarán los puestos que no puedan experimentar ninguna modificación y que deberán amortizarse de forma automática cuando queden vacantes.
3. Encomendar al Ministerio de Administraciones Públicas el establecimiento de un procedimiento de selección de personal interino para atender las necesidades de recursos humanos coyunturales, que tengan que ser provistas de forma urgente e inaplazable. Para ello se recurrirá a las listas de candidatos que superando algún ejercicio de las pruebas selectivas a los Cuerpos de la Administración General del Estado no hayan aprobado la totalidad del proceso.
4. Continuar el proceso de racionalización de los Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado para contribuir a una más eficaz gestión de los recursos humanos.
5. Estas medidas no serán de aplicación a las Fuerzas Armadas, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a la Administración de Justicia.
6. Los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas, elevarán al Consejo de Ministros con anterioridad al cierre del presente ejercicio un informe sobre el cumplimiento de las medidas contenidas en el presente Acuerdo.