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Estatutos del Consorcio Provincial contra Incendios

30/03/2009
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Decreto 62/2009, de 12 de marzo, por el que se aprueba la modificación de los estatutos del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamento de A Coruña (DOG de 27 de marzo de 2009). Texto completo.

DECRETO 62/2009, DE 12 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO PROVINCIAL CONTRA INCENDIOS Y SALVAMENTO DE A CORUÑA.

El Plan gallego de dotación de parques contra incendios urbanos elaborado, en su día, por la Xunta de Galicia, se basó en criterios de racionalidad técnica y económica que permitieran dotar a la comunidad autónoma de un servicio integrado de extinción de incendios que garantice este servicio en toda Galicia, bajo condiciones aceptables, en función del riesgo y de la dificultad técnica de la extinción de los incendios.

Como consecuencia de ello, el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de siete de julio de dos mil uno, acordó participar en el Consorcio Provincial de A Coruña para la prestación del servicio contra incendios y salvamento, según lo dispuesto en el artículo 196.3.º Vínculo a legislación de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Con posterioridad, el Consello de la Xunta de Galicia aprobó los estatutos del citado consorcio, mediante el Decreto 258/2002, de 30 de julio, modificado por el Decreto 151/2006 en lo referente a sus órganos de gobierno.

Ahora, para alcanzar una mayor agilidad en la gestión y prestación del servicio es necesario proceder a una nueva modificación parcial de los estatutos que rigen el citado consorcio en lo que se refiere al régimen económico y financiero.

Esta modificación se hizo según las normas de procedimiento establecidas en los artículos 151.2.º Vínculo a legislación y 143 Vínculo a legislación de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Por lo expuesto, en aplicación del artículo 196.3.º Vínculo a legislación de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del doce de marzo de dos mil nueve, DISPONGO:

Artículo único.-Aprobar la modificación del artículo 23, primer apartado, letra a) de los estatutos del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamento de A Coruña, siendo el texto de él el que se recoge en el anexo de este decreto.

Disposición final Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

ANEXO

Modificación de los estatutos del Consorcio Provincial contra Incendios y Salvamento de A Coruña.

Artículo 23 Contribuciones al consorcio:

Las aportaciones de los entes consorciados para sufragar los gastos ordinarios de funcionamiento del parque se efectuarán del modo siguiente:

a) Fase de construcción y equipamiento:

-Xunta de Galicia: 50% del total del presupuesto.

-Diputación Provincial de A Coruña: 50% del total del presupuesto.

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