RESOLUCIÓN DE 2 DE MARZO DE 2009, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE CONVOCA LA XIII EDICIÓN DE LOS PREMIOS BLAS INFANTE DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN SOBRE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA.
El Instituto Andaluz de Administración Pública, de conformidad con sus Estatutos, tiene fijados entre sus fines el estudio, la investigación y la enseñanza de disciplinas y técnicas aplicables a las Administraciones Públicas y a la Justicia. En desarrollo de dicha previsión, se vienen convocando anualmente, desde 1997, los Premios Blas Infante de Estudio e investigación sobre Administración y Gestión Pública.
A lo largo de la trayectoria marcada por las doce ediciones desarrolladas hasta la presente se ha acumulado una experiencia que debe calificarse como satisfactoria, en una doble faceta: de una parte, en cuanto al nivel de los trabajos presentados, y, de otra, por el interés suscitado por las publicaciones de los estudios galardonados. De este modo, puede estimarse que se habría estado logrando el objetivo previsto, que no es otro que el fomento del estudio de la organización política, la Administración Pública y la proyección futura de la misma.
De este modo, y con la convocatoria de la XIII edición se pretende continuar en la línea ya consolidada de estos galardones, con el propósito de obtener un mejor conocimiento de la Administración General, de la Autonómica, de la Local y de la de Justicia, fomentando la participación de los empleados y empleadas públicos en la reflexión sobre la modernización, calidad y eficacia de nuestra Administración.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las facultades conferidas por el Decreto 50/1987 , de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, modificado por el Decreto 211/1989, de 17 de octubre, y el Decreto 56/2003 , de 25 de febrero, se dicta la presente
RESOLUCIÓN
Artículo único. Se convoca la XIII edición de los Premios Blas Infante de Estudio e Investigación sobre Administración y Gestión Pública de acuerdo con las siguientes bases:
Primera. Objeto y modalidades.
1. Se convocan tres premios en cada una de las modalidades que se especifican a continuación:
A) Premio a trabajos de estudio e investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía que versen sobre:
- Organización política y administrativa de la Comunidad Autónoma.
- Análisis sociológicos y económicos que incidan sobre las Administraciones Públicas actuantes en la misma.
B) Premio a trabajos de estudio e investigación sobre Administración Pública, relativos a su organización, funciones, modernización de las técnicas de gestión del servicio público y aplicación de nuevas tecnologías, incluyendo estudios de ámbito internacional.
C) Premio a trabajos realizados por empleados y empleadas públicos de la Administración de la Junta de Andalucía, de la Administración de Justicia que desempeñen su trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de la Administración General del Estado en Andalucía y de la Administración Local del territorio de la Comunidad Autónoma andaluza, que incidan en el estudio de la práctica administrativa de aquéllas, de modo que puedan contribuir a mejorar la realización de las funciones y la prestación de los servicios públicos.
2. Los trabajos que se presenten a cualquiera de las modalidades descritas, que, en todo caso, habrán de tener el carácter de originales e inéditos, no podrán haber recibido premio o galardón con anterioridad.
Segunda. Premios.
1. Los premios contarán con una dotación máxima de 24.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 01.11.31.01.00.226.08.12B, con arreglo a la siguiente distribución:
- Se adjudicará un premio para cada una de las modalidades, dotado con la cantidad de 6.000 euros y una placa conmemorativa.
- Se podrá adjudicar una mención especial para cada modalidad, cuando, a la vista de los trabajos presentados, el Jurado lo estimase conveniente. Cada mención especial será reconocida mediante diploma y dotación de 2.000 euros.
2. Si la autoría de la obra galardonada correspondiera a un equipo de trabajo integrado por varios miembros, el importe del premio se hará efectivo según la proporción que aquéllos determinen.
3. Los premios estarán sujetos a retención fiscal de acuerdo con lo establecido en la Ley 35/2006 , de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y su normativa de desarrollo.
Tercera. Destinatarios.
1. Podrán participar en la presente convocatoria, en las modalidades A y B, tanto personas individuales como equipos de trabajo conformados al efecto, de nacionalidad de los Estados miembros de la Unión Europea.
2. Para la modalidad C habrán de ser necesariamente, además, empleados y empleadas públicos al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, de la Administración General del Estado en Andalucía, de las Entidades que integran la Administración Local andaluza, o de la Administración de Justicia que desempeñen su trabajo en el territorio de esta Comunidad Autónoma. No obstante, no podrán participar en la misma quienes se encuentren cumpliendo, en el período que dure el procedimiento de esta convocatoria, sanción disciplinaria firme, por falta grave o muy grave, o hayan sido condenados por sentencia firme a pena de inhabilitación para el desempeño de cargo o empleo público.
Cuarta. Presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes de participación, según el modelo que figura como Anexo a la presente Resolución, y en las que se harán constar los datos de la persona o personas autoras y el título del trabajo, se dirigirán a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública y podrán presentarse de los siguientes modos:
1.1. Solicitudes en soporte papel. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Instituto o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Junto con la solicitud se acompañarán tres ejemplares de la obra, escritos en castellano e impresos en soporte papel, así como también grabados en soporte informático.
1.2. Solicitudes realizadas por procedimiento telemático. En soporte electrónico podrán presentarse en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través del portal del ciudadano andaluciajunta.es y mediante el acceso a la dirección web: http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica.
Para utilizar este medio de presentación, las solicitudes deberán reunir los requisitos exigidos en el apartado 3 del artículo 12 del Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet), y los interesados deberán disponer del certificado reconocido de usuario, de acuerdo con lo previsto en su artículo 13. A estos efectos, los prestadores de servicios de certificación cuyos certificados reconoce la Junta de Andalucía pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica:
https://ws024.juntadeandalucia.es/pluton/adminelec/convenio/prestadores.jsp.
Las solicitudes así presentadas producirán los mismos efectos jurídicos que las formuladas de acuerdo con el artículo 70.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Además, se emitirá automáticamente al interesado un recibo electrónico consistente en una copia autenticada de la solicitud que incluye la fecha y hora de presentación y el número de entrada de registro, de forma que el interesado tenga constancia de que la comunicación ha sido recibida por la Administración y pueda referirse a ella posteriormente.
Junto con la solicitud se adjuntará, en formato electrónico, la obra respecto de la cual se solicita la participación en la convocatoria.
2. En el caso de la modalidad C, mediante la correspondiente marca en la casilla habilitada al efecto en el modelo de solicitud que figura como Anexo, habrá de realizarse declaración acerca del cumplimiento de los requisitos establecidos en el número 2 de la base tercera.
3. El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 5 de octubre del presente año.
Quinta. Jurado.
1. El Jurado estará presidido por el titular de la Secretaría General para la Administración Pública o persona en quien delegue, y lo integrarán la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, la persona titular de la Dirección General de Modernización e Innovación de los Servicios Públicos y otros seis Vocales nombrados por la Presidencia. Desempeñará la Secretaría, con voz pero sin voto, la persona titular de la Secretaría General del Instituto Andaluz de Administración Pública.
2. El funcionamiento del Jurado se regirá por las normas que, sobre los órganos colegiados, se establecen en el Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007 , de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sexta. Criterios de evaluación.
En el proceso de evaluación, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración, sobre una ponderación total de 10 puntos:
a) Relevancia y carácter innovador del estudio; hasta un máximo de 4 puntos, respecto de las modalidades A y B, y un máximo de 2 puntos para la modalidad C.
b) Sistemática, rigor metodológico y en la utilización de fuentes documentales, así como aportación de conclusiones, valorándose asimismo la claridad y orden de la exposición; hasta un máximo de 5 puntos respecto de las tres modalidades.
c) Aplicabilidad de los resultados del estudio en la práctica administrativa; hasta un máximo de 1 punto para las modalidades A y B, y de 3 puntos para la modalidad C.
Séptima. Notificación y entrega de galardones.
1. El fallo del Jurado se notificará a las personas galardonadas y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante Resolución del titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, en la que también se hará pública la composición del Jurado. Dicha Resolución habrá de emitirse dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En caso de no dictarse Resolución dentro de dicho plazo, se entenderá que quedan desiertos los Premios correspondientes a esta convocatoria.
2. La citada Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
3. La entrega de los premios y de las menciones especiales se efectuará en un acto público, con la solemnidad adecuada, en la fecha y lugar que se determinen.
Octava. Derechos de edición.
1. Las personas autoras de las obras que resulten premiadas y de las que sean merecedoras de mención especial, se comprometerán a la cesión de los derechos de edición de sus obras al Instituto Andaluz de Administración Pública, de modo que éste pueda realizar su publicación y venta durante un período de tres años, a contar desde la publicación del fallo del Jurado.
Por lo que respecta a la modalidad C, la persona autora de la obra galardonada con premio o mención especial cede además, si fuera necesario, los derechos de uso y explotación a favor de la Junta de Andalucía.
2. El Instituto Andaluz de Administración Pública se reserva el derecho a editar aquellos trabajos que resulten premiados o sean merecedores de mención especial, así como al uso y explotación de las iniciativas innovadoras galardonadas en la modalidad C. Ambos derechos caducarán a los tres años de la concesión de los premios, si dentro de este plazo no se hubieran ejercitado.
3. Los trabajos no premiados podrán ser recogidos por las personas interesadas o persona debidamente autorizada en la sede del Instituto Andaluz de Administración Pública, durante los dos meses siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la concesión de los premios. Pasado ese plazo se procederá a su destrucción para salvaguardar la propiedad intelectual de los mismos
Novena. Aceptación de los términos de la convocatoria.
La participación en la presente convocatoria supone la aceptación expresa de sus términos y el sometimiento de los participantes a la misma.
Décima. Recursos.
1. Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en estas bases serán resueltos por la persona que ostente la Presidencia del Jurado.
2. Contra la presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, por cuanto ponen fin a la vía administrativa, sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente de los de Sevilla, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998 , de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición ante este mismo Instituto Andaluz de Administración Pública en el plazo de un mes conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.